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ANTECEDENTES DEL CONSTITUCIONALISMO EN MEXICO


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2014  •  2.682 Palabras (11 Páginas)  •  193 Visitas

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CONSTITUCION DE APATZINGAN DE 1814

Sentimiento de la Nación es uno de los documento de mayor importancia para la historia constitucional de México. Surge en un momento complejo y difícil de la Guerra de Independencia. Los años de 1812 y 1813 fueron particularmente difíciles para Morelos y los insurgentes, se presentaba entonces un rompimiento entre los miembros de la Junta de Zitácuaro, y las desavenencias se ahondaban entre dos de los más importantes líderes insurgentes del momento, los michoacanos Rayón y Morelos. En 1813 Morelos, además de sostener las acciones de guerra, decide convocar al Congreso de Chilpancingo, es ante este cuerpo legislativo que el 14 de septiembre del mismo año, el caudillo insurgente presenta los Sentimientos de la Nación.

No obstante, las autoridades realistas combatían a las tropas independentistas, por lo que se planteaba la necesidad de que el Congreso se convirtiera en una asamblea prácticamente nómada, en la medida en que debía trabajar eludiendo a las tropas realistas, siendo su única protección una pequeña guardia del ejército insurgente. De esa manera, el Congreso tomó asiento en varias ciudades de Michoacán y el 22 de octubre de 1814 fue promulgado, en la ciudad de Apatzingán, el "Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana", conocido como la Constitución de Apatzingán.

En la elaboración del texto intervinieron hombres como Andrés Quintana Roo, Carlos María de Bustamante, Ignacio Rayón y el propio Morelos.

La Constitución de Apatzingán está dividida en dos partes. En la primera, que es la parte dogmática, se establece en el primer artículo que la religión católica, apostólica y romana es la única que se debe profesar en el Estado; siguiéndole lo relativo a la soberanía, los ciudadanos, la ley, los derechos del hombre y las obligaciones de los ciudadanos.

En pocas palabras, dicho documento plasmaba los fundamentos de cómo los congresistas querían que fuera el nuevo país: católico, nacionalista, republicano y liberal.

En esta parte de la constitución se establece de manera clara que la soberanía radican en el pueblo, a través de sus representantes, los diputados elegidos por los ciudadanos; pero no podría existir verdadera soberanía si cada uno de los habitantes no tiene asegurados sus derechos fundamentales de propiedad, inviolabilidad de su domicilio, trabajo y educación.

La segunda parte de la Constitución de Apatzingán trata de la forma de gobierno, en la que se reglamenta la organización y las funciones de cada uno de los poderes, que serían tres: el Supremo Congreso (Poder Legislativo), el Supremo Gobierno (Poder Ejecutivo) y, el Supremo Tribunal de Justicia (Poder Judicial).

Cada uno de los tres poderes serían independientes uno de otro, pero en conjunto serían la forma más elevada del ejercicio del poder político, reservando cierta supremacía sobre los otros poderes para el Supremo Congreso, puesto que era él quien debía ejercer los derechos de nombrar a los miembros de los otros poderes y a que en él se depositaba la representación de la voluntad

El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.

Los artículos más relevantes fueron:

Articulo 1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.

Articulo 2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.

Articulo 5.Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.

Articulo 12.Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.

Articulo 13.Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.

Articulo 19. La ley debe ser igual para todos...

Articulo 30.Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.

Articulo 42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.

La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de Diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos

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CONSTITUCION POLITICA DE 1824

La promulgación de la Constitución Federal de 1824 se constituye en un acontecimiento de suma importancia para nuestro país, toda vez, que se da el surgimiento de nuestra nación como una Republica Federal, con el nombre oficial de Estados Unidos Mexicanos, es precisamente, con esta constitución que surge el Estado, se constituye en el momento fundacional de nuestra identidad política; es al mismo tiempo, el primer ejercicio de proyección ideológica en la construcción del futuro político de una nación.

Las principales cuestiones que afronta son: la consolidación de la identidad nacional, la organización política y el nexo entre gobernantes y gobernados, después de la colonia y la experiencia imperial, quedo un vacio que solo podía ocuparse con la representatividad de los diferentes niveles de gobierno como fuente del poder público, era necesario establecer un gobierno emanado de la nación como ingrediente principal de la política.

Mucho se ha comentado sobre las influencias que se dejan sentir en la Constitución de 1824, sin embargo; es importante resaltar el tema de representatividad, permite apreciar el hecho de que existe un verdadero ejercicio de originalidad en su creación. Autores de origines diversos con conclusiones igualmente distinta, como David Brading y Edmundo O’ Gorman, coinciden en señalar la originalidad de las ideas, interpretaciones y fenómenos que tuvieron como consecuencia la creación de

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