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ANTECEDENTES DE LA LEY DEL IVA Y ENTRADA EN VIGOR


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2015  •  Ensayo  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  576 Visitas

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CONTRIBUCIONES IV

SÉPTIMO SEMESTRE

J FELIX ORTIZ CORTES

ENSAYO DE:

 1. ANTECEDENTES DE LA LEY DEL IVA Y ENTRADA EN VIGOR.

2. CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS E INCIDENCIA ECONOMICA DEL IVA

3. REGLAS PARA LA APLICACION ESTRICTA DE LA LEY DEL IVA.

4. LA RELACION  TRIBUTARIA.

5. SUS ELEMENTOS EN MATERIA DE IVA

JUAN CARLOS GÓMEZ MELESIO

28 DE SEPTIEMBRE 2013

  1. ANTECEDENTES DE LA LEY DEL IVA Y ENTRADA EN VIGOR.

El impuesto al valor agregado (IVA)

El impuesto al valor agregado (IVA), taxe sur la valeur ajoutée (TVA) en francés y value added  tax (VAT) en inglés, a nivel mundial fue creado por Maurice Lauré (1917-2001) en 1954. El impuesto indirecto sobre el consumo recién creado fue rápidamente adoptado en Francia y otros países porque obligaba a los contribuyentes en todos los niveles del proceso de producción a administrar y contabilizar el impuesto por ellos mismos, en lugar de establecer módulos u oficinas recaudadoras por las autoridades impositivas. El IVA es un impuesto al consumo que se impone sobre el valor que se agrega a un producto o servicio. A diferencia del impuesto a las ventas, el IVA se aplica en las distintas etapas que existen entre el productor inicial y el consumidor final, mientras que el impuesto a las ventas, se aplica sobre el valor total en cada etapa, evita el efecto cascada al gravar únicamente el valor agregado en cada etapa de producción. (Hinojosa y Mendoza, 2010)

Implementación del IVA en México

Antes del inicio del IVA, en México existían, como se mencionó, una serie de impuestos indirectos que mantenían la mecánica de un impuesto a las ventas[1]. A partir de 1980, se establece como instrumento para modificar estos esquemas, la implementación del IVA integrando la figura recaudatoria en las personas o empresas que realizan las actividades o prestan los servicios gravados tal y como lo ideó Lauré en Francia. (Hinojosa y Mendoza, 2010)La ley del impuesto fue aprobada y suscrita el 22 de diciembre de 1978 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de ese mismo año durante el mandato del Presidente José López Portillo para iniciar su vigencia el 1 de enero de 1980. Al inicio, la recaudación del IVA fue facultad estatal y no fue sino hasta 1990 que se transfiere la administración del impuesto al orden federal. La principal razón de esto, eran los bajos resultados en la recaudación además de la dificultad de establecer a qué entidad correspondía el impuesto ya que los domicilios fiscales del contribuyente se encontraban en una entidad federativa y el consumidor en otra.

  1. CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS E INCIDENCIA ECONOMICA DEL IVA

CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS
El estudio de la clasificación de los Tributos o contribuciones constituye, en esencia, una forma de apreciar las diversas categorías de tributos que, en un momento dado, puede llegar a contemplar la legislación hacendaría, en función de la variedad de fuentes gravables que suele ofrecer la economía del país.
1.- IMPUESTOS FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES
• FEDERALES: Son impuestos Federales, porque es la Federación la que está facultada para cobrarlos.
• ESTATALES: Son impuestos Estatales, porque es el Estado – Entidad Federativa el que está facultado para cobrarlos.
• MUNICIPALES: Son impuestos Municipales, porque es el Municipio, el que está encargado de cobrarlos.
Esta clasificación se obtiene de la fracción IV del artículo 31 Constitucional, que señala a los tres como sujetos activos de la obligación tributaria.
2.- IMPUESTOS EN ESPECIE Y EN DINERO
• EN ESPECIE: Son impuestos en especie aquellos que se permite cubrir con un bien distinto al numerario (efectivo)
• EN DINERO: son impuestos en dinero aquellos que se pagan con monedas de curso legal.
3.- IMPUESTOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.
• ORDINARIOS: Son aquellos que se perciben regularmente repitiéndose en cada ejercicio fiscal y en un presupuesto bien establecido.
• EXTRAORDINARIOS: Son aquellos que se perciben solo cuando circunstancias anormales colocan al Estado frente a necesidades imprevistas que lo obligan a erogaciones extraordinarias, como sucede en casos de guerra, epidemia, catástrofe, déficit, etc.
4.- IMPUESTOS REALES Y PERSONALES.
• REALES: Son aquellos que están destinados a gravar valores económicos que tienen su origen en la relación jurídica que se establece entre unas persona (Física o Moral) y una cosa o un bien. Se les llama reales debido a que generalmente los correspondientes sujetos pasivos son titulares de algún derecho real, en especial el de propiedad.
• PERSONALES: Son aquellos que gravan los ingresos, utilidades, ganancias o rendimientos obtenidos por personas físicas o morales, como consecuencia del desarrollo de los diversos tipos de actividades productivas (industria, Comercio, Agricultura, Ganadería, Pesca, Ejercicio de Profesiones. Etc.), a las que se encuentren dedicados e independientemente o al margen de su vinculación jurídica con cosas, bienes o derechos reales.
5.- IMPUESTOS PROPORCIONALES Y PROGRESIVOS.
• PROPORCIONALES. Son los que mantienen una constante relación entre la base y la cuantía del impuesto.
• PROGRESIVOS. Son aquellos en que la relación de la cuantía del impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a medida que aumenta el valor de esta.
6.- CLASIFICACIÓN MODERNA DE LOS IMPUESTOS.
• IMPUESTOS SOBRE BIENES Y SERVICIOS. Esta clase de gravámenes están encaminados a gravar los bienes y mercancías que se expenden al público, así como los servicios que le prestan. Se trata, desde luego, de impuestos al consumo cuyo típico; ejemplo. Está representado por el controvertido Impuesto al Valor Agregado.
• IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS Y LA RIQUEZA. Son aquellos gravámenes que inciden progresivamente sobre los rendimientos o sobre el patrimonio de los individuos y empresas. Consideran, con justa razón, que esta clase de imposiciones deben asociarse con una mayor redistribución del ingreso nacional, ya que se fijan en función de la riqueza poseída o acumulada porcada causante. En este sentido no solo se ajustan al principio de Proporcionalidad, sino que no producen, por regla general, los efectos inflacionarios que son características de los impuestos sobre mercancías y servicios.
Dentro de nuestro derecho fiscal destaca como un Impuesto a la riqueza el impuesto sobre la Renta.

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