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Delitos Informaticos


Enviado por   •  15 de Mayo de 2014  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  236 Visitas

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INTRODUCCION

El avance de la tecnología informática y su influencia en casi todas las áreas de la vida social, han surgido una serie de comportamientos ilícitos denominados, de manera genérica, “delitos informáticos”. Los delitos que se pueden cometer en la actualidad mediante el uso de la computadora son múltiples y de tipos muy variados, nadie puede estar seguro de que no va a ser víctima de alguno de ellos y por lo anterior se debe legislar este tipo de delitos. Los especialistas informáticos y legisladores deben trabajar juntos con el fin de proporcionar un instrumento confiable que permita identificar y sancionar de una manera correcta los delitos que con el uso de los equipos de cómputo se puedan presentar.

En el presente trabajo se revisarán los delitos informáticos con el fin de poder reconocer cómo se presentan, cuáles son sus alcances y limitaciones, el impacto de este tipo de delitos en la sociedad y en las organizaciones, te sugiere algunas propuestas para evitarlos y te presenta el papel que juega la Auditoria Informática para prevenirlos.

Consultar en Internet sobre los principales delitos informáticos.

TIPOS DE DELITOS INFORMÁTICOS RECOGIDOS EN EL CÓDIGO PENAL

Partiendo de la base que no hay ningún apartado específico de delitos informáticos en el Código Penal, atenderemos a la clasificación de los mismos, siempre y cuando, los datos o sistemas informáticos formen parte de la comisión del delito, a saber:

• Las amenazas.

• Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual.

• Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores.

• Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad de domicilio: El descubrimiento y revelación de secretos, p.e. La interceptación de correo vendría asimilada a la violación de correspondencia, siempre que no exista consentimiento y haya intención de desvelar secretos o vulnerar la intimidad de un tercero. También sería un delito contra la intimidad la usurpación y cesión de datos reservados de carácter personal.

• Delitos contra el honor: Calumnias e injurias, habiéndose especial mención cuando estas se realizaren con publicidad -se propaguen-.

• Las estafas.

• Las defraudaciones de fluido eléctrico. Incluye de forma expresa la defraudación en telecomunicaciones siempre y cuando se utilice un mecanismo para la realización de la misma, o alterando maliciosamente las indicaciones o empleando medios clandestinos.

• Los daños. Destaca de la ampliación de la definición existente con anterioridad, incluyendo un apartado específico para los daños inmateriales “La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos”.

• Los delitos relativos a la propiedad intelectual (Cómo proteger las creaciones y proyectos que se desarrollan en mi empresa).

• Los delitos relativos a la propiedad industrial (Test de propiedad industrial).

• Los delitos relativos al mercado y a los consumidores. Aquí se encontraría incluida la publicidad engañosa que se publique o difunda por Internet, siempre y cuando se hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores.

Consultar sobre la ley de delitos informáticos en Colombia y realizar un breve análisis de ésta.

La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes

El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.

Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.

No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de

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