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ANALISIS DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA Y LA DESENTRALIZADA.


Enviado por   •  16 de Marzo de 2015  •  1.181 Palabras (5 Páginas)  •  484 Visitas

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TUXTLA GUTIÉRREZ

INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL

Materia:

LEGISLACION LABORAL.

Trabajo a realizar:

ANALISIS DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA Y LA DESENTRALIZADA.

Alumnos:

Profesor:

INTRODUCCION

La administración pública federal en México, comprende la totalidad de los organismos estatales que ejercen el poder ejecutivo en nuestro país. Comprende tanto a los organismos centralizados como los paraestatales. Se encuentra encabezada por el presidente de México, seguido por los titulares Secretarías de Estado de México.

Su existencia se encuentra prevista constitucionalmente por el artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reglamentada por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Es un concepto de derecho administrativo que comprende tanto a los organismos que conforman dicha estructura como las funciones jurídicas y el poder político que ejercen.

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CENTRALIZADA.

La forma republicana del Estado mexicano se caracteriza por “el modo de estructurarse respecto a todos sus elementos constitutivos”,1 los cuales son territorio, población y gobierno. El gobierno a su vez está dividido en tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La forma de Gobierno hace referencia a los órganos de poder en el ejercicio de las atribuciones que les son conferidas a nivel constitucional, así como a las relaciones políticas que se establecen entre sí. En México, el régimen de gobierno es presidencialista. Esto quiere decir que el Poder Ejecutivo tiene preponderancia sobre los otros poderes, por la suma de facultades que le otorga la Constitución y las leyes ordinarias; además, se reúnen las potestades de jefe de Estado y jefe de gobierno en una misma persona. Los Secretarios de Estado son funcionarios subordinados jerárquicamente al Presidente de la República y responden personalmente ante él, quien selecciona libremente a sus colaboradores sin injerencia de otro poder, así como para removerlos. El Poder Ejecutivo se sustenta en la Administración Pública Federal y ésta se divide en centralizada y paraestatal; la administración centralizada, según el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), señala que estará integrada por la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. A su vez, el artículo 26 de la LOAPF señala que, para el despacho de los asuntos del orden administrativo centralizado, el Poder Ejecutivo de la Unión cuenta con las siguientes dependencias:

1. Secretaría de Gobernación (SEGOB)

2. Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

3. Secretaría de la Defensa Nacional (SDN)

4. Secretaría de Marina (SM)

5. Secretaría de Seguridad Pública (SSP)

6. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

7. Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)

8. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)

9. Secretaría de Energía (SENER)

10. Secretaría de Economía (SE)

11. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)

12. Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT)

13. Secretaría de la Función Pública (SFP)

14. Secretaría de Educación Pública (SEP)

15. Secretaría de Salud (SSA)

16. Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

17. . Secretaría de la Reforma Agraria (SRA)

18. . Secretaría de Turismo (SECTUR)

19. . Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF)

LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL DECENTRALIZADA.

Descentralización Administrativa

Es una forma de organización administrativa indirecta, la cual realiza actividades concernientes al estado que son de interés general, además cuenta con características especificas como la de tener personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en sus decisiones.

Forma de organización administrativa, la cual es creada mediante una ley o decreto, la finalidad expresa de este tipo de organismos es el desarrollo de funciones que competen a la entidad federativa

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