ACTIVIDAD 6 - LEGISLACION COMERCIAL
Enviado por hasblaydy • 25 de Febrero de 2015 • 448 Palabras (2 Páginas) • 1.447 Visitas
Actividad No. 6
Estudio de caso: de los comerciantes y actos mercantiles
Caso 1. Pepito Pérez es propietario de una colectiva, destinada al servicio escolar; Juanita Venegas, es directora de un jardín infantil; le solicita a Pepito le transporte a los niños y adicionalmente unos equipos que le prestaron para celebrar el día de los niños. ¿Qué actividad realiza Pepito y por qué? Argumente su respuesta a la luz de la legislación comercial.
Respuesta: Teniendo en cuenta lo consultado en el Código de comercio en el Titulo II. 5. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados.
Pepito Pérez ejerce una actividad mercantil como transporte escolar, el cual fue contratado por la directora de un jardín infantil, con respecto a los equipos que trasporta es algo ocasional.
Caso 2. Roberto Méndez, de profesión comerciante, sufrió un accidente, que lo dejó impedido para caminar, está postrado en una silla de ruedas. ¿Puede ejercer válidamente la actividad comercial, o adolece de capacidad, inhabilidad o impedimento para desarrollar la actividad mercantil? Argumente su respuesta de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad comercial.
Respuesta: Respecto Roberto Mendez, si puede ejercer la actividad comercial, el hecho que se encuentre postrado en una silla de ruedas no le da impedimento para desarrollar diferentes tipos de actividades, el código de comercio colombiano no hace esta distinción, sino que se limita a establecer que toda persona considerara por la ley como capaz de contratar y obligarse, se considera hábil para ejercer actividades de comercio.
Las únicas personas que se consideran inhábiles para desarrollar actividades comerciales son aquellas que la ley las declara incapaces. Art. 1504 – son absolutamente incapaces los dementes, los impúberes y sordomudos que no se puedan darse a entender por escrito.
Caso 3. Lolita, en sus tiempos libres le gusta pintar hermosos cuadros, tiene una bonita exposición en la sala de su casa, su amigo Jorge, le quiere comprar uno de ellos. La actividad desarrollada por Lolita, puede considerarse como actividad mercantil, ¿sí o no? y ¿por qué? Justifique su respuesta.
Respuesta: En el caso de Lolita no se considera mercantil, ya que los cuadros que tienen no son para la venta si no para exposición propia de su vivienda.
Se puede considerar como Actos no mercantiles como lo indican en el código de comercio en el título II. Art. 23. No son mercantiles la adquisición de bienes con destino al consumo domésticos o al uso de adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes; 2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de estas por su autor.
Referencia: Libro Legis, Código de comercio,
Página web: http://comercialgeneralunab.blogspot.com/2009/02/el-comerciante_6899.html
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