Activos Intangibles
Enviado por 920819 • 12 de Abril de 2013 • Documentos de Investigación • 3.640 Palabras (15 Páginas) • 815 Visitas
NIF C–8 Activos Intangibles
OBJETIVO
Esta Norma de Información Financiera (NIF) tiene como objetivo establecer las normas generales para el reconocimiento inicial y posterior de los activos intangibles que se adquieren en forma individual o a través de una adquisición de negocios, o que se generan en forma interna en el curso normal de las operaciones de la entidad.
ALCANCE
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emiten estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros, y adquieran o generen internamente activos intangibles.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los significados que se especifican:
a) activos intangibles – son aquellos activos no monetarios identificables, sin sustancia física, que generarán beneficios económicos futuros controlados por la entidad. Existen dos características principales de los activos intangibles:
I. representan costos que se incurren o derechos o privilegios que se adquieren, con la intención de que aporten beneficios económicos específicos a las operaciones de la entidad durante periodos que se extienden más allá de aquél en que fueron incurridos o adquiridos. Los beneficios que aportan son en el sentido de permitir que esas operaciones reduzcan costos o aumenten los ingresos futuros; y
II. los beneficios futuros que la entidad espera obtener se encuentran frecuentemente representados, en el presente, en forma intangible mediante un bien de naturaleza incorpórea, o sea que no tienen una estructura material ni aportan una contribución física a la producción u operación de la entidad
b) activos identificables – son aquéllos a los cuales pueden determinarse que generarán beneficios económicos para la entidad; particularmente, son aquéllos adquiridos o generados internamente que: a) son separables; es decir, que pueden ser separados de la entidad y ser vendidos, rentados, transferidos, intercambiados o licenciados por el
“adquirente”, o bien, b) surgen de derechos legales o contractuales independientemente de que puedan ser transferibles o separables de la entidad, tales como algunas concesiones o el conocimiento del negocio por los empleados que pueden ser utilizados por el “adquirente”. Incluyen activos intangibles como marcas, patentes, conocimientos y otros similares;
c) activos netos adquiridos – es el monto neto de activos tangibles e intangibles adquiridos y pasivos asumidos que se adquieren en una “adquisición de negocios”;
d) adquirido – en una “adquisición de negocios” es el “negocio” sobre el cual el “adquirente” obtiene control;
e) adquirente – es quien adquiere un activo intangible y en una “adquisición de negocios” es la entidad que obtiene control del “negocio” adquirido;
f) adquisición de negocios – es la transacción por medio de la cual una entidad adquiere los activos netos de uno o varios “negocios” y obtiene control sobre los mismos. Incluye también todas las fusiones entre entidades independientes;
Elementos de la definición de activos intangibles
Los elementos distintivos en la definición de un activo intangible que carece de sustancia física, ya sea generado internamente o adquirido son:
a) debe ser identificable,
b) debe proporcionar beneficios económicos futuros fundadamente esperados, y
c) debe tenerse control sobre dichos beneficios.
Identificable
Un activo intangible es identificable si:
a) es separable; es decir, puede separarse o dividirse por la entidad para venderse, transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto individualmente o junto con un contrato relativo, el activo o pasivo identificable, sin considerar si la entidad tiene dicha intención; o
b) surge de derechos contractuales o legales, sin considerar si dichos derechos son transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.
NORMAS DE VALUACIÓN
Reconocimiento inicial
El reconocimiento de una partida como un activo intangible requiere que una entidad demuestre que la partida cumple con la definición de activo intangible además, debe cumplir con los siguientes criterios:
a) es probable que los beneficios económicos futuros atribuibles al activo intangible fluirán hacia la entidad, usando supuestos razonables y sustentables que representen la mejor estimación de la administración del conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del mismo; y
b) la valuación inicial debe ser a su costo de adquisición y éste puede ser determinado confiablemente para cumplir con el postulado de valuación.
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Adquisición de un activo intangible en forma individual
Si un activo intangible es adquirido de un tercero en forma separada e independiente, el costo del activo intangible puede generalmente valuarse confiablemente. Esto es particularmente cierto, cuando la contraprestación por la compra es en forma de efectivo u otros activos monetarios.
El costo de adquisición de un activo intangible debe comprender:
a) su precio de compra, incluyendo derechos de importación e impuestos sin posibilidad de reembolso. Cualesquier descuento comercial y/o rebaja deben deducirse, y
b) cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso al que se destina.
El reconocimiento de costos en el valor en libros de un activo intangible debe cesar cuando el activo se encuentre en la condición necesaria para que sea capaz de operar en la forma prevista por la administración. Luego entonces, los costos incurridos por la utilización o en la reprogramación del uso de un activo intangible no deben incluirse en la valuación de dicho activo. Por ejemplo, los siguientes costos no deben incluirse en la valuación de un activo intangible:
a) costos incurridos mientras el activo aún no ha comenzado a utilizarse, el cual ya es capaz de operar en la forma prevista por la administración; y
b) pérdidas operativas iníciales incurridas mientras se desarrolla la demanda de los productos que se elaboran con el activo.
Si el pago de un activo intangible se difiere por un periodo más allá del normal en los términos del crédito, su costo debe ser equivalente al precio en efectivo. La diferencia entre este monto y el total de pagos a efectuar debe reconocerse a lo largo del periodo del crédito como un interés financiero dentro del resultado integral de financiamiento, a menos
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