Orientar a las obras con respecto a las acciones inmediatas
Enviado por cesaria • 28 de Octubre de 2012 • 1.138 Palabras (5 Páginas) • 464 Visitas
1. OBJETIVO.
Orientar a las obras con respecto a las acciones inmediatas que se deben adoptar ante la eventualidad de ocurrencia de un accidente de trabajo, así como de las acciones correctivas y preventivas.
2. ALCANCE.
El presente documento será aplicado a todas las obras que realice la constructora en el caso que ocurran accidentes de trabajo.
3. METODOLOGIA.
- Cuando ocurriese un accidente en obra el trabajador accidentado o testigo dará aviso inmediato a jefatura o representante del Comité Paritario de Faena.
- El prevencionista o jefe directo evaluará la lesión y solicitará atención de primeros auxilios, en el caso de ser una lesión incapacitante.
- Luego de los primeros auxilios, se enviará a Asociación Chilena de Seguridad, para ser atendido por especialistas.
- Al momento de ser llevado a Asociación Chilena de Seguridad deberá llevar los siguientes documentos.
a. D.I.A.T (Declaración Individual de Accidentes del Trabajo)
b. Contrato de Trabajo del Trabajador.
c. Ultimas 3 liquidaciones de sueldo (si las tuviera).
d. Cedula de Identidad del Trabajador.
- Realizado esto se realizará inmediatamente acciones correctivas para evitar la repetición del accidente. Investigación de accidente de trabajo (preliminar). El formato del documento se encuentra en carpeta numero 13 Prevención de riesgos.
- Una vez hecha la investigación preliminar, se procederá a realizar Investigación de accidente por parte del Prevencionista de Riesgos en conjunto con Jefe de Obra.
- Se realizará inmediatamente el día después del accidente una charla de seguridad para dar a conocer lo sucedido y las medidas de control para evitar su repetición.
- Se solicitará investigación de Accidentes al Comité Paritario de Faena.
- Se realizará análisis de información recopilada, entrevistas y definición de causas y factores
- Se realizará informe final para ser entregado a profesional residente y Dpto. de prevención de riesgos.
- Se realizará seguimiento de las medidas adoptadas para ver el porcentaje de cumplimiento de estas.
4. EN CASO DE ACCIDENTE FATAL O GRAVE.
4.1 OBJETIVO
• Cumplir con lo establecido en el art. 76 de la ley 16744 modificado por la ley de subcontratación, que determinó que la Superintendencia de Seguridad Social elaborará la Circular 2345, en relación a denunciar a la autoridad fiscalizadora en forma inmediata la ocurrencia de un accidente grave o fatal.
• Orientar a las obras con respecto a las acciones inmediatas que se deben adoptar ante la eventualidad de ocurrencia de un accidente grave o fatal, así como de las acciones correctivas y preventivas.
4.2 ALCANCES
• El presente instructivo se aplicará a todas las Obras, así como para las empresas subcontratistas sin distinción.
• Es de carácter obligatorio para empresas contratistas y subcontratistas que trabajan en nuestras obras
4.3 TERMINOLOGIA
• ACCIDENTE DEL TRABAJO FATAL: aquel que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.
• ACCIDENTE DEL TRABAJO GRAVE: cualquier accidente del trabajo que:
o Obligue a realizar maniobras de reanimación: toda aquel accidente que provoque paros cardiorrespiratorios – golpes toráxicos severos o violentos -
o Obligue a realizar maniobras de rescate: de una excavación por derrumbe; de una grúa torre; de lugares donde se requiere ayuda o apoyo adicionales – de brigada de emergencia o de bomberos -
o Se produzca por caída de altura, de más de 2 metros.
o Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo: dedos de extremidades superiores o inferiores.
o Involucre un número de trabajadores, de tal forma que afecte el desarrollo normal de la faena afectada: derrumbes de superficies de trabajo que involucren a varios trabajadores
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