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Enviado por juancbayo • 13 de Noviembre de 2012 • 2.266 Palabras (10 Páginas) • 305 Visitas
Principales puntos o características:
La Constitución Política, reemplazó al Código Civil de Bello, como principal fuente de derecho en Colombia, mutando su condición de mundo referente programático, a una parte viva del derecho.
Como novedades, se resaltan las siguientes:
* De la supremacía e integridad de la Constitución: en virtud de estas funciones, decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos en acción pública contra las leyes, decretos legislativos, leyes aprobatorias de tratados internacionales, convocatorias a referendo o asamblea constituyente y contra las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales, a manera de revisión, con el objetivo de unificar jurisprudencia y establecer precedente judicial obligatorio, lo que en la actualidad se conoce como Doctrina Constitucional
* Se instituye la democracia participativa sustituyendo a la democracia representativa.
* Se instituye, además la acción de tutela como un mecanismo expédito y efectivo para que los ciudadanos puedan hacer valer sus derechos fundamentales a partir del artículo 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. De la misma manera, en aras de desarrollar el nuevo estatus de estado social, se incluyó en la Constitución Política, un listado de derechos económicos sociales y culturales,
que aunque de carácter programático, pueden llegar a ser de aplicación inmediata ya sea a través de la igualmente constitucional Acción Popular o por conexidad con derechos de rango fundamental.
* Se prohíbe la extradición de nacionales colombianos. Este artículo fue derogado en 1997, mediante acta legislativo de reforma constitucional.
* Se prohíbe la reelección presidencial inmediata y alterna (la reelección presidencial inmediata ya estaba prohibida en la Constitución de 1886 y constituciones anteriores). Esta norma fue derogada por acto legislativo de reforma constitucional aprobada en 2004 y declarada exequible por la Corte Constitucional el 19 de octubre de 2005.
* Se sustituye el Estado de sitio por el Estado de excepción y Guerra externa.
En su artículo 53, se crean obligaciones fundamentales relacionadas con los derechos laborales, tales como la libre asociación, el derecho de huelga, y el principio de In dubio pro operario, los cuales, dado su carácter ya mencionado, son susceptibles de protección, a través de la acción de tutela. En la misma oportunidad se obliga al Estado a expedir el Estatuto del Trabajo.
Miembros que formaron parte de la junta de la asamblea nacional costituyente
Asi pues, nuestra confianza puesta en la capacidad del Derecho para cambiar el mundo tuvo reflejo en la respuesta, el 90% votó por el sí.
Consecuencias inmediatas Como consecuencia, el 9 de diciembre de 1990 se convocó a elecciones con el fin de elegir los 70 delegatarios a la Asamblea; como una forma de sellar el proceso de paz que el gobierno adelantaba con diversos grupos armados ilegales, se les otorgó, y aprobó la inclusión de 4 constituyentes con voz pero sin voto en representación
suya (dos por el Ejército Popular de Liberación EPL, uno por el Partido Revolucionario de los Trabajadores PRT y otro por el Movimiento Armado Quintín Lame).
Días Sesionados
La Asamblea nacional Constituyente fue una convocatoria para establecer la nueva constitución política del país, Y revocar la antigua Constitución de 1886 La cual deja de funcionar el 4 de julio de 1991.
En 1988 el presidente Virgilio Barco inicia el trámite para reformar la constitución ya que la de 1886 había sufrido cambios en el tiempo de funcionalidad que tubo y no le permitía tener más desarrollo en términos de acuerdos para el país.
La asamblea se instala el 5 de febrero de 1991 con los delegatarios Aida Abella y Carlos Daniel Abelló. Ante la variedad de partidos políticos se ve la necesidad de crear una mesa directiva así los partidos deciden seleccionar una presidencia tripatida. El ex presidente Misael pastrana ex jefe del partido social conservador decide renunciar a la asamblea. Los líderes Álvaro Gómez y Antonio Navarro representaron a sus movimientos en la presidencia
Horacio
Serpa fue elegido como representante liberal que salió de la votación de tres constituyentes con mayor número de votación
Se convoca para elecciones el 9 de diciembre de 1990, como una forma de sellar el proceso de paz que el gobierno adelantaba con diversos grupos armados ilegales, se les otorgó, y aprobó la inclusión de 4 constituyentes con voz pero sin voto en representación suya (dos por el Ejército Popular de Liberación EPL, uno por el Partido Revolucionario de los Trabajadores PRT y otro por el Movimiento Armado Quintín Lame). Que durante cinco meses, una Asamblea Nacional Constituyente integrada por 74 delegatarios, le dio forma al ordenamiento jurídico que dejó atrás la centenaria Carta Política de 1886 y abrió camino a un sistema garantista que fue concebido como un tratado de paz. Un intenso proceso democrático que fue alentado por la sociedad colombiana. Pero antes Se tuvo que pasar por muchos sucesos calamitosos como asesinatos de los funcionarios públicos y un gran número de crímenes políticos. Pero aun así: El jueves 4 de julio de 1991, en una ceremonia que fue realizada en el capitolio nacional con los copresidentes, Álvaro Gomez,Horacio Serpa y Antonio Navarro, Se proclama la nueva Constitución Política de 1991 Y que rige actualmente.
Al establecer su reglamento y organización, la Asamblea Constituyente se distribuyó en las siguientes comisiones permanentes:
Primera Comisión: Reforma Constitucional, leyes estatutarias, organización territorial, reglamentó de los organismos de control, normas generales sobre contratación administrativa notariado
y registro de la administración nacional de los derechos y garantías y de los deberes, rama legislativa, estrategias y políticas para la paz, propiedad intelectual.
Segunda Comisión: Política internacional defensa nacional y fuerza pública, tratado públicos, carrera diplomática y consular comercio exterior e integración económica, política portuaria, relaciones parlamentarias internacionales y supranacionales asuntos diplomáticos no reservados constitucionalmente al Gobierno fronteras nacionalidad extranjeros migración honores y monumentos públicos servicio militar zonas francas y de libre comercio contratación internacional.
Tercera Comisión: Hacienda y Crédito Público, Impuestos y Contribuciones, Exenciones Tributarias, Régimen Monetario, Leyes sobre el Banco de la República, Sistema de Banca Central, Leyes sobre Monopolio,
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