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AUTORIDAD DEMANDAD: LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA, LA COORDINACIÓN EJECUTIVA DE COMERCIO EXTERIOR, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CDMX


Enviado por   •  2 de Mayo de 2019  •  Práctica o problema  •  3.852 Palabras (16 Páginas)  •  302 Visitas

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                                                                                    PATRICIA DORANTES ANEZCUA

                                                                                           RFC-DOAP6512184T6

AUTORIDAD DEMANDAD: LA UNIDAD  DE    

INTELIGENCIA FINANCIERA, LA COORDINACIÓN                                                  EJECUTIVA DE COMERCIO EXTERIOR, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CDMX.

                 

                                                                                    JUCIO DE NULIDAD

                                                                                    ESCRITO INICIAL

                                                                                    EXPEDIENTE: PAMA: CPA0900156/17

SALA REGIONAL COMPETENTE DEL TRIBUBAL FEDERAL DE JUSTICIA DAMINISTRATIVA EN LA VIA TRADICIONAL

C. C. MAGISTRADOS QUE INTEGRAN LA PRIMERA SALA EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR  DEL TRIBUNA FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MEXICO.

PATRICIA DORANTES AMEZCUA, SEÑALANDO DOMICILIO FISCAL  PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES UBICADO EN : CALLE ENRIQUE GRANADOS NUMERO  39 LOCAL” D” EN LA   COLONIA EX -HIPODROMO DE PERALVILLO CODIGO POSTAL 06250 , DELEGACION CUAUHTEMOC EN LA CIUDAD DE MEXICO Y AURORIZO  EN TERMINOS DEL IV PARRAFO  DEL ARTICULO 5º DE LA LEY DE FEDERAL  DE  CONTENCIOSO ADMINISTRATICO, A EL LICENCIADO  EN COMERCIO INTERNACIONAL GERARDO RAMIREZ FLORES  CON CEDULA PROFESIONAL NUMERO 09627788 , AL LICENCIADO EN DERECHO ,SERGIO MARCOS LOYA SOLANO CON NUMERO DE CEDULA  PROFESIONAL NUMERO 09258152 Y AL  PASANTE EN DERECHO IVAN JAASIEL RAMIREZ VAZQUEZ, Y SOLAMENTE PARA OIR Y RECIBIR  TODO TIPO Y DOCUMENTOS  Y VALORES E IMPONERSE EN LOS AUTOS.

POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO Y FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 2,13,15, Y DEMÁS  APLICABLES A LA LEY FEDERAL DEL PRCEDIMEINTO CONTENCIOSO ADMINISTATIVO CORRESPONDIENTE A EFECTO QUE SEA DECLARADA LA NULIDAD DE LA RESOLUCION A QUE ADELANTE SE SEÑALARA.

COMPETENCIA

LA DETERMINAN EN LOS ARTICULOS 14,31,Y 34 DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA,PRCEPTOS DE LOS CUALES SE DESPRENDE QUE ESYA SALA ES COMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE JUICIO DE NULIDAD , ELLO EN ATENCIO EN QUE EL DOMICILIO FISCAQL SE ENCUENTRA UBICADO EN : LA CALLE DE ENRIQUE GRANADOS NUMERO 39 LOCAL D , COLONIA EX HIPODROMO DE PERALVILLO, CODIGO PPOSTA 06250 , DELEGACION CUAUHTEMOC , CIUDAD DE MEXICO.DOMICILIO QUE SE ENCUENTRA DENTRO DE LA COMPETENCIA TERITORIAL DE ESTA H. SAL REGIONAL Y POR LO CUAL DEBERA CONOCER DEL PRESENTE JUICIO DE NULIDAD .

RESOLUCION QUE SE IMPUGNA Y

NOTIFICACION DE LA MISMA.

TIENE ESE CARACTER LA RESOLUCIÓN DE FECHA 04 DE JULIO DE 2017, DICTADA PARA RESOLVER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA, INICIADO A MI PERSONA Y TRAMITADO ANTE LA AUTORIDAD DEMANDADA, BAJO EL EXPEDIENTE NÚMERO :PAMACPA0900156/17 ASI COMO SU “ ACTO DE NOTIFICACIÓN”AL RESPECTO  LA RESOLUCIÓN EN COMENTO FUE SUPUESTAMENTE NOTIFICADA POR ESTRADOS DE ACUERDO AL MECANISMO SIGUIENTE:

1.-EL DIA 05 DE JULIO DE 2017 SUPUESTAMENTE FUE SUBIDA  Y/O FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA AUTORIDAD DEMANDADA.

