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ANALISIS DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN REPUBLICA DOMINICANA


Enviado por   •  13 de Julio de 2014  •  1.923 Palabras (8 Páginas)  •  1.077 Visitas

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INTRODUCCION

En este trabajo está presentado de manera breve un resumen de los que ha sido la historia del derecho de trabajo en la republica dominicana. Como ha sido su evolución, desarrollo y aplicación es parte de lo establecido, en el siguiente desarrollo.

Se estará presentando como introducción una pequeña definición de lo que sería el derecho de trabajo, y luego de manera más amplia se hablara de cómo comenzó la historia del trabajo desde la llegada de los españoles a nuestra isla, la esclavitud de los indios y luego la sustitución de los mismo por negros esclavos traídos de África a nuestro continente. Es a partir de ahí que comienza la legislación sobre derecho de trabajo, con la aplicación de las leyes de India, luego la introducción del código civil francés, y un numero de leyes y reglamentos dictados más adelante hasta lograr en 1951 un verdadero código sobre trabajo, modificado este más adelante por el código de trabajo de 1992, vigente este hasta el días de la fecha.

Objetivo General

Analizar todo los referentes a los a los principios fundamentales del derecho laboral.

Objetivos Específicos

1. Enunciar una reseña histórica sobre el derecho laboral en Rep. Dom.

2. Establecer cuáles son los principios más importantes del derecho laboral en Rep. Dom.

ANALISIS DE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL EN REPUBLICA DOMINICANA

Concepto de Derecho de Trabajo

Algunos tratadistas piensan que es aventurado formular una definición del derecho de trabajo, pues se trata de una rama del derecho en plena evolución, en formación progresiva y constante. Se le ha querido definir como el conjunto de reglas jurídicas que gobierna el trabajo humano. Pero esta definición es demasiado amplia. No todo el trabajo del hombre está protegido por este nuevo derecho. Los profesionales que ejercen una profesión liberal, los empleados y funcionarios del estado y los municipios, entre otros, no son trabajadores en el sentido de la ley de trabajo. El derecho de trabajo no es, pues, como se propusiera en ocasiones y correspondería al sentido etimológico, el de todo trabajo, o, por tanto, el del trabajo humano.

Evolución del derecho de trabajo:

El trabajo es una condición esencial del hombre, una imperiosa necesidad humana. Desde la más remota antigüedad, el hombre ha trabajado. Él ha extraído del suelo, o de la casa o de la pesca, lo necesario para alimentarse. Pero el trabajo humano no siempre a sido el mismo.

Cada época de la historia de la humanidad ha conocido una forma de trabajo predominante. Esto ha servido para clasificar la vida humana en grandes periodos la esclavitud, la servidumbre, el sistema corporativo y el salariado.

La esclavitud se inicia cuando el primer vencedor se percata de que un enemigo esclavo era más útil que un enemigo muerto. De este modo principia uno de los periodos más largos de convivencia contemporáneos.

La guerra y la piratería fueron las principales fuentes de esclavitud. Pero también lo fue el nacimiento. Los hijos de los esclavos nacían esclavos. Estos eran como un estado que aumentaba. Las penas impuesta al deudor o a otras personas que incurrían en determinadas violaciones a las leyes, fue también otras causa de esclavitud.

Esta como todas las cosas, tuvo su origen, desarrollo y muerte. Ella también fu vencida por el tiempo y los cambios sociales.

Con el descubrimiento de América, la esclavitud paso y continuo en nuestro continente cuando ya había dejado de existir en Europa.

El feudalismo produjo el fraccionamiento de los estados en feudos, y, consecuentemente, el siervo pasó a ser un vasallo. Esto motivo el establecimiento de oficios, de pequeña industrias manuales en torno a la mansión del señor. El artesano y los gremios de la edad media, integran pues, otra forma de trabajo. Este es organizado en las ciudades.

Historia del Derecho Dominicano del Trabajo

La legislación social y del trabajo en la republica dominicana se inicia en la década de los treinta del siglo XX. Es propiamente uno de los hechos positivos de la llamada era de Trujillo. Aunque en el año 1924 marca el ingreso de la Republica en la Organización Internacional del Trabajo, y en 1925 fue promulgada la ley 175 sobre descanso dominical y cierre de establecimientos, lo cual fue declarada inconstitucional por la sentencia de la suprema corte de justicia de fecha 28 de abril de 1926, no se adoptaron, antes de 1930 ni un proyecto de convención, para regir como ley, ni una recomendación como compromiso de dictar la futura legislación adoptada a sus principios. No cabe duda de que no solo había mucho de descuido, sino también, medularmente, la falta de un clima social-económico para recibir sugestiones en la materia en que no estábamos preparados y actividades que no existían en el país. Como por otra parte no había visión para proyectos o para encaminar un programa de acción en tal sentido, no se realiza en momento algunas gestiones de leges feranda ni tan pocas medidas provisionales de carácter administrativo.

En 1930, el secretario de estado de trabajo y comunicaciones solicito las opiniones de la OIT sobre un proyecto de código de trabajo, la cual no estuvo de acuerdo sobre una ley de conjunto sobre la materia. El país siguió el conjunto de esta entidad, iniciando entonces un proceso de publicaciones de leyes sociales y del trabajo.

Este proceso se inicia en 1932, con la ley 352, sobre accidente del trabajo, la que es sustituida por la ley 385, de ese mismo año, para la aplicación de esta ley fue votado, también en 1932, el reglamento 557. Ese mismo año son ratificados los convenios Números. 1, 5, 7, y 10 de la Organización Internacional del Trabajo. El 20 de noviembre de 1932, se votó la orden departamental No. 3, catálogo de mecanismos destinados a impedir los accidentes del trabajo.

Los XIII principios fundamentales

Los principios fundamentales que integraban su introducción, constituyen una característica notable de dicho código, una novedad en la familia de los códigos dominicanos, que se mantiene y robustece con el CT de 1992.

Estos principios fundamentales son de los que dan fisonomía característica al derecho del trabajo. Para hacer resaltar su importancia, se han colocado fuera del articulado

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