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AMPARO INDIRECTO CONTRA AUTO DE FORMAL PRISION


Enviado por   •  10 de Febrero de 2016  •  Ensayo  •  4.023 Palabras (17 Páginas)  •  762 Visitas

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JUICIO DE AMPARO INDIRECTO No.___________      

C. JUEZ DE DISTRITO DE  AMPARO EN MATERIA

PENAL EN  EL ESTADO DE NAYARIT, EN TURNO.

P  R  E  S  E  N  T  E.

 ______________________, mexicana, mayor de edad,  y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en calle ____________________________, Numero _____ de la Colonia __________________ de esta Ciudad Capital   y como autorizados para que las reciban al C. LIC. _____________________________ Y/O________________________ en los términos  del artículo 12 de la Legislación de Amparo, ante usted con el debido respeto comparezco para:

E  X  P  O  N  E  R:

                        Que por este conducto, con fundamento en los artículos 1º., fracción I, 4º., 5º., 114, 116, 147, 148 y 149 de la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por mi propio derecho vengo a demandar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los actos de las autoridades que a continuación mencionaré:

      I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Ha quedado debidamente demostrado y precisado al inicio de esta demanda.

      II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.- Señalo con ese carácter al C.  _____________-; el cual tiene su domicilio  en calle:  _______________ de esta ciudad capital.

      III.-AUTORIDAD RESPONSABLE.-Señalo con ese carácter al C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO PENAL CON RESIDENCIA EN TEPIC, NAYARIT, con domicilio ampliamente conocido en esta ciudad, en las afueras del penal de Tepic.

       IV.- ACTO RECLAMADO.- Reclamo de dicha autoridad la resolución interlocutoria  donde se me dicta auto de formal prisión, dentro del expediente penal número ____________, que me instruye como probable responsable en la comisión del delito de FRAUDE en agravio del C.  ____________-, por el cual  me decreta AUTO DE FORMAL PRISION, mismo que tuve conocimiento el día de___________________________________.

         V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- Se viola en mi perjuicio los preceptos señalados por el artículo 1º, 14, 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

        VI.-PROTESTA.- Bajo protesta legal de decir verdad manifiesto a este Juzgado que los hechos que conforman el acto reclamado SON CIERTOS.

                A continuación, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, hago a usted C. Juez, una narración de los siguientes:

H  E  C  H  O  S:

        

        

Manifiesto a usted que el suscrito actualmente me encuentro en libertad, a disposición de la autoridad señalada como responsable, dentro de la causa penal número ___________, que me instruye como probable responsable en la comisión de un supuesto delito de FRAUDE, cometido en agravio del C. CECILIO  VALENTIN RUBIO  TORRES, empero, sin existir elementos suficientes que acreditaran mi probable responsabilidad en la comisión de dicho ilícito, dicha autoridad me decretó AUTO DE FORMAL PRISIÓN  por el delito de FRAUDE.

                VII.- CONCEPTOS DE VIOLACION.- Se viola en mi perjuicio las normas jurídicas que establecen los artículos 1º, 14, 16 y 19 de la Constitución General de la República, toda vez que el ARTÍCULO 1º “establece”: “ En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

     Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”…; ARTICULO 14 establece: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.- nadie podrá ser privado de la vida, de su libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”; el ARTICULO 16 refiere: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde  y motive la causa legal del procedimiento. no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del indiciado”; el ARTICULO 19 establece: “Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del termino de setenta y dos horas a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de formal prisión, y siempre que de lo actuado aparezcan datos suficientes que acrediten los elementos del tipo penal del delito que se impute al detenido y hagan probable la responsabilidad de este”.

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