ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL EN LA ESCUELA TÉCNICA COMERCIAL BICENTENARIO. SAN FÉLIX-ESTADO BOLÍVAR, PERIODO 2015-2019.
Enviado por M C • 13 de Febrero de 2021 • Informe • 1.773 Palabras (8 Páginas) • 233 Visitas
INTRODUCCIÓN
En Venezuela el servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual los estudiantes aspirantes al título universitario colocan en práctica los conocimientos adquiridos durante su formación académica en beneficio de la comunidad, contribuyendo así con el bienestar social.
El presente trabajo comunitario tiene miras a enfocarse en el cumplimiento de la Ley de Bienes Públicos de la República Bolivariana de Venezuela, debido a que los recursos y bienes tangibles que posee la E.T.C. “Bicentenario” bien sea, propiedad planta y equipo, artículos de oficina e inventarios, son propiedad del Poder Público según el Artículo Nº 2 de la Ley Orgánica de Bienes Públicos que establece que las normas contenidas en dicha ley y las que emita la SUDEBIP "son de estricto cumplimiento para las entidades que conforman el Sistema de Bienes Públicos, así como para las personas naturales o jurídicas que custodian o ejerzan algún derecho sobre un Bien Público (...)" (Art. 2 Ámbito de aplicación).
Por medio de esta Ley es obligatorio que se presente ante la Superintendencia de Bienes Públicos (SUDEBIP) dentro de un lapso establecido, los determinados "documentos, informes, libros, normas, archivos físicos, digitales y contables” (Atribuciones de la Superintendencia de Bienes Públicos, Art. 34, Párrafo 3) de los bienes que posee tal institución para ser incluidos dentro del presupuesto anual del Estado. Esta labor comunitaria, prestada por los estudiantes de la UNEG, de actualizar los inventarios, es decir, contabilizar los bienes de la Escuela Técnica Bicentenario, brinda a dicha entidad la facilidad de poseer al día parte de la información que debe presentar ante la SUDEBIP.
Así, el presente trabajo permitirá mostrar los cambios en materia de: a) La propiedad planta y equipo, en cuanto a su depreciación, deterioro o la
pérdida de su valor, según la NIC 16 (Propiedad Planta y Equipo); y b) los inventarios, que según la NIC 2, se toman en cuenta como "los materiales y suministros para ser usados en el proceso productivo" (Art. 8 NIC 2. Inventarios) del servicio que presta la institución: el estudio, en este caso, dentro de los cuales se incluyen los libros de la biblioteca. Además, se ofrecerá la posibilidad de cuantificar físicamente cuáles de ellos pueden reparase y los recursos que se debe adquirir nuevamente para continuar con sus actividades regulares. Todo esto mediante la acción de Actualizar el Inventario General en la Escuela Técnica Comercial Bicentenario, durante el Periodo 2015-2019.
El servicio comunitario se llevó a cabo en la Carretera Tovar cruce con calle Urdaneta, Urbanización Moreno de Mendoza, Parroquia Simón Bolívar, Municipio Caroní, San Félix, Estado Bolívar.
Este informe está estructurado de la siguiente manera: Introducción, Bases legales, Bases teóricas, Diagnóstico comunitario, Objetivo General, Objetivos Específicos, Desarrollo de las actividades, Aprendizajes obtenidos en el área de conocimiento, Aprendizajes obtenidos ajenos al área de conocimientos, Nivel de satisfacción de la comunidad, Conclusión, Recomendaciones y Anexos.
BASES LEGALES
La institución educativa “Escuela Técnica Comercial Bicentenario” ubicada en San Félix, Estado Bolívar, en función de cumplir el deber de administrar y salvaguardar los recursos asignados de manera efectiva, se rige a través de las siguientes leyes:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Artículo 164. Es de la competencia exclusiva de los estados: 3. La administración de sus bienes y la inversión y administración de sus recursos, incluso de los provenientes de transferencias, subvenciones o asignaciones especiales del Poder Nacional, así como de aquellos que se les asignen como participación en los tributos nacionales. (1999)
Código de Comercio (1955)
Artículo 33. El libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en el primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de la oficina. (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 475, 1955) (p.21)
Ley Orgánica de Bienes Públicos (2014)
Artículo 2. Las normas contenidas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica, normas reglamentarias y aquellas que emita la Superintendencia de Bienes Públicos, son de estricto cumplimiento por las entidades que conforman el Sistema de Bienes Públicos, así como para las personas naturales o jurídicas que custodien o ejerzan algún derecho sobre un Bien Público, con las excepciones de Ley, dejando a salvo las competencias y autonomía atribuidas en la materia por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes correspondientes. Las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica se aplicarán sin perjuicio de las competencias de control, vigilancia y fiscalización que corresponden a la Contraloría General de La República sobre los bienes de la Nación. (Gaceta Oficial Nº 6.155, 2014) (p. 27)
Artículo 5. “Se consideran Bienes Públicos: 1. Los bienes muebles e inmuebles, títulos valores, acciones, cuotas o participaciones en sociedades y demás derechos, de dominio público o de dominio privado, que hayan adquirido o adquieran los órganos y entes que conforman el Sector Público, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan; 2. Los bienes, mercancías o efectos, que
...