ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA - AMC Nº 0755-2004-SUNAT/2G3100
Enviado por 43641529 • 5 de Junio de 2015 • 1.017 Palabras (5 Páginas) • 203 Visitas
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA – AMC Nº 0755-2004-SUNAT/2G3100
BASES
ENTIDAD CONVOCANTE
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, dotada de personería Jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía administrativa, funcional, técnica y financiera.
1.- OBJETIVO GENERAL
Analizar las disposiciones sobre presunciones contenidas en el Código Tributario, con énfasis en las modificadas recientemente y las que generan mayores controversias en las tareas de auditoria de las unidades operativas, para mejorar la eficacia en su aplicación para la determinación de obligaciones realizadas por los auditores.
2.- CALENDARIO DEL PROCESO
Fecha de convocatoria : 16 de Agosto del 2004.
Fecha de Presentación de Propuestas : 17 de Agosto del 2004.
Fecha de otorgamiento de Buena Pro : 18 de Agosto del 2004.
3.- PARTICIPANTES
Ciento cincuenta (150) funcionarios ( auditores ) por día de Tributos Internos
4.- FECHAS PREVISTAS
Días 19 y 20 de Agosto y los días 09 y 10 de Septiembre del 2004, de 8:30 am. a 17:30 hrs.(*)
(*) el cual podrá ser confirmado previo al evento a realizarse.
5.- DURACIÓN DEL SEMINARIO
Tiempo (04) días
Cantidad diaria de horas (08) Ocho
Una (01) hora de refrigerio.
6.- LUGAR
Av. Gamarra N° 680 – Chucuito - Callao
Auditorio de la sede de Chuchito IATA
7.- VALOR REFERENCIAL
El valor referencial es de US $ 2,400.00 ( Dos Mil cuatrocientos con 00/100 Dólares Americanos) corresponde a la disponibilidad presupuestal incluido IGV, por tanto las propuestas que excedan el 10% de dicho valor referencial es decir de US $ 2,640.00 (Dos Mil Seiscientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos) o sean inferiores al 70% del valor referencial, US $ 1,680.00 (Un Mil Seiscientos Ochenta con 00/100 Dólares Americanos) serán consideradas como no presentadas.
8.- TEMARIO
Los expositores desarrollarán cada tema indicando la jurisprudencia que hubiera y la presentación de casos prácticos que aclaren la exposición de los temas
1. Supuestos para aplicar la determinación sobre base presunta, por periodos de fiscalización y periodo en el que se realiza la fiscalización.
2. Presunciones.- Tipos
a. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de ventas o libro de ingresos, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se exhiba dicho registro y/o libro.
b. Presunción de ventas o ingresos por omisiones en el registro de compras, o en su defecto, en las declaraciones juradas, cuando no se presente y/o no se exhiba dicho registro.
c. Presunción de ingresos omitidos por ventas, servicios u operaciones gravadas, por diferencia entre los montos registrados o declarados por el contribuyente y los estimados por la Administración Tributaria por control directo.
d. Presunción de ventas o compras omitidas por diferencia entre los bienes registrados y los inventarios.
e. Presunción de ventas o ingresos omitidos por patrimonio no declarado o no registrado.
f. Presunción de ventas o ingresos omitidos por diferencias en cuentas abiertas en Empresas del Sistema Financiero.
g. Presunción de ventas o ingresos omitidos cuando no exista relación entre los insumos utilizados, producción obtenida, inventarios, ventas y prestaciones de servicios.
h. Presunción de ventas o ingresos en caso de omisos.
i. Presunción de ventas o ingresos omitidos por la existencia de saldos negativos en el flujo de ingresos y egresos de efectivo y/o cuentas bancarias.
j. Presunción de Renta Neta y/o ventas omitidas mediante la aplicación de coeficientes económicos tributarios.
k. Presunción por información de negocios similares y su aplicación.
l. Presunciones usando información de importaciones del SIGAD
m. Otras previstas por leyes especiales.
3. Efectos en la aplicación de presunciones
4. Improcedencia de acumulación de presunciones
5. Notificación de causales de presunción en requerimiento previo a la de sustentación de reparos, en el que se le comunica las omisiones de ingresos por aplicación de presunciones
9.- DOCENTES : El evento estará a cargo de un especialista tributario en el tema, externo
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