ANALISIS ACCESOS A DISCAPACITADOS
Enviado por karimoteo • 2 de Mayo de 2014 • 3.347 Palabras (14 Páginas) • 177 Visitas
Accesibilidad de Las Personas al Medio Físico. Edificios.
Rampas Fijas.
Establece las dimensiones mínimas y las características generales que deben cumplir las rampas que se construyan en edificaciones para facilitar el acceso a todas las personas.
Área de aplicación
En todos los espacios con desniveles mayores a 0.15 m éste debe ser resuelto mediante un elemento que conecta los dos niveles.
Aspectos constructivos
Contar con un bordillo a todo lo largo de la rampa.
Disponer de pasamanos en ambos sentidos de la circulación, colocados a 0.60 y 0.90 m del piso, de diámetro anatómico (0.05 m), y prolongado 0.30m mas allá del extremo de cada tramo.
Para el gálibo vertical bajo rampa disponer de una altura mínima de 2.20 m
Disponer al final y el inicio de la rampa de cada tramo de un descanso de longitud de 1.5 m en el sentido de la circulación.
Su piso al inicio y final de la rampa, debe tener textura y/o color que haga contraste con el resto de la superficie.
El piso de circulación debe ser antideslizante en seco o mojado.
Dimensiones
Longitud de desarrollo 1-1.5 m, pendiente longitudinal 12%
Longitud de desarrollo 1.5 -3 m, pendiente longitudinal 10%
Longitud de desarrollo 3 -10 m, pendiente longitudinal 8%
Longitud de desarrollo 10-15 pendiente longitudinal 6%
Pendiente transversal 2%
Ancho minino: .90 m
Descanso de longitud mínima: 1.20 m
Área de aproximación al inicio y final de la rampa: circulo de 1.2 m diámetro.
Alto libre de obstáculos: 2.20 m
Aspectos Positivos
Se puede combinar con la implantación de escaleras.
Su implantación facilita en especial la movilidad de usuarios en silla de ruedas y personas con coches de bebé.
Aspectos Negativos
Su implantación requiere de un área mayor, que la requerida por las escaleras.
RAMPAS PEATONALES-NTC
Las rampas peatonales que se proyecten en las edificaciones deben cumplir con las siguientes condiciones de diseño:
I. Deben tener una pendiente máxima de 8% con las anchuras mínimas y las características que se establecen para las escaleras en el inciso 4.1.3; la anchura mínima en edificios para uso público no podrá ser inferior a 1.20 m.
II. Se debe contar con un cambio de textura al principio y al final de la rampa como señalización para invidentes (ciegos y débiles visuales); en este espacio no se colocará ningún elemento que obstaculice su uso.
III. Siempre que exista una diferencia de nivel entre la calle y la entrada principal en edificaciones públicas, debe existir una rampa debidamente señalizada.
IV. Las rampas con longitud mayor de 1.20 m. en edificaciones públicas, deben contar con un borde lateral de 0.05 m. de altura, así como pasamanos en cada uno de sus lados, debe haber uno a una altura de 0.90 m. y otro a una altura de 0.75 m.
V. La longitud máxima de una rampa entre descansos será de 6.00 m.
VI. El ancho de los descansos debe ser cuando menos igual a la anchura reglamentaria de la rampa
VII. Las rampas de acceso a edificaciones contarán con un espacio horizontal al principio y al final del recorrido de cuando menos el ancho de la rampa.
VIII. Los materiales utilizados para su construcción deben ser antiderrapantes.
ESPECIFICACIONES:
1. Rampa con superficie firme y antiderrapante.
2. Espacio para colocar señalización e impedir que los autos suban a la banqueta.
3. Líneas de cruce peatonal.
4. Área libre de obstáculos para utilizar la rampa.
5. Pendiente lateral en rampa máximo del 10%.
6. Los criterios de diseño y construcción de rampas estarán de acuerdo con las dimensiones y peralte de las banquetas, pero siempre respetando un ancho mínimo de 100 cm.
7. Raya de alto
Recomendaciones.
• En exteriores evitar la acumulación de agua en descansos, al inicio y al final de las rampas.
• IDEAL: Si la pendiente es del 6%, la longitud máxima será de 600 cm. 15
• Si la pendiente es del 5%, la longitud máxima será de 1000 cm. 16
• Si la pendiente es del 8%, la longitud máxima será de 600 cm. 17
• El ancho de los descansos deberá ser igual o mayor al ancho de la rampa.
Nota: La pendiente (z) es la relación entre la altura de la pendiente (x) y la longitud (y) y se expresa en %. Z = x/y
Ejemplo: Altura x = 20 cm.
Longitud y = 250 cm.
Pendiente z = x/y = 20/250 = 0.08
Es decir: La pendiente es del 8%.
LOS EDIFICIOS Y ESPACIOS ABIERTOS DE USO PÚBLICO, deberán contar con rampas para la comunicación entre los diferentes niveles de acceso al
público y estar debidamente señalizados. Todos los edificios de uso público deberán proporcionar alternativas de comunicación vertical
(elevadores y/o rampas) a las personas con discapacidad.
Siempre que exista una diferencia de nivel entre la calle y la entrada principal, deberá existir una rampa debidamente señalizada
Especificaciones:
1. Cambio de textura al principio y final de la rampa para señalización a ciegos. En este espacio no se colocará mobiliario urbano ni otro elemento. Estas áreas deberán estar libres de encharcamiento.
2. Ancho mínimo de 1.20 m. cuando exista otra alternativa de circulación vertical (ascensor) y un ancho mínimo de 1.50 m cuando sea la única alternativa de circulación vertical.
3. Piso firme uniforme. Pendiente adecuada del 6% con longitud máxima de 6.00 m. que se podrá incrementar hasta el 8%.
4. Bordes laterales de 5 cm. de altura en rampas.
5. Barandales a ambos lados en rampas, uno a 90 cm. y otro a 75 cm. de alto para niños, personas de talla baja y en silla de ruedas.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 4143
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4.1.1.3 Rampa escalonada
Cuando se presenten condiciones topográficas que exijan superar niveles mayores a 20°
4.1.2 Pendiente transversal. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos
La pendiente transversal máxima aplicable a los niveles de accesibilidad adecuado y básico, debe ser del 2 % para tramos y descansos.
4.1.3 Ancho. Rampas ubicadas en edificios y espacios urbanos
El ancho mínimo libre de las rampas ubicadas en espacios urbanos aplicableal
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