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Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  2.111 Palabras (9 Páginas)  •  217 Visitas

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2.5.- Aspectos Legales:

2.5.1.- Tramites en registros públicos:

Búsqueda y reserva del nombre:

Lo primero que se debe hacer es verificar en la SUNARP que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le queremos poner a nuestra empresa. Al buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos de que éstos no se parezcan ni suenen igual al que vamos a usar. Una vez realizada la búsqueda y confirmado el hecho de que no existen nombres iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 30 días.

Elaboración de la minuta:

La minuta es un documento en el cual el miembro o los miembros de la futura empresa manifiestan su voluntad de constituirla, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos. La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta. Es recomendable elaborar la minuta con la ayuda de un abogado de confianza, el cual podrá cobrar entre S/.200 y S/.300 por su servicio. En la minuta deben figurar:

- Los datos generales del miembro o miembros: Nombres y apellidos, edad y número de DNI.

- El giro de la empresa: A qué se va a dedicar.

- El tipo de empresa: Puede ser una Empresa Individual de Responsabilidades Limitada (EIRL), una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), una Sociedad Anónima (SA), o una Sociedad Anónima Cerrada (SAC).

- El tiempo de duración de la empresa: Si va a funcionar por un plazo fijo o indeterminado.

- Cuándo va a iniciar sus actividades comerciales la empresa.

- Dónde va a funcionar (domicilio comercial).

- Cuál es la denominación o razón social de la empresa.

- Dónde van a funcionar las agencias o sucursales, si es que las hubieran.

- Quién va a administrar o representar a la empresa.

- Los aportes de cada miembro. Los cuales pueden ser: Bienes dinerarios (dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras de cambios, etc.) y/o bienes no dinerarios (inmuebles o muebles tales como escritorios, sillas, etc.)

- Otros acuerdos que establezcan los miembros de la empresa.

- El capital social o patrimonio social de la empresa.

Elevar la minuta a escritura pública:

Consiste en acudir a una notaría y llevarle la minuta a un notario público para que la revise y la eleve a Escritura Pública. El precio de esto es S/. 150 aproximadamente. Los documentos que debemos llevar junto con la minuta son:

- Constancia o comprobante de depósito del capital social aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa.

- Inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios.

- Certificado de búsqueda y reserva del nombre emitido por la Sunarp.

Una vez elevada la minuta, esta debe ser firmada y sellada por el notario.

Elevar la escritura pública en la Sunarp:

Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Sunarp, en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa. El costo de estos trámites es S/. 90. La empresa existe a partir de este paso.

Si no queremos realizar todos estos trámites por nuestra cuenta, podemos acudir a una notaría, que cobrará entre S/.500 y S/.700 por realizar cada uno de los pasos anteriores. Otra opción es ir a la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), que por S/. 380 nos ofrecerá sus servicios para formalizar nuestra empresa.

2.5.2.- Trámite para la inscripción en la SUNAT:

Para inscribir a la nueva empresa en la SUNAT se necesita un RUC (registro único de contribuyentes):

El RUC es el número que te identifica como contribuyente ante la SUNAT. Este registro contiene los datos que identifican las actividades económicas de tu empresa y es de uso obligatorio para cualquier gestión que necesites realizar ante la SUNAT. Pueden inscribirse en este registro todas las empresas (personas naturales o jurídicas) que realicen alguna actividad económica.

Los requisitos para inscribirte en el Registro Único de Contribuyente (RUC) son los siguientes:

• Original y copia del DNI del titular o de su representante legal.

• Original y copia de alguno de los siguientes documentos:

 Recibo de agua, luz, telefonía fija o TV por cable cuyo vencimiento de pago se encuentre comprendido en los últimos dos (2) meses.

 La última declaración jurada del impuesto predial o autoavalúo.

 Contrato de alquiler o cesión en uso del predio con firmas legalizadas notarialmente

2.5.3.- Requisitos para obtener la licencia de funcionamiento:

1.- Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de declaración jurada, que incluya:

a) Numero de R.U.C. y D.N.I. o carné de Extranjería del solicitante, tratándose de personas jurídicas o naturales, según corresponda.

b) D.N.I o Carné de Extranjería del representante legal en caso de personas jurídicas, u otros entes colectivos, o tratándose de personas naturales que actúen mediante representación.

2.- Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos. Tratándose de representación de personas naturales, se requerirá carta poder con firma legalizada.

3.- Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda.

4.- Pago de Tasa por derecho de trámite correspondiente Para Establecimientos de (Hasta 100 m2) S/ 279.00 Para Establecimientos de (De 101 m2 hasta 500 m2) S/ 293.00 Para Establecimientos de (De 501 m2 a más) S/ 128.00 Adicionalmente, de ser el caso, serán exigibles los siguientes requisitos:

4.1) Copia simple del título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud.

4.2) Informar sobre el número de estacionamientos de acuerdo a la normatividad vigente, en la Declaración Jurada.

4.3) Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.

4.4) Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

NOTA: DE ACUERDO A LA LEY Nº 28976 – LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, NO ES NECESARIO UN CERTIFICADO DE ZONIFICACION O COMPATIBILIDAD DE USO.

2.5.5.- Trámite para el ISO 10007: Gestión de la Calidad:

UNE-EN ISO 9001:00 Sistemas de gestión

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