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Autos Electricos


Enviado por   •  21 de Enero de 2013  •  3.317 Palabras (14 Páginas)  •  491 Visitas

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GARANTÍA LEGAL Y COMERCIAL DE UN VEHÍCULO

Se debe pedir copia por escrito de ambas y dejar claro lo que cubre cada una, sin olvidar que las averías por falta de mantenimiento o desgaste están excluidas

La garantía legal de un vehículo es común a cualquier compra. La Ley establece un periodo de dos años para los coches nuevos y otro menor, no inferior a un año, para los de segunda mano. Durante ese tiempo, el vendedor responde de las averías que no sean fruto del desgaste o falta de mantenimiento del automóvil. Sin embargo, a la hora de adquirir un vehículo, es posible beneficiarse también de la garantía comercial, una serie de condiciones adicionales establecidas por el vendedor y que amplían, bien en tiempo o en contenido, la garantía legal. Los problemas surgen a la hora de determinar lo que cubre cada una de las garantías y si el origen de la avería se debe realmente al desgaste normal de los componentes, a un defecto de fábrica o al mal uso del automóvil. También hay que tener cuidado con arreglar el coche en un taller ajeno a la marca, ya que puede ser causa de pérdida de la garantía.

Diferencia entre ambas

La garantía de un vehículo se rige por la Ley 23/2003, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo. Esta norma reconoce un plazo de dos años, a partir del momento de compra, para que se puedan hacer efectivos los derechos de la garantía. En el caso de bienes de segunda mano, este plazo puede ser menor, pero nunca inferior a un año, mientras que se dispone de otros 36 meses, también contados a partir del momento de la compra, para que se puedan realizar las acciones legales oportunas si la reclamación del consumidor o consumidora no es atendida convenientemente. Estos plazos delimitan lo que se conoce como garantía legal, pero a la hora de comprar un vehículo puede existir otro tipo de garantía: la comercial. Se trata de una ventaja más, que no es obligatoria, pero que ofrece el vendedor como una opción extra. Su cumplimiento depende de los términos en los que se pacte y, según la citada Ley, "debe poner al consumidor en una posición más ventajosa en relación con los derechos ya concedidos".

El presidente de la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (GANVAM), Juan Antonio Sánchez Torres, explica que la garantía legal es "un conjunto de derechos irrenunciables que la Ley concede al consumidor", frente a la garantía comercial, "que es un conjunto de beneficios que el vendedor o garante concede de manera adicional a los derechos que la Ley otorga". Esta segunda garantía constituye, por lo tanto, una serie de beneficios o condiciones adicionales. "Si un vehículo tiene dos años de garantía legal y cuatro años de garantía comercial, los dos primeros años se regirá por lo que diga la ley y los dos años restantes, por las condiciones de la empresa", precisa Rocío Algeciras, del gabinete jurídico de la Federación de Consumidores en Acción (FACUA).

"Si un vehículo tiene dos años de garantía legal y cuatro años de garantía comercial, los dos primeros años se regirá por lo que diga la ley y los dos años restantes, por las condiciones de la empresa"

Según explica, con la garantía legal "quedan garantizados desde un principio todos los elementos de un vehículo, con los requisitos que establece la Ley, mientras que la garantía comercial está condicionada a lo que diga la empresa".

Algeciras asegura que no es necesario que la garantía legal quede recogida en un documento escrito, "porque la propia Ley la garantiza y basta con demostrar la fecha de compra", pero advierte de que la garantía comercial "sí necesita documento, porque se va a regir por las condiciones que la empresa ofrece y esas condiciones las debe conocer el consumidor al comprar el bien". Por su parte, Sánchez Torres asevera que "ambas deben constar por escrito, aunque sean unas condiciones comerciales ofrecidas a voluntad del garante, tal y como obliga la Ley 23/2003". En concreto, el artículo 11.2 de esta norma establece la formalización de la garantía, "al menos, en castellano, por escrito o en cualquier otro soporte duradero". "En definitiva -concluye Sánchez Torres-, hay que informar por escrito tanto de los derechos que esta Ley concede al consumidor, como de la garantía comercial que adicionalmente pueda ofrecerse".

No obstante, el presidente de Ganvam lamenta que la Ley de Garantías no desarrolle el modo en que se debe informar de los derechos que concede al consumidor, "con qué redacción, con qué extensión", por lo que, explica, "Ganvam elaboró un contrato de compraventa de vehículos de ocasión, consensuado con el Instituto Nacional de Consumo y las 17 comunidades autónomas, que el 17 de Mayo de 2005 fue declarado exento de cláusulas abusivas y que da cumplimiento a esta obligación de informar por escrito de los derechos que se conceden al consumidor". Con todo, en su opinión, la Ley de Garantías "beneficia claramente al consumidor, dado que eleva significativamente el nivel de protección que tenía antes de su entrada en vigor", aunque reconoce que beneficia "indirectamente" al vendedor porque "al subir el listón dignifica y profesionaliza un sector tradicionalmente, y en muchas ocasiones injustamente, denostado". "Los empresarios no deben tener miedo a esta Ley porque amplíe sus obligaciones. Al contrario, deben ver oportunidades de fidelización de clientes", añade.

GARANTIA CHEVROLET

La garantía de los vehículos y camiones Chevrolet son por 1 año ó 20.000 Km., a excepción de los familiares Corsa y Wagon R+, que tienen 1 año ó 30.000 Km.; lo que ocurra primero(*). En el caso de los camiones Diesel las garantías van de 1 a 2 años y desde 150.000 Km. hasta 400.000 Km., dependiendo del modelo y tipo de motor.

(*)Contabilizado a partir de la fecha de entrega del referido vehículo al comprador, por todo defecto constructivo o fallas de piezas que afecten su normal funcionamiento.

General Motors Venezolana cuenta con un servicio exclusivo de asistencia vial gratuita, incluyendo, remolque o transporte del vehículo hasta el concesionario más cercano y la ayuda que pudiera ser necesaria prevista dentro este servicio, en todo el territorio nacional. Este servicio es vigente el primer año en garantía, a pesar

GARANTIA DE FORD MOTOR VENEZUELA

Términos y Condiciones de la Garantía de Vehículos

Ford Motor de Venezuela, S.A. a través de su red de concesionarios garantiza que durante el Periodo de Garantía a que se refiere la póliza, siempre que sea usado y mantenido conforme al Manual del Propietario y se le efectúe la revisión gratuita

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