SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
Enviado por Arialnew • 21 de Agosto de 2017 • Ensayo • 1.205 Palabras (5 Páginas) • 285 Visitas
Exp. Nro. :
Escrito : 1
Sumilla : DENUNCIA
SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
MERILYN JANETH TOVAR RAQUI identificada con DNI Nro. 20724390, con domicilio en el Jr. Tolomeo Nro. 142 Urb. La Campiña – Chorrillos y con domicilio procesal en la Casilla Nro. 07834 del Colegio de Abogados de Lima (Sede Miraflores) correo electrónico merilyn.janeth@hotmail.com y celular 922435837, a Ud., expongo:
Que, en el ejercicio regular del derecho de petición consagrado en el Art. 2° inc. 20 de la Constitución Política del Estado interpongo denuncia contra el Banco Falabella Perú S.A. con domicilio en la Calle Chinchón Nro. 1060 - San Isidro, en los términos siguientes.
- FUNDAMENTOS DE HECHO.
- El día 16 de marzo de 2017, luego de hacer el retiro de S/450 soles de la agencia BCP sito en el Jr. Cailloma N°466-474-478-498 y Av. Emancipación N°300-308-312, concurrí a las oficinas del Banco Falabella, en la agencia ubicada en el Jr. de la Unión Nro. 517 - Lima Cercado para hacer el pago de mi cuota ascendente a S/433.96 soles (cuota que había vencido un día antes); sin embargo debido a las múltiples gestiones que realicé ese día, extravié dicho voucher.
- El 31 de Marzo del 2017 envié una carta al Banco Falabella Perú SA solicitándole expresamente que: i) me expida copia del vocher de pago realizado el día 16 de marzo de 2017; y ii) me expida copia del video de seguridad de la agencia sito en el Jr. de la Unión Nro. 517 – Lima Cercado, específicamente aquella que registra las cajas del sótano, correspondiente al día 16 de marzo de 2017 aproximadamente entre las 4.00 a 5.00 pm horas.
- El 15 de abril concurrí a las oficinas de Banco Falabella a indagar sobre la respuesta a mi petición (dado que por vía telefónica me había informaron que dicha petición no estaba registrada en su sistema) en dicha oportunidad fui atendía por la ejecutiva comercial Yesenia Bravo Ovali, quien me indicó que únicamente debía pagar el monto de S/396.15 soles y que espere la respuesta del Banco (así se hizo constar en el documento elaborado por la propia referida ejecutiva)
- El 26 de junio de 2017 recibí un correo electrónico adjuntándome la respuesta a mi petición.
- LAS VIOLACIONES A MIS DERECHOS DE CONSUMIDOR.
- El abusivo doble cobro de la cuota correspondiente al mes de marzo de 2017.
La suscrita cumplió con efectuar el pago de la cuota del mes de marzo de 2017 ascendente a la suma de S/433.96 soles, dicho pago lo realicé el día 16 de marzo de 2017 en las oficinas del Banco Falabella, en la agencia ubicada en el Jr. de la Unión Nro. 517 - Lima Cercado; sin embargo, aprovechando que extravié el voucher, pretende que realice un segundo pago por dicho concepto.
- La irrazonable negativa de atender mi petición.
En mi carta de fecha 31 de Marzo del 2017 expresamente proporcioné todos los detalles del pago efectuado (fecha, agencia, monto depositado, incluso la hora aproximada) incluso en mi carta de fecha 15 de abril de 2017 proporcioné el nro. de ventanilla y el tipo de vestimenta con la cual estaba al momento de realizar el pago; sin embargo, sorprendentemente me exigen que les entregue el original, de la copia que les solicito.
Si la suscrita tuviera el original ¿qué sentido tendría que solicite una copia? lo cierto es que la entidad denunciada conociendo que la suscrita no tiene dicho original, aprovecha para negarse a proporcionar la copia.
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