Caso Practico. Semana 03
Enviado por 123456peru • 21 de Noviembre de 2014 • 224 Palabras (1 Páginas) • 334 Visitas
i tomamos en cuenta las normas tributarias vigentes en nuestro país, al momento de recibir el pago se da nacimiento a la obligación tributaria por el IGV, ya que este impuesto nace cuando se entrega el bien o se efectúa el pago, lo que ocurra primero. Por lo tanto, al recibir el pago del anticipo de S/. 10,000 se genera el IGV y a su vez nace la obligación de emitir el Comprobante de Pago respectivo (ver la norma sobre Comprobantes de Pago), aún cuando no se haya entregado el bien o no se haya brindado el servicio, debiendo registrarse la operación de la siguiente manera:
Clientes S/. 100,000.00 (débito)
Tributos por pagar S/. 15,966.39 (crédito)
Anticipos de Clientes S/. 84,033.61 (crédito)
Desde el punto de vista tributario se estaría cometiendo dos infracciones si no se registra adecuadamente la operación, la primera es la omisión del reconocimiento y pago del IGV y la segunda es la omisión de la emisión del Comprobante de Pago respectivo. En ambos casos, estas infracciones son sancionadas con el pago de multas e intereses, las cuales pueden originar un perjuicio económico a la empresa y el efecto dependerá del importe del anticipo recibido.
Desde el enfoque contable y financiero, se estaría sobrevaluando el anticipo del cliente, el cual es realmente de S/. 84,033.61 aún cuando se ha recibido el importe de S/. 100,000.00 po
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