2.-EL PERIODO DE 15 DIAS O EL QUE SUPUESTAMENTE ESTUVO FIJADA EN ESTRADOS LA RESOLUCION CORRIO DEL DIA 06 DE JULIO Y FENECIO EL DIA 26 DE JULIO DE 2017.

3.-EL DIA 27 DE JULIO DE 2017,  EN QUE SE CONSIDERA QUE HA SURTIDO EFECTO Y QUE HA QUEDADO PLENAMENTE NOTIFICADA LA RESOLUCION, SEGÚN NUMERO DE ORDEN CVD9000168/17, NUMERO DE EXPEDIENTE PAMA: CPA0900156/17 Y  NUMERO DE OFICIO: SFDMX/UIF/CEVCE/2264/2017.FECHS  A APARTIR DE LA QUE SE COMENZOA  CONTAR EL PLAZO DE 30 DIAS, PARA IMPUGNARLA  MEDIANTE EL PRESENTE JUCIO.

LA RESOLUCION QUE ES MATERIA DE IMPUGNACION SUPUESTAMENTE DETERMINO EN SUS PUNTOS RESOLUTIVOS QUE:

A.-LOS BIENES EMBARGADOS PRECAUTORIAMENTE MEDIANTE LA DILIGENCIA DE FECHA 04 DE JULIO DE 2017 PASABA A PROPIEDAD DEL FISCO.

B.-SE FINCA UN CREDITO FISCAL POR LA CANTIDAD DE: $ 149,531.93 (CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN PESOS 93/100 MN)

EN ESTE PUNTO ES IMPORTANTE PRECISAR QUE ESTA INFORMACION NO SE CONOCIA,HASTA EL DIA 08 DE DICIEMBRE DE 2017,PARA DARME A CONOCER MI SITUACION FISCAL MEDIANTE LOS OFICIOS MENCIONADOS REITERADAMENTE,Y NO HABER  TENIDO  ACCESO AL EXPEDIENTE ,Y EL CUAL ME FUE NEGADO DURANTE EL PROCEDIMIENTO POR LA C .LILIA GARCIA GALINDO COORDINADORA EJECUTIVA DE VERIFICACION DE CPOMERCIO EXTERIOR EN REPETIDAD VECES. Y LA UNICA COMPARENCIA QUE EXISTE EN EL MISMO SON RELATIVAS AL EMBARGO PRECAUTORIO Y A LA EXHIBICION DE PRUEBAS  Y SOLICITAR LA DEVOLUCION DE LAS MERCANCIAS.

EN EFECTO DICHAS SITUACIONES SERAN EXPUESTAS EN EL CAPITULO RELATIVO A LA IMPUGNACION DE LA NOTIFICACION DE LA RESOLUCION OBJETO DEL JUICIO,POR LA MISMA RAZON ES TAMBIEN IMPORTANTE PRECISAR QUE IMPUGNO LA RESOLUCION QUE HE OFRECIDO DE CONFORMIDAD CON LO QUE SE DISPONE EN LA FRACCION SEGUNDA  DEL ARTICULO 16 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO;YA QUE LA PARTE ACTORA NO CONOCE DICHA RESOLUCION A MERCED DE QUE NO SE LE PUSO A DISPOSICION NINGUNA COPIA NISE LE PERMITIO EL  ACCESO AL EXPEDIENTE FISCAL.

AUTORIDAD DEMANDADA

TIENE ESTE CARACTER LA  COORDINACION EJECUTIVA DE VERIFICACION DE COMERCIO EXTERIOR, DE LA UNIDAD DE INVESTIGACION FINANCIERA, DEPENDIENTEDE  LA SECRETARIA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MEXICO.

IMPUGNACION DEL ACTO DE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE FECHA 04 DE JULIO DE 2017,IMPUGNACION QUE SE HACE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LA FRACCION PRIMERA DEL ARTICULO 16 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

PREVIO A ENTRAR A LA IMPUGNACION PROPIAMENTE DICHA DE LA RESOLUCION DE FECHA 04 DE JULIO DE 2017, EN LO QUE PUEDE IMPUGNARSE, CON LO QUE SE SABE Y A RESERVA DE AMPLIAR LA PRESENTE DEMANDA, EN ESTE ACTO SE PLANTEA  LA IMPGNACION DE ACTA, CONSTANCIA Y/O DILIGENCIA DE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DICTADA  PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE   NUMERO: CPA0900156/17, O CUALQUIERA QUE HAYAN SIDO LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN QUE CONSTE DICHA NOTIFICACION.

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