Acción De Tutela, Acciones De Grupo Y Acciones Populares
Enviado por sandypres66 • 20 de Mayo de 2014 • 1.524 Palabras (7 Páginas) • 605 Visitas
INTRODUCCION
El presente trabajo nos lleva de la mano por los principios fundamentales de la Democracia Participativa, expuesta para los colombianos en la constitución de 1.991, por medio de la cual se indica el papel decisorio que tenemos los colombianos en el futuro político, económico, social y cultural del país.
Para que podamos ejercer nuestro derecho se crearon diferentes mecanismos y espacios de participación ciudadana acogidos en la carta magna. Para que a través de estas acciones colectivas se logre el bienestar humano y el desarrollo social. Estos mecanismos entre otros son: las acciones populares (artículo 88-89 de la constitución nacional), acciones de grupo, acción de tutela (artículo 86 C.P.N) y el derecho de petición artículo 23 C.PN).
Estudiando estas normas nos damos cuenta que muchas no son tenidas en cuenta y que en muchas ocasiones ni siquiera utilizándolas son acogidas por los entes a las cuales son dirigidas muchas personas en Colombia no son escuchadas, ni mucho menos atendidas por los mismos, diariamente son miles y miles los colombianos que se ven afectados por la decidía del estado para proteger sus derechos fundamentales.
LAS ACCIONES POPULARES, ACCIONES DE GRUPO Y TUTELA LAS ARMAS QUE POSEEMOS LOS COLOMBIANOS
La constitución de 1991 estableció en Colombia como uno de sus principios fundamentales la Democracia Participativa con la cual se estipula que todos y todas tenemos un papel decisorio en la vida política, económica, social y cultural de la nación.
Debemos entender muy bien que las acciones populares, las de grupo y la tutela no se inventaron en Colombia con la constitución de 1991, ni siquiera las mismas nacieron en el derecho Colombiano, ya que desde el antiguo derecho romano se contemplaban como una acción civil por medio de la cual se podía defender los intereses del pueblo.
Estos métodos o recursos nos los otorgaron y renovaron a los colombianos los legisladores con la constitución de 1991, para defender, proteger y garantizar nuestros derechos, los que vemos cada día más vulnerados. El colectivo desconoce cómo defenderse y no utilizan estos métodos. Por excesiva reglamentación legal, dificultades de acceso a la información, pero sobre todo falta formación de conciencia ciudadana.
Si se quiere hablar de la importancia que tienen las acciones populares, las acciones de grupo y la acción de tutela frente a los derechos colectivos de la comunidad primero debemos saber que son cada una de ellas.
Las acciones populares: son aquellas acciones que defienden los derechos de la colectividad y son derechos de solidaridad, no son excluyentes pertenecen a todos y todas, pero es claro que no pueden existir estos derechos sin la colaboración del estado y la sociedad civil.
Exigen protección y cumplimiento para evitar la vulnerabilidad o amenaza para un derecho de la sociedad.
Se encuentran regidas por las siguientes leyes y normas:
Artículo 88 de la Constitución Política Colombiana: La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares.
Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos
LA LEY 472 DE 1998: « Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de la acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones», la cual entro a regir desde el 6 de agosto de 1999.
En esta ley se explica que cualquier ciudadano puede instaurar una acción popular, con el apoyo de la defensoría del pueblo y que esta va contra toda acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares que hayan violado o amenazado violar los derechos e intereses colectivos.
Los derechos e intereses colectivos amparados por la acción popular son:
El goce de un ambiente sano de conformidad con lo establecido en la constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias.( Artículo 79 de la Constitución)
El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público.
Defensa del patrimonio público.
La defensa del patrimonio cultural de la Nación.
La libre competencia económica
El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna
Los derechos de los consumidores y usuarios
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Persiguiendo evitar un daño eventual o contingente, la vulneración o el agravio sobre los derechos e intereses colectivos y restituir las cosas a su estado anterior. Esta acción popular fue interpuesta por una sola persona en nombre de la comunidad que vio vulnerados sus derechos pero que por temor al sacerdote de turno
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