Acoso Laboral
Enviado por laura767 • 13 de Septiembre de 2013 • 420 Palabras (2 Páginas) • 356 Visitas
Que es Acoso Laboral:
Conducta persistente y demostrable, ejercida por cualquiera de las personas que integran una Relación Laboral en cualquier orden, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia a causar perjuicio laboral generando desmotivación en el trabajo o inducir a la renuncia del mismo.
Modalidades de Acoso Laboral:
Maltrato - Persecución Inequidad -Desprotección
Es necesaria la Existencia de una Relación Laboral?
Si, no aplica en relaciones civiles o comerciales derivadas de contratos de prestación de servicios en los que no haya una relación jerárquica o subordinación.
Cuando hay Acoso Laboral:
Por la ocurrencia repetida y pública de:
Agresión física-Expresiones Injuriosas-Comentarios Hostiles-Amenazas de despido expresadas frente a los compañeros-múltiples denuncias disciplinarias temerarias-Descalificación humillante de propuestas de trabajo-Alusión pública de hechos de la intimidad- Imposición de deberes extraños a las obligaciones laborales- Exigencia de labores en horarios excesivos-Trato discriminatorio-Negación injustificada de permisos, licencias de maternidad, licencias ordinarias y vacaciones, envío de anónimos llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sentimiento a una situación de aislamiento social.
Cuando no hay Acoso Laboral:
Actos para ejercer la potestad disciplinaria-Formular exigencias de fidelidad laboral-La solicitud de cumplir con los deberes- Memorando o circulares encaminadas a mejorar eficiencia laboral, evaluación de subalternos-Solicitud de cumplir deberes extras de colaboración con la empresa para solucionar situaciones difíciles-Despido con justa causa- Cumplimiento de obligaciones y deberes.
Sanciones por el Acoso Laboral
Falta disciplinaria gravísima si se trata de funcionarios públicos- Terminación del contrato sin justa causa (indemnización)-Pago a EPS y ARP, el 50% del costo del tratamiento de enfermedades profesionales.
Garantías para los denunciantes
Para evitar actos de represalias contra denunciantes y testigos, existen las siguientes garantías:
Terminación del contrato y/o destitución de la víctima que denuncie dentro de los 6 meses siguientes- Formulación de denuncia de acoso laboral con poder preferencial de la Procuraduría.
Consecuencia por denuncia temeraria.
Multa entre medio y tres salarios mínimos legales mensuales – Se impondrá igualmente a quién denuncie por más de una vez, queja por los mismos hechos
Del Comité de Convivencia en Positiva.
Cuando se presenta el acoso, el acosado mediante queja escrita dirigida a la Gerencia de Recursos Humanos informa
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