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2) Realizar una comparación entre Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio y Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio actual..


Enviado por   •  13 de Marzo de 2017  •  Informe  •  2.254 Palabras (10 Páginas)  •  377 Visitas

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2) Realizar una comparación entre Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio y Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio actual.

Al comparar se pueden apreciar algunas diferencias entre la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio vigente en el año 1983 y la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio actual, a partir del primer articulo.

Articulo 1° (Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. 1983)

La presente ley tiene por objeto establecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la estrategia de Desarrollo Económico y Social a largo plazo de la Nación.

Articulo 1° (Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio. Actual)

Esta ley tiene por objeto establecer las disposiciones que regirán el proceso general para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio, en concordancia con las realidades ecológicas y los principios, criterios, objetivos estratégicos del desarrollo sustentable, que incluyan la participación ciudadana y sirvan de base para la planificación del desarrollo endógeno, económico y social de la Nación.

Según lo definido en la ley de 1983 se pude observar que su objetivo es regir procesos de ordenación territorial de acuerdo al desarrollo Económico y social de la Nación, mientras que en la ley actual su objetivo es regir el proceso general de la ordenación territorial, de acuerdo a las realidades ecológicas, principios, criterios y desarrollo sustentable. Lo que quiere decir que la ley actual tiene una visión de conservación ambiental por lo cual se crearon artículos que permitan la protección del patrimonio natural, la vegetación, los monumentos, animales en peligro de extinción, entre otros...

el Articulo 2° de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio vigente en el año 1983 dice: Se entiende por ordenación del territorio de regulación y promoción de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico espacial, con el fin de lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población, la optimización de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización del medio ambiente, como objetivos fundamentales del desarrollo integral.

Mientras que en la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio actual: Se entiende por ordenación del territorio a la política de Estado, dirigida a la promoción y regulación de la ocupación y uso del territorio nacional, a la localización y organización de la red de centros poblados de base urbana y rural, las actividades económicas y sociales de la población y la cobertura del equipamento de infraestructuras de servicios, en armonía con el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y la prevención de riesgos naturales, en función de la protección del ambiente, a fin de lograr los objetivos del desarrollo sustentable, crear las condiciones favorables a la recepción del gasto publico y la orientación de inversión privada como parte integral de la planificación económica y social de la Nación.

Claramente se observa como la frase “optimización de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización del medio ambiente” aparece en el articulo de 1983. y es cambiada en el articulo de la ley actual a “en armonía con el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y la prevención de riesgos naturales, en función de la protección del ambiente”. Ya que la palabra Explotación se refiere “sacar provecho” de algún producto sin importar lo perjudicado que este pueda resultar, por esta razón es cambiada por la palabra “aprovechamiento”, puesto que esta se refiere solo tomar lo necesario de algún producto para que este no resulte totalmente perjudicado. También en este articulo se puede notar la importancia que la ley actual le da al ambiente y al patrimonio natural.

A pesar de que ambas leyes se dirigen a la protección de espacios naturales, la actual ley tiene una visión mas completa sobre la conservación y debida protección de estos, tal como es el caso de los humedales, el cual es aquel “Terreno que sin poseer la consideración de lago o de rio, tiene la necesaria extensión y permanece inundado durante el tiempo suficiente para permitir el desarrollo de comunidades biológicas propias y diferentes de las de su entorno”

Destacar que la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio vigente en el año 1983 posee 78 artículos a diferencia de la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio actual que posee 190 artículos, lo cual sustenta aun mas lo dicho anteriormente sobre la visión mas amplia que esta tiene en cuanto a la conservación ambiental y ademas el mejoramiento de ordenación territorial para el desarrollo de la Nación.

3) Determinar de que manera la ordenación del territorio desde el punto de vista legal consigue fundamentos en la legislación regional y local.

La vigente Constitución nacional compromete a Estado Venezolano a desarrollar una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades físico-naturales, geográficas, poblacionales, sociales culturales, económicas y políticas, en función del desarrollo integral y sustentable en cada una de la entidades de la nación. En este contexto, la Constitución le asigna al municipio la competencia de ordenar su territorio, tanto de sus áreas urbanas como de sus espacios rurales, conjuntamente con la promoción del desarrollo económico y social, pero con un fuerte sometimiento previo a las normas y actuaciones que emanen del Poder Nacional.

Cualquier tipo de plan de ordenación territorial regional y local debe hacerse bajo los lineamientos de la planificación urbana, municipal y estadal y de la planificación estratégica nacional y regional, teniendo como propósitos superiores:

Mejorar los niveles de calidad de vida de sus habitantes y de su entorno;

Incrementar la competitividad del territorio a través de la organización espacial;

Lograr mayor cohesión económica y social del territorio y potenciar sus capacidades competitivas dentro del entorno donde se desarrolla;

Conservar los recursos naturales, patrimoniales y culturales de la ciudad o localidad

Su elaboración por tanto y su operacionalizacion técnica, jurídica

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