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Tarea aportes no dinerarios


Enviado por   •  6 de Junio de 2015  •  947 Palabras (4 Páginas)  •  223 Visitas

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Tarea Nº 01

¿Cuál es el tratamiento y que consideraciones se tienen en cuenta

cuando los socios hacen aportes no dinerarios?

Desde el punto de vista contable se requiere que le aporte no dinerario,

pueda ser valorado objetivamente conforme a criterios contables para

poder ser inscritos en el activo del balance de la sociedad.

También se requiere que el aporte no dinero, goce de cierta estabilidad,

pues no debe ser efímero ni sujeto a variación continua ni sometido a

riesgos que implique un aporte irreal a la sociedad, como el caso de la

clientela que si bien representa un elemento importante para

determinadas empresas, resulta muy difícil de garantizar la permanencia

en el tiempo del valor establecido.

El artículo 22 de la LGS señala que los aportes de bienes no dinerarios se

reputan efectuados al momento de efectuarse la escritura pública.

Entonces, la transferencia del derecho de propiedad, uso o usufructo no

coincide necesariamente con la entrega del bien. Este aspecto tiene

mucha importancia para determinar si se ha cumplido con efectuar el

aporte a la sociedad y, con ello determinar quién asume el riesgo del

mismo, o la sociedad o el socio aportante.

¿Qué entienden por Patrimonio Social?

Patrimonio de una sociedad mercantil formado por el conjunto efectivo de

bienes, derechos y obligaciones de la empresa en un momento

determinado. El patrimonio social constituye los medios económicos

y financieros para la explotación empresarial. En el momento inicial o

constitutivo de la sociedad mercantil, el patrimonio social debe coincidir

con el capital social, pero luego es superior o inferior según se

obtengan beneficios o pérdidas o se soporten o no los efectos de

la depreciación monetaria. El capital social suele permanecer invariable, a

no ser que se modifique su cifra por los procedimientos legales

establecidos al efecto.

El capital social o estatutario, que figura en el estatuto, es el límite

máximo hasta el cual la sociedad podrá recibir aportes y emitir acciones.

Damos un ejemplo: En el estatuto de una sociedad anónima se establece:

“Se constituye una sociedad anónima denominada San Sebastián S.A.,

con un capital de $ 1.000.000.” Esa cifra será su capital social o estatutario. Esa sociedad podrá emitir

acciones recibiendo los aportes correspondientes, sólo hasta esa cifra de

$ 1.000.000.

El capital social es invariable y sólo puede modificarse mediante una

reforma de los estatutos, cumpliendo con los procesos y mecánicas

previstos en la LSC. Se podrá ampliar o reducir. Si se amplía, aumenta la

capacidad emisora de acciones. Si se reduce, habrá que rescatar

acciones.

El capital social fija la capacidad emisora de acciones de cada sociedad.

No refleja los aportes efectivamente realizados por los accionistas.

Tampoco es indicativo de los aportes prometidos

¿Cómo se distribuyen las utilidades o perdidas de una sociedad?

En el reparto de utilidades o pérdidas se observarán, salvo pacto en

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