Actividad Doctrina Y Regimen Institucional
Enviado por carlosbuitrago1 • 2 de Diciembre de 2013 • 1.235 Palabras (5 Páginas) • 417 Visitas
INTRODUCCIÓN
Con la realización del presente trabajo se pretende exponer la solución a un caso hipotetico relacionado con los hechos ocurridos en una toma guerrillera donde hay diferentes acontecimientos como la muerte de unos uniformados, con el que se pretende conocer situaciones de tipo administrativo, prestacional y beneficios que podrian recibir los beneficiarios de los policiales. Situaciones que se podrían presentar durante nuestra trayectoria institucional ya que estamos próximos a ser mandos.
CASO DE HIPÓTESIS
El día 2 de septiembre en jurisdicción del Municipio de Albania del Departamento de Caquetá fue emboscada una patrulla de la Policía Nacional, hechos atribuidos a integrantes del grupo guerrillero de las FARC, producto de la acción de los insurgentes falleció entre otros uniformados el señor Subcomisario PEDRO PATAQUIVA quien ingreso al escalafón de la Policía Nacional el 5 de noviembre de 1990, casado con dos hijos, el señor Subintendente PEDRO PEREZ, quien ingreso al escalafón de la Policía Nacional el 25 de octubre de 1995, soltero y una hija y los señores Patrulleros CARLOS MARIN quien ingreso al escalafón de la Policía Nacional el 15 de octubre de 2001 con unión marital de hecho y el Patrullero JULIAN ROMAN quien ingreso al escalafón de la Policía Nacional el 25 de junio de 2008, soltero y sin hijos.
SOLUCION CUESTIONARIO
1. Usted como comandante directo de los uniformados fallecidos. Que procedimiento administrativo tiene que realizar para el reconocimiento de los derechos prestacionales a sus beneficiarios. Explique su respuesta.
Yo como comandante de estación debo elaborar el informe administrativo por lesión o muerte de los policiales, siguiendo los parámetros establecidos en la Directiva Administrativa Permanente No. 0016 / DIPON-SEGEN 23.1 del 30 de mayo de 2010, ya que dicha elaboración es de competencia del jefe inmediato de los uniformados que resultaron muertos en la toma guerrillera,este debe ser radicado ante el Comando Departamento a la que pertenece la estación de Policía afectada y posteriormente se notificará la apertura del informativo administrativo prestacional a los beneficiarios.
2. Si usted tuviese la facultad de calificar el informativo administrativo prestacional por muerte de los Institucionales, de acuerdo con los Decretos que para cada caso corresponda. Que calificación proferiría, explique su respuesta.
Si yo tuviera la facultad para calificar el informativo administrativo prestacional por muerte de los uniformados, lo aria en el literal A Muerte en actos especiales del servicio, ya que esta situación sucedió por acción del enemigo, que consiste cuando el enemigo atenta contra la soberanía del Estado, las instituciones legalmente constituidas o el policial individualmente considerado por el ejercicio de su función. No puede ser catalogada en esta categoría a la delincuencia común que ataca a la autoridad con el fin de evitar su captura, ser descubierto, permitir su huída después de cometer un ilícito. Enemigo es el que atenta contra la Fuerza Pública o sus miembros con el fin de desestabilizar el orden social, político y económico, la soberanía del estado y sus instituciones con el propósito de tomarse el poder. En este caso sucedió que una patrulla policial fue emboscada por la guerrilla quien se puede catalogar como el enemigo.
3. Indique que personas son las llamadas a ser reconocidas como beneficiarios de los policiales fallecidos. Explique su respuesta.
Las personas llamadas a ser reconocidas como beneficiarios de los policiales fallecidos según decreto 1091 de 1995 y el decreto 4433 de 2004 serian de la siguiente manera:
• La mitad al cónyuge o compañero(a) permanente sobreviviente y la otra mitad a los hijos del causante, en concurrencia éstos últimos en las proporciones de ley.
• Si no hubiere cónyuge o compañero(a) permanente sobreviviente, las prestaciones corresponden íntegramente
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