ALEGATOS MATERIA MERCANTIL.
Enviado por Alejandra Bautista • 15 de Junio de 2016 • Práctica o problema • 1.228 Palabras (5 Páginas) • 1.176 Visitas
JORGE NEGRETE GONZALEZ
V.S
TRIBURCIO PEREZ SANCHEZ
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
EXP: 125/2016 -BC.JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE PARTIDO JUDICIAL
PRESENTE:
C.LIC……, con la personalidad que tengo acreditada en autos del expediente a la margen citada, ante usted C.JUEZ, con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:
Que por medio del presente ocurso y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1406 del Código de Comercio, vengo en tiempo y forma a producir los siguientes:
A L E G A T O S
1.- Con fecha XXX de XXXXX del año XXXX, presente demanda en Vía Ejecutiva Mercantil, con al carácter de Endosatario en Propiedad, del C.xxxxxxxxxxx ,en contra del C. Tiburcio Pérez Sánchez, quedando radicado dicho juicio, ante los índices de este juzgado Cuarto de lo Civil, con el número de Expediente 125/2016 -B.
2.- Por auto de fecha xxx de xxx del año xxxx, se dio entrada a la demanda de referencia, acordando se requiera a la demandado C. Tiburcio Pérez Sánchez, para que en al acto de diligencia hiciere pago de las prestaciones reclamadas por el actor, en caso contrario se le embargara bienes de su propiedad, hecho que se puede constatar de actuaciones.
3.- Dentro del término legal concedido a la demandada, esta contesto la demanda entablada en su contra, En el escrito de contestación de la demanda, el demandado Tiburcio Pérez Sánchez opuso diversas excepciones y defensas, entre otras; la que la demandada no había suscrito el pagare base de la acción en ningún momento, asimismo negó que debiera la cantidad reclamada por el actor. Así mismo la hoy demandada ofrece las pruebas confesional, La pericial en c grafoscopio y documentos copia, así como la instrumental de actuaciones.
4.- Así mismo se desahogó la vista de la contestación de demanda en tiempo y forma, por la suscrita.
5.- Por el auto de xxx de xx del año xxx, y con fundamento en el artículo 1401 del Código de Comercio y vistas las excepciones y oposiciones de la demandada, se ordeno en dicho proveído, abrir el presente juicio, a desahogo de pruebas por el término de 15 días para ambas partes; Así mismo queda obligada la parte oferente que su perito deberá aceptar el cargo dentro del término de tres días y de ser positivo se le concede el termino de cinco días para rendir su peritaje por escrito en términos del artículo 1253 del código de comercio el cual deberá versar sobre los puntos de la parte oferente teniendo como firma indubitable la que estampe ante esta presencia judicial el demandado Tiburcio Pérez Sánchez hasta por cinco ocasiones y/o las veces que se consideren necesarias mostrando su credencial de elector,la cual debera agregarse alos presentes autos la cual debera seer tomada en cuenta por el perito al momento de rendir su dictamen para lo cual deberaa comparecer ante el juzgado en dia y hora hábil dentro de los tres días siguientes al que surta fecto el presente auto,apercibiéndole que de no comparecer se le declara desierta dicha probanza dada la falta de inetres,ya que no se contara con elementos o con instrumento para el desahogo de los dictamenes periciales al requerirse la firma indubitable.
6.- Con fecha xx del mes de xxx del año xxx, se tienen por admitidas las pruebas; CONFESIONAL, RATIFICACION DE CONTENIDO Y FIRMA, presunciones legal y humana, Instrumental de actuaciones.
7.- Por audiencia de fecha xxx de xxx del xx siendo las diez horas desahoga la prueba confesional el demandado Tiburcio Perez Sanchez desahogo las posiciones formuladas por la actora, negando en forma premeditada, la relación mercantil que existe entre mi endosante y el demandado, asimismo; negando deber lo reclamado por la parte actora, negaciones que deben de considerarse irrelevantes, por no desvirtuar con ninguna prueba fehaciente. El documento base de la acción, como consta en autos.
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