Evaluacion De Impacto Ambiental
Enviado por alejandro • 5 de Septiembre de 2013 • 1.982 Palabras (8 Páginas) • 369 Visitas
DESARROLLO SUSTENTABLE
“EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL O ENERGÍAS RENOVABLES EN MÉXICO.”
Campus: Lomas Verdes
Equipo 6
Alejandro Hernández Trejo
Mónica Liliana Sánchez del Rio
Nombre del Maestro: Manuel Soto Licona
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL O ENERGÍAS RENOVABLES EN MÉXICO.
Los objetivos de la política ambiental pueden lograrse a través de la utilización de una amplia gama de instrumentos de carácter preventivo y que se encuentran contemplados en la legislación ambiental.
Cada instrumento tiene capacidad para afrontar los diversos problemas y su potencial depende de su correcta aplicación. Algunos son aptos para generar certidumbre y alentar las decisiones de inversión en niveles iniciales de las cadenas productivas; otros se prestan mejor a ser aplicados en los procesos de distribución y consumo, o bien, en etapas posteriores.
Una política ambiental exitosa y eficiente requiere de un equilibrio racional entre el tipo de objetivos que se persigue, y el tipo y modalidad de instrumentos que se utilizan en el diseño de políticas.
Por ello en México, conforme se ha ganado consenso, experiencia y capacidad institucional en la gestión ambiental, se han incorporado y desarrollado nuevos instrumentos que son aplicables a un amplio universo de actores y de actividades, y que pueden generar resultados ambientales mucho más eficaces en las diversas circunstancias. Entre ellos se encuentran los siguientes:
INSTRUMENTOS: ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO
En sentido estricto, el ordenamiento ecológico es un proceso de planeación dirigido a evaluar y programar el uso del suelo y el manejo de los recursos naturales en el territorio nacional y las zonas sobre las que la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, con el objeto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger al ambiente. El ordenamiento es un instrumento normativo básico sobre el cual descansan otros instrumentos de gestión ambiental.
Según la legislación ambiental, existen cuatro modalidades distintas de ordenamiento ecológico, que cumplen funciones normativas también distintas:
• Ordenamiento ecológico general del territorio
• Ordenamientos ecológicos regionales
• Ordenamientos ecológicos locales
• Ordenamientos ecológicos marinos
Ordenamiento ecológico general del territorio : es el resultado de un proceso de planeación dentro del cual se plantean las tendencias deseables respecto al uso del territorio y de los recursos naturales a nivel nacional; debe ser considerado en otros programas sectoriales y tiene un carácter obligatorio para el Gobierno Federal e indicativo para los particulares.
Ordenamiento ecológico regional : pueden abarcar o no los límites de las entidades federativas, sólo una parte de su territorio o incluso el territorio de dos o más entidades federativas; contienen la determinación del área o región a ordenar, describiendo sus atributos bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus condiciones ambientales.
Ordenamiento ecológico local del territorio: consiste en la determinación de los usos del suelo atendiendo a su vocación o características a nivel local. En este caso el ordenamiento tiene un carácter obligatorio, en forma similar a las disposiciones contenidas en los planes de desarrollo urbano de los centros de población.
Ordenamiento ecológico marino: regula las actividades productivas y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales del mar, así como de las zonas costeras, aguas nacionales y zonas contiguas a estas últimas, en áreas o superficies específicas, que por sus características lo requieran.
CONSERVACIÓN, MANEJO Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA VIDA SILVESTRE
En el manejo de la vida silvestre inciden diversos instrumentos orientados a favorecer el desarrollo de esquemas para su conservación y aprovechamiento sustentable, como son los siguientes:
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN EN VIDA SILVESTRE.
VINCULACIÓN CON ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Los instrumentos anteriores se vinculan con los de creación, financiamiento y administración de áreas naturales protegidas; en conjunto representan los instrumentos centrales para la protección de la biodiversidad y el mantenimiento de un gran número de funciones ambientales vitales, así como para definir nuevas vías hacia un desarrollo sustentable en las regiones de mayor biodiversidad del país.
EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL
La evaluación de impacto ambiental es el proceso orientado a establecer las condiciones a las que se deben sujetar la realización de obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, y que se aplica a fin de reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.
Según el nuevo Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, pueden estar sujetas a evaluación los siguientes tipos de obras y actividades:
• Hidráulicas; vías generales de comunicación;
• Oleoductos, gasoductos, carboductos y poliductos;
• Industrias petrolera, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento, eléctrica;
• La exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación;
• Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radioactivos;
• Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; plantaciones forestales; cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;
• Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente riesgosas; desarrollo inmobiliarios que afecten ecosistemas costeros;
• Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar; obras en áreas naturales protegidas;
• Actividades pesqueras, acuícolas y agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas.
Las modalidades de manifestación de impacto ambiental son dos: Regional (parques industriales, programas de desarrollo urbano o de ordenamiento
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