AMPARO INDIRECTO ESCRITO INICIAL
Enviado por Ivancr792 • 12 de Septiembre de 2017 • Práctica o problema • 3.730 Palabras (15 Páginas) • 316 Visitas
QUEJOSO: SIMON REYES MEDINA
AMPARO INDIRECTO
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO
Y DE JUICIOS FEDERALES
EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO
P R E S E N T E.
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SIMON REYES MEDINA, Promoviendo por mi propio derecho actualmente recluido en el Centro Preventivo y de Readaptación Social de Almoloya de Juárez Estado de México “Santiaguito”.
Autorizando para que en mí nombre y representación puedan tener acceso al presente juicio constitucional así como a recibir cualquier clase de documentación aun de carácter personal al Profesionista en Derecho, Licenciado SIMON ALEJANDO PINAL RODEA, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones los estrados de este H. Juzgado así como el correo arve18@hotmail.com , ante Usted de la manera más atenta y como mejor proceda en derecho comparezco para exponer:
Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1ª, 3,4,21,37,114 y de mas relativos y aplicables de la ley de Amparo en vigor, vengo a solicitar EL AMPARO Y LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de los actos de la autoridad que a continuación se numeran y con el objetivo de ajustarme a los requisitos del Articulo 116 de la Ley de Amparo en vigor, manifiesto lo siguiente:
1.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO SIMON REYES MEDINA, actualmente recluido en el Centro Preventivo y de readaptación social de Almoloya de Juárez Estado de México “santiaguito”.
2.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe
3.- AUTORIDADES RESPONSABLES: señalo como autoridad ordenadora al C. Director General de Prevención y Readaptación social del Estado de México., con domicilio en la calle Constituyentes poniente No. 902, Colonia la Merced Toluca, Edo de México.
COMO AUTORIDAD EJECUTORA: Al C. Director General de Prevención y Readaptación Social de Almoloya de Juárez “Santiaguito”, con domicilio en carretera Toluca - Almoloya de Juárez Estado de México km 4.5 C.P. 50900, en el interior de dicho Centro.
4.- ACTO RECLAMADO: de la autoridad señalada como ORDENADORA se reclama LA ORDEN DE TRASLADAR AL SUSCRITO A OTRO CENTRO PREVENTIVO Y DE READAPTACION SOCIAL RESOLUCION, de la cual tuve conocimiento el día 16 de octubre del año 2014 de la autoridad señalada como ejecutora, se reclama el cumplimiento que al pretender dar a lo ordenado por la autoridad ordenadora.
5.- GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS, se violan en nuestro perjuicio las comprendidas en los Artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
6.- PROTESTA; Los hechos que se constituyen en los actos reclamados son ciertos y así lo declaro BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, en virtud de que el suscrito tuvo conocimiento de que se me pretende trasladar a otro Centro Preventivo y de Readaptación social, en virtud de que me encuentro interno en calidad de sentenciado en el Centro Preventivo y de Readaptación Social de Almoloya de Juárez “Santiaguito” cumpliendo una sentencia de 70 años que me fuera impuesta.
El acto que se reclama incurre en el siguiente:
CONCEPTO DE VIOLACION
1.- Se violan en mi perjuicio las garantías individuales de LEGALIDAD y SEGURIDAD JURIDICA consagradas en los preceptos constitucionales 14 , 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al realizar una INEXACTA APLICACIÓN DE LA LEY consagradas en los preceptos constitucionales citados en relación con el 10 fracción III 48 Y 83 de la Ley de ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la libertad del Estado de México, en Virtud de que en fecha 16 de octubre de 2014 fui informado por personal del Centro Preventivo y de Readaptación Social de Almoloya de Juárez, México “ Santiaguito” que me iba a trasladar a otro Centro Preventivo fuera del Estado de México ya sea a uno del Estado de Colima, Veracruz,, Tepic, Guadalajara o San Luis Potosí, circunstancia que en caso de llevarse a cabo se violarían mis garantías individuales y mis derechos fundamentales ya que considero que no existe motivo alguno para ser trasladado a otro centro y a demás esto impediría con mi régimen de tratamiento para tener una eficaz reincidencia a la sociedad.
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