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ASESORES JURIDICOS OPERACIONALES EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES MILITARES


Enviado por   •  11 de Marzo de 2016  •  Informe  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  752 Visitas

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ASESORES JURIDICOS OPERACIONALES EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES MILITARES

        

        ST. BARAHONA SILVA LUIS HELDER

        Noviembre 2015.

Fuerza Aérea Colombiana.

Bogotá DC.

Diplomado Virtual Derecho Operacional Aéreo 2015.


 ASESORES JURIDICOS OPERACIONALES EN EL DESARROLLO DE OPERACIONES MILITARES

Teniendo en cuenta la complejidad del contexto operacional en Colombia, contar con el apoyo de un asesor jurídico operacional para el desarrollo de operaciones militares se hace necesario para evaluar su planeación y ejecución con el fin de asegurar que las operaciones se ajusten al marco legal.

El asesor jurídico operacional es una persona especializada en la normatividad nacional e internacional para el uso de la fuerza, quien con aplica sus conocimientos para asegurar un eficaz y legal desarrollo de operaciones en cuanto al adecuado uso de la fuerza.

Un asesor jurídico operacional en Colombia debe ser un abogado militar en servicio activo, con los adecuados conocimientos en las diferentes areas del derecho: DIH y DIDH, doctrina jurídica operacional y derecho constitucional como también debe tener conocimientos generales en derecho penal, derecho penal militar, sistema penal acusatorio o ciencias criminalísticas, entre otras ramas del derecho según el “Manual de Derecho Operacional para las Fuerzas Militares 3-41 segunda edición 2015”.

El asesor jurídico operacional es aquel que asesora al comandante preventivamente, y fortalece continuamente la acción jurídica en base del desarrollo de operaciones militares, realizando las previas coordinaciones jurídicas en el trámite de quejas o denuncias por situaciones operacionales de la fuerza y de las infracciones al DIH y violaciones al DIDH cometidas por miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley.

El asesor jurídico operacional en ningún momento reemplaza al comandante en la toma de decisiones militares, es un profesional del derecho que brinda conocimiento especializado y asesora, al igual que los demás miembros del estado mayor, en el planeamiento, ejecución y evaluación de las operaciones militares, con el fin de contribuir a la legitimidad de las Fuerzas Militares.

El abogado militar, mientras se encuentre asignado como Asesor Jurídico Operacional, no deberá cumplir funciones disciplinarias, de investigación o  de defensa judicial toda vez que participa en la planeación, ejecución y evaluación.

Teniendo en cuenta el conflicto interno de nuestro país, es fundamental que los Asesores Jurídicos Operacionales reciban capacitación especializada en planeamiento, ejecución y evaluación de las operaciones militares de cada una de las fuerzas, así como la forma del operar  internacionalmente para adquirir una visión avanzada de las dinámicas de los conflictos armados. Igualmente el constante estudio, análisis y profundización del arte operacional. De acuerdo a las dinámicas jurídicas y operacionales, las fuerzas diseñan los planes que garanticen la rotación y proyección de los abogados militares en el territorio nacional, para fortalecer el conocimiento de los diferentes contextos operacionales.

Los asesores jurídicos operacionales tiene sus funciones claras y precisas durante el planeamiento, la ejecución y la evaluación de las operaciones militares las cuales están escritas en el “Manual de Derecho Operacional para las Fuerzas Militares 3-41 segunda edición 2015”:

“Funciones generales del Asesor Jurídico Operacional:

  1. Forma parte de la plana mayor y asesora al comandante en el planeamiento de la operación, de los elementos que recoge la orden de operaciones: evaluación de la inteligencia, evaluación del ambiente operacional, adecuación jurídica de la operación de acuerdo con el marco jurídico aplicable y demás consideraciones que permitan una asesoría jurídica operacional en la valoración, ponderación y viabilidad de la toma de decisiones en especial el del uso de la fuerza.
  2. Asesorar en materia de DIH, DIDH, doctrina jurídico operacional y normativa nacional vigente, al comandante y a su estado o plana mayor en el planeamiento, ejecución y evaluación de las operaciones militares (antes, durante y después del esfuerzo operacional).
  3. Revisar y verificar que los proyectos de documentación operacional a suscribirse como soporte y fundamento de las operaciones militares cumplan las disposiciones legales del DIH y DIDH.
  4. Asesorar los procedimientos jurídicos operacionales que se realicen en territorios donde se encuentren comunidades con especial protección constitucional, asi como las áreas de responsabilidad operacional donde cursen medidas del sistema interamericano de DD.HH.
  5. Asesorar jurídicamente al Oficial de operaciones y Comandante de Unidad en la instrucción, entrenamiento difusión y aplicación de las reglas sobre el uso de la fuerza.
  6. Coadyuvar en la elaboración de Lecciones Aprendidas en materia jurídica operacional.
  7. Verificar, en coordinación con el oficial de operaciones, que el archivo operacional cuente con toda la información jurídica operacional y soporte legal de las operaciones, cooperando con las oficinas jurídicas de cada Fuerza, en la construcción de la memoria histórica.
  8. Supervisar y apoyar la instrucción, capacitación, entrenamiento, seminarios, talleres, entre otros eventos, que se dicten en materia de DIH, DIDH y derecho operacional.
  9. Contribuir en la construcción, fortalecimiento y actualización de la doctrina operacional y en la generación de lecciones aprendidas.
  10. El asesor legal que se destine para efectos de asesoría jurídica operacional, mientras ejerce dichas funciones, no podrá ocupar otras funciones de asesoría legal en aspectos disciplinarios ni penales.”[1]

La labor del Asesor Jurídico Operacional debe quedar plasmada en una matriz de viabilidad operacional, la cual debe ir anexa a la orden de operaciones debidamente firmada.

Los Asesores Jurídicos Operacionales como abogados y militares son responsables del correcto ejercicio de su profesión en la asesoría que prestan a los comandantes. Deben cumplir con los deberes propios del servicio y responderán penal, disciplinaria y administrativamente frente a irregularidades.

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