MANUAL DETECCIÓN DE DELITOS INFORMÁTICOS
Enviado por LuisToro • 18 de Noviembre de 2018 • Informe • 1.708 Palabras (7 Páginas) • 506 Visitas
MANUAL DETECCIÓN DE DELITOS INFORMÁTICOS
LUIS GERMÁN TORO PAREJA
1.113.038.646
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA, S.A (UNIR)
DELITOS INFORMÁTICOS
TULUÁ-VALLE
2018
Contenido
Introducción 3
Fraude 4
Afectación a la Información 7
Propiedad Intelectual 8
Privacidad 9
Conclusiones 10
Referencias 11
Introducción
La empresa de delitos informáticos FénixInformáticos de la ciudad de Tuluá en Colombia, se encarga de los procesos en la Detección de Incidentes de empresa u organización, en este caso en particular, la empresa Fénix, se enfocará en el desarrollo del manual en Ciberbullying de la Institución Educativa María Antonia Ruiz de la misma ciudad.
“La Institución Educativa “María Antonia Ruiz” fue creada en el año 1939 por decreto Nº. 1939 del MEN (Ministerio de Educación nacional) como escuela oficial en la parte urbana de Tuluá (Valle del Cauca) de niñas en el barrio Victoria (de 1º a 5º de primaria).
Actualmente la Institución Educativa “María Antonia Ruiz “ofrece los servicios de básica primaria, secundaria, media técnica, con especialidad en informática.
Está localizada en la Calle 29 # 31-51 del barrio Victoria del municipio de Tuluá (Valle del Cauca).
La Institución está consolidada por siete sedes llenas de leyendas y tradición educativa.
- El Jazmín
- Francisco José de Caldas
- San Bautista de la Salle
- Escuela de Formación Deportiva Osmiro Colonia Rodríguez
- Jesús Maestro
- Laboratorio Integrado de Ciencias
- Sede Central María Antonia Ruiz.
Fraude
La empresa que se aplica el proceso preventivo en caso de un suceso es la Institución Educativa María Antonia Ruiz sobre Ciberbullying (acoso cibernético, ciberacoso) en la comunidad educativa.
En la actualiad se evidencia muchos casos de acoso escolar dentro de las aulas educativas, el niño o joven que le paga a los otros, se burla y coloca apodos o sobrenombres a los compañeros de estudio. No obstante, cada alumno en el siglo XXI cuenta con dispositivos móviles con conexión a wifi o datos personales, que genera un nuevo concepto que está en auge con el uso de las redes sociales llamado Ciberbullying.
- Cyberbullying o ciberacoso escolar: forma de intimidación con el uso inadecuado de las tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) con el fin de generar o provocar maltrato psicológico y permanecido.
En Colombia cuenta con la Ley 1620, vigente en Colombia desde el 15 de marzo de 2013, que busca promover y fortalecer la formación ciudadana y el fortalecimiento de los conceptos en Derechos Humanos y sana convivencia, al igual que minimizar los índices de acoso escolar y acoso cibernético.[1]
El siguiente proceso presenta los elementos principales sobre la detencción del fraude.
- Análisis y monitoreo
En el Establecimiento Educativo se lleva a acabo la socialización del pacto de convivencia con el grupo o comité escolar de convivencia, el cual asiste mediante 4 item importantes:
- Promoción: Fomentar el mejoramiento del clima escolar con el objetivo de un entonor agradable y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
- Prevención: Intervenir en el proceso de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el entonor escolar.
- Atención: Asistir aportunamente con el grupo de convivencia en situaciones que afecten la convivencia escolar.
- Seguimiento: Seguimiento y evaluación de las diferentes estrategias y acciones de prevención, promoción y atención dado por los entes de convivencia Escolar.
Para lo anterios, el equipo de trabajo de convivencia debe reunirse 1 vez por semana para el monitoreo de los procesos, adicional, compartir información de nuevas normas o leyes de protección sobre este tipo de suceso de ciberbullying.
- Designación de la responsabilidad
El comité de convivencia es el encargado de realizar el proceso o la ruta para atender al niño o joven involucrado, dicho comité es conformado por docentes, psicólogos, orientadores y personal o entes externos de apoyo brindado por la alcaldía o el Sistema nacional de convivencia.
- Evaluación permanente
Charlas educativas con los alumnos que presenten ciertos riesgos de estar sufriendo o padeciendo el mal de acoso escolar mediante el uso de las redes sociales. Dichos alumnos presentan comportamientos de soledad, aburrimiento, bajo rendimiento académico, dispersión en clases.
- Establecimiento de una política
Luego de identificar la amenaza en este caso, el inicio o ya en desarrollo del acoso escolar “Ciberbullying” el comité de convivencia de la Institución y el manual de convivencia, debe seguir la ruta de convivencia de Atención Integral para la Convivencia Escolar Ley 1620 de 2013.
- Mediar con los entes involucrados
- Fijar posibles soluciones, acciones para la reparación de los daños causados, el conocimiento de los derechos y la reconciliación.
- Generar compromisos y hacer el debido seguimiento
- Análisis de controles
Luego de conocer la intervención del Comité Escolar de Convivencia del acoso escolar sufrido por el o los alumnos de la Institución Educativa y aplicar las políticas establecidas o acuerdos generados en los mismo. Si se encuentra que se sigue generando este suceso, la Institución debe informar a entes de convivencia municipal, distritales y departamentales, en caso de no solución, se pasa el caso al Comité Nacional.
- Planes proactivos
La Institución bajo su pacto de convivencia y el debido proceso como lo exige, es el ente que puede tomar o sugerir al comité de conviencia amparado en la Ley 1620 de 2013 y la aprobación del rector(a) en tomas de decisiones sobre algún alumno que haya incurrido en la norma. Adicional, entes externos como la policía de infancia o autoridades administrativas competenes pueden seguir el proceso y tomar decisiones según la ley incumplida.
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