A.TRIBUTARIA
Enviado por krelimed • 23 de Mayo de 2015 • 2.308 Palabras (10 Páginas) • 381 Visitas
INTRODUCCIÓN
Actualmente en el país la población se priva de algunos potenciales beneficios que el Estado le podría proveer; esto es causado por la evasión tributaria. Se considera como una figura jurídica consistente en el impago voluntario de tributos establecidos por la ley.
En el presente trabajo encontraremos un ejemplo en el cual determina cuales son los factores que influyen en las MYPES del sector comercial en Gamarra, La Victoria, Lima, Perú. Nuestro objetivo fue analizar qué factores de la evasión tributaria influyen en la comercialización de empresas.
El objetivo de nuestro trabajo ha sido identificar si liquidan sus impuestos en función a todas sus ventas. Para verificar si realizan un buen registro de egresos e ingresos.
EVASION TRIBUTARIA E INFORMALIDAD
I. EVASIÓN TRIBUTARIA
1. DEFINICION
Evasión tributaria es la sustracción fraudulenta e intencional al pago de un tributo, destinada a reducir total o parcialmente la carga tributaria; como por ejemplo, en los casos de doble facturación. La evasión debe distinguirse del mero incumplimiento o del retraso en el pago de las obligaciones tributarias, supuestos en los que no existe voluntad de engaño o fraude al Estado.
Desde el punto de vista de la Administración Tributaria la evasión está relacionada con el incumplimiento tributario.
La Administración tributaria debe reducir la brecha de cumplimiento formada por:
• Brecha de inscripción, definida como la diferencia entre los contribuyentes potenciales y los registrados.
• Brecha de declaración, contribuyentes registrados pero que no declaran.
• Brecha de Pago, contribuyentes que declaran pero que no pagan.
• Brecha de veracidad, diferencia entre la recaudación potencial y la recaudación efectiva e incluye a los contribuyentes evasores.
En el contexto los contribuyentes definidos como evasores son:
Los no inscritos o informales tributarios.
Los contribuyentes inscritos que no declaran y/o subdeclaran ingresos.
Los inscritos que declaran pero realizan acciones ilícitas.
Los inscritos que incurren en elusión.
2. CARACTERISTICAS DE LA EVASIÓN TRIBUTARIA
a) Conocimiento de que la acción efectuada está dirigida a reducir o hacer nula la materia imponible.
b) Conocimiento de la naturaleza antijurídica de la acción, es decir, que el evasor tiene conciencia de realizar algo ilícito.
c) Hay evasión tributaria no sólo cuando como consecuencia de la conducta evasiva se logra evitar totalmente el pago de la prestación tributaria, sino también cuando hay una disminución en el monto debido.
d) La evasión tributaria debe actuar referida a determinado país cuyas leyes tributarias se trasgreden, y
e) La evasión comprende a todas las conductas contrarias a derecho que tengan como resultado la eliminación o disminución de la carga tributaria, con prescindencia de que sea por modificación o simplemente por omisión.
3. CAUSAS:
Entre los factores que pueden originar la evasión, tenemos:
El egoísmo natural de la persona para desprenderse de una parte de sus ingresos en beneficio del bien común, lo que demuestra una escasa formación cívico-tributaria.
La existencia de un desequilibrio entre la carga tributaria y la capacidad económica de los contribuyentes.
El aumento de las tasas de los impuestos. Los estudios sobre la materia revelan que a mayores tasas, mayores son los niveles de evasión.
El establecimiento de exoneraciones para algunos sectores económicos o zonas geográficas que son utilizadas de manera incorrecta. Además, algunas experiencias demuestran que estas herramientas no han tenido los resultados esperados.
La desconfianza sobre el acierto conque el Estado administra los recursos.
La emisión de normas tributarias complicadas y complejas, lo que atenta contra la simplicidad y la neutralidad en la aplicación de los tributos.
La inestabilidad tributaria originada por la modificación constante de las normas.
La falta de conciencia tributaria. Un ejemplo es la no exigencia del comprobante de pago para obtener una rebaja en el precio o simplemente porque le resulta indiferente; otro es la obtención de ganancias ilícitas, sorprendiendo la buena fe de la Administración Tributaria mediante la simulación de actividades y documentos a favor de terceros.
4. CONSECUENCIAS
La evasión afecta al Estado y a la colectividad de diversas formas:
No permite que el Estado cuente con los recursos necesarios para brindar los servicios básicos a la población, especialmente a la de menores recursos.
Influye en la generación de un déficit fiscal, que origina nuevos tributos, mayores tasas o créditos externos.
La creación de más tributos o el aumento de las tasas de los tributos ya existentes afectan a los que cumplen con sus obligaciones, cuando lo lógico sería ampliar la base contributiva con respecto a los que poco o nada tributan.
De otro lado, por los préstamos externos hay que pagar intereses, lo que significa mayores gastos para el Estado; es decir, toda la sociedad debe hacer un esfuerzo para pagar los gastos ocasionados por quienes no cumplieron con sus obligaciones tributarias.
Perjudica al desarrollo económico del país, no permitiendo que el Estado pueda redistribuir el ingreso a partir de la tributación.
En suma, la evasión tributaria nos perjudica a todos. Por este motivo, quienes formamos parte de la sociedad debemos hacer lo que esté a nuestro alcance para erradicarla. El primer paso es tomar conciencia de que el pago de impuestos no es simplemente una disminución de nuestros ingresos, sino un aporte al desarrollo de nuestro país y la posibilidad para que las mayorías empobrecidas tengan la oportunidad de mejorar su calidad de vida.
Por su parte, las instituciones representativas del Estado deben manejar adecuadamente y en forma transparente los recursos, de modo que los contribuyentes puedan conocer en qué forma éstos son invertidos y acepten la carga tributaria que les corresponde de acuerdo con su capacidad contributiva.
5. TIPOS DE EVASIÓN TRIBUTARIA
La evasión es clasificada de diversas maneras:
Toda evasión puede ser total o parcial.
PARCIAL:
Cuando el contribuyente aparece como ciudadano cumplidor, pagando sólo una parte de las contribuciones a que esta obligado.
TOTAL:
Cuando se evita en todo el pago de dichas contribuciones, aún cuando no se utilice ningún medio.
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