Ambiente de trabajo. Fundamentos de la Prevención de Riesgos
Enviado por navalmachine • 30 de Agosto de 2015 • Informe • 1.021 Palabras (5 Páginas) • 134 Visitas
Ambiente de Trabajo
Dante Basaez Vera
Fundamentos de la Prevención de Riesgos
Instituto IACC
Domingo, 30 de agosto de 2015
Desarrollo
Ambiente de trabajo:
Este término se puede definir como el entorno, el lugar físico de trabajo, o sea, lo que nos rodea donde ejercemos laboralmente, podemos llamarlo también, como las condiciones de trabajo que se viven dentro del entorno laboral, ya sea la industria, la empresa, instituciones públicas o privadas.
Hoy en día, los empleadores están tomando todos los resguardos necesario y a su alcance para mantener un ambiente de trabajo digo, acogedor, seguro, en fin, haciendo que el trabajador se sienta a gusto y motivado ejerciendo en éste. Si lo comparamos a tiempos pasados donde lo que importaba para el empleador era la producción como fin último, con el tiempo se fueron dando cuenta de las bajas, accidentes o licencias por motivos del mal ambiente interno de trabajo.
Producto a lo anterior, y por las constantes presiones de parte de los trabajadores apoyados por las normas y disposiciones legales, los empleadores han ido en evolución con la sociedad incrementando con ello la seguridad, el bienestar y los apoyos psicológicos hacia su personal. Lo que ha dado buenos resultados en lo que aspecto de gastos se refiere, ya que el capital invertido en prevención es menor al gasto por recuperación del personal.
Debido a lo anterior y respaldado en la reglamentación vigente, el trabajador tiene derechos como:
Derecho a la vida:
Es la protección que el empleador debe brindar al trabajador, teniendo en mente todas las capacidades y limitaciones de éste, no haciendo rendir más de lo que se puede al trabajador, ni exigiendo más de lo que corresponde a su cualidad humana, vale decir, no se puede obligar a una persona con discapacidad física a cumplir con labores que le afecte a lo propio o discriminar a una persona por su color o raza, procedencia social.
Derecho a la integridad física:
El empleador debe velar por la seguridad y cuidado de sus trabajadores, pero no debemos olvidar que el mejor custodio de nuestras vidas y la seguridad de ella somos nosotros mismos, por lo que debemos partir con el autocuidado y a la vez exigir al derecho que nos convoca, haciendo saber y cumplir con lo establecido o legal.
Por ejemplo, si no se encuentra con los elementos de seguridad necesarios para realizar un trabajo x, no se puede obligar a cumplirlo o, levantar un objeto exageradamente pesado, que en lo normal se debiera hacer con maquinaria. Estos dos ejemplos demuestran u notable atentado contra la vida mediante la inseguridad del trabajador.
Derecho a la salud:
Todos los trabajadores por ley debemos ser atendidos y recuperados en lo mejor posible al sufrir un accidente laboral o enfermedad profesional, las que son causadas por el trabajo mismo o a consecuencia de éste.
En el caso de las personas que trabajan expuesto a radiación, probablemente sufran secuelas por consecuencia de lo mismo, por lo que el empleador debe garantizar un tratamiento que generalmente son de por vida o una simple caída con fractura menor o un corte, se consideran como accidentes laborales y el empleador tiene la obligación por ley de correr con los gastos producidos por esta consecuencia.
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