Normas Generales
Enviado por putito1A • 2 de Noviembre de 2014 • Documentos de Investigación • 1.605 Palabras (7 Páginas) • 149 Visitas
NORMAS GENERALES
Art. 1 El presente Reglamento norma los procedimientos para el uso de los Centros de Cómputo y la conducta a mantenerse en ellos.
Art. 2 El uso de Centros de Cómputo está limitado a la enseñanza o las prácticas que los alumnos del Instituto requieran para consolidar su aprendizaje.
SOBRE EL USO DE LAS COMPUTADORAS
Art. 3 Los alumnos ingresarán al Centro de Cómputo indicado, con el profesor a cargo o responsable del curso en la hora programada y a la máquina indicada.
Art. 4 Si un alumno desea usar una máquina libre durante clases con otro docente, podrá hacerlo previa autorización del docente antes del inicio de clase.
Art. 5 El uso de la computadora es en forma individual. Sin embargo en casos especiales, se permitirá un máximo de dos participantes por computadora.
Art. 6 Por la disponibilidad de las máquinas, solo se realizarán trabajos o prácticas encargadas por los profesores del Instituto, quedando prohibido realizar trabajos personales o para terceras personas.
Art. 7 No está permitido el uso de las computadoras para ejecutar juegos u otras aplicaciones que no sean las que se utilizan en el Instituto.
Art. 8 Por razones de seguridad y mantenimiento de los equipos, no está permitido en los Centros de Cómputo:
1. Ingresar al Centro de Cómputo con mochilas o maletines grandes.
2. Fumar.
3. Ingerir alimentos y/o bebidas.
4. Trasladar un equipo de un lugar a otro o desconectar algún cable. Las únicas personas autorizadas para ello son los encargados de Centros de Cómputo.
5. Utilizar los discos de la Institución para grabar trabajos personales.
6. Los trabajos netamente académicos deberán ser grabados en sus respectivas carpetas de usuario.
Art. 9 Durante las prácticas deberán guardar el debido silencio, para colaborar con un clima adecuado de estudio y concentración.
Art. 10 No está permitida la instalación de software sin previa autorización del personal encargado del Departamento de Sistemas.
Art. 11 El uso de Chat está permitido solamente si se demuestra la finalidad académica del mismo. Este servicio será autorizado por el personal encargado del Departamento de Sistemas.
Art. 12 Cada alumno y/o docente deberán traer sus propios medios de almacenamiento para evitar emplear el disco duro. El Departamento de Sistemas no se responsabiliza por la información dejada en los discos duros de los equipos.
Art. 13 El servicio de Internet es considerado una herramienta académica y el uso inapropiado tendrá como consecuencia las sanciones que el Departamento Académico y la Institución determinen por convenientes.
Art. 14 No están permitidas las prácticas desleales como hacking, craking, phishing, o cualquier otra actividad que tienda a afectar a otros usuarios de nuestra institución.
Art. 15 No está permitido transmitir cualquier tipo de información de índole comercial, político, particular y/o que contenga amenazas o material obsceno o información protegida por secreto comercial.
SOBRE LOS NOMBRES DE USUARIO E INFORMACIÓN
Art. 16 Todo docente y/o alumno será responsable de proteger su nombre de usuario y datos. Cualquier acceso no autorizado será inmediatamente comunicado por el alumno y/o docente afectado al Departamento Académico.
Art. 17 Toda responsabilidad de la información en cualquiera de las computadoras del laboratorio queda expresamente ligada al docente y/o alumno que haya guardado dicha información. El Departamento Académico y el Departamento de Sistemas no se hacen responsables por cualquier pérdida o modificación de la misma.
Art. 18 No está permitido exportar los archivos de contraseñas o realizar cualquier manipulación sobre los mismos. En concreto intentar averiguar cualquier contraseña de algún docente y/o alumno mediante uso de software o algún otro método de ingeniería social.
SOBRE EL USO DE LA RED
Art. 19 No están permitidas las siguientes acciones:
1. Intentar causar daño a sistemas o equipos que se encuentren interconectados a las redes con las cuales cuenta el Instituto Superior Tecnológico Privado del Sur
2. Dispersar "virus", "gusanos", "troyanos" y/o cualquier otro tipo de programa dañino para sistemas informáticos.
3. Hacer uso de los medios de la red con fines propagandísticos o comerciales.
4. Congestionar intencionalmente las comunicaciones o sistemas informáticos mediante el envío de información masiva y/o programas concebidos para tal fin.
5. Modificar archivos que no sean propiedad del alumno y/o docente aunque se tengan permisos de escritura.
6. Acceder, analizar o exportar cualquier información que no sea expresamente de propiedad del alumno y/o docente, salvo que se encuentre en una localización que admita su uso público.
7. Usar los servicios de red para propósitos no académicos o para propósitos fraudulentos, comerciales, publicitarios, propagación de archivos de cualquier tipo y mensajes obscenos o destructivos.
DE LAS SANCIONES
Art. 20 Los profesores o encargados de Centros de Cómputo pueden derivar a los alumnos que no estuviesen realizando sus prácticas y/o estuviesen perturbando el trabajo de sus compañeros, al departamento del Área Académica, responsable de realizar el respectivo llamado de atención del alumno y propiciar la corrección de la conducta del mismo.
Art. 21 El profesor o los encargados del Centro de Cómputo decomisarán el material (juegos o software) no autorizado e informarán al Secretario Académico para la sanción correspondiente y a la Administración de la Institución para su conocimiento
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