Acta Constitutiva De La Comisión Del Reparto De Utilidades
Enviado por Noriege • 27 de Junio de 2013 • 696 Palabras (3 Páginas) • 1.724 Visitas
ACTA CONSTITUTIVA DE LA COMISIÓN MIXTA DE REPARTO DE
UTILIDADES
DESCRIPCION DEL DOCUMENTO
En el mes de diciembre concluye el año fiscal para las empresas, y en
el mes de abril inmediato siguiente ya deben estar determinadas las
utilidades que correspondan al ejercicio fiscal, conforme a la declaración
que se debió presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El artículo 117 de la LFT establece el derecho de los trabajadores a
participar en las utilidades de la empresa, con el porcentaje que determine la
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las
Utilidades de la Empresa, por lo que las empresas están obligadas a cumplir
con tal disposición.
El procedimiento para otorgar las utilidades a los empleados, inicia
con la presentación de la declaración anual. Dentro del término de 10 días
contados a partir de la fecha de la presentación de la declaración anual, la
empresa entregará a sus trabajadores o al sindicato, copia de la misma, de lo
que debe haber constancia escrita, es decir, debe recabarse la firma de
recibido de dicho documento.
El contenido de la declaración anual puede ser objetado por el
sindicato o la mayoría de los trabajadores, presentado por escrito sus
observaciones ante la S.H.C.P. dentro de los 30 días siguientes a aquél en
que se les entregó el documento.
Si hubo utilidades, el reparto deberá efectuarse dentro de los 60 días
siguientes a que deba pagarse el impuesto anual. Deberá crearse una
comisión mixta para el reparto de utilidades, conformada por igual número
de representantes de la empresa y los trabajadores, levantándose un acta de
su integración. Esa comisión formulará un proyecto que determine la
participación de cada trabajador y la fijará en lugar visible de la empresa. El
documento debe estar firmado por los miembros de la Comisión y ser
conservado por la empresa. Se recomienda hacer varios ejemplares con
firmas en original, por lo menos tres, uno para fijarlo, otro para que lo
conserve la empresa y uno más para la comisión, ante quien los empleados
pueden formular cualquier observación y ésta deberá resolverlas.
Para la formulación del proyecto de reparto, el patrón facilitará a la
comisión todos aquellos documentos que requieran, como listas de
asistencia, comprobantes de pago, nóminas, incapacidades, etc. En caso de
que los miembros de la Comisión no se pongan de acuerdo, decidirá el
Inspector del Trabajo.
El importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean
exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
La Comisión dividirá la utilidad repartible
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