Actos prejudiciales
Enviado por arkantosm • 19 de Septiembre de 2013 • Tesis • 426 Palabras (2 Páginas) • 378 Visitas
Actos prejudiciales
Los actos prejudiciales son los actos realizados antes del juicio que es donde se exigirán las pretensiones, un ejemplo es en el juicio ejecutivo cuando no se cuenta con el título ejecutivo que es la base del acción ya que trae aparejada ejecución, el código civil prevé esa situación con la creación de un título ejecutivo con el que no se cuente ya por extravió o por cualquier otra, y ya con la creación de este título promover el respectivo juicio ejecutivo. También los actos prejudiciales son para que el juicio se realice o para que haya un proceso más claro y con menos inconvenientes. La clasificación legal de estos actos prejudiciales es:
I. Medios preparatorios del juicio en general.
II. Medios preparatorios del juicio ejecutivo.
III. Separación de personas como acto prejudicial.
IV. De la preparación del juicio arbitral.
V. De los preliminares de la consignación.
VI. De las providencias precautorias.
I.- Medios preparatorios del juicio en general
Los medios preparatorios del juicio en general según el código de procedimientos civiles vigente para el Distrito Federal en su artículo 193 son:
El juicio podrá prepararse:
I.- Pidiendo declaración bajo protesta el que pretende demandar, de aquél contra quien se propone dirigir la demanda acerca de algún hecho relativo a su personalidad o a la calidad de su posesión o tenencia;
II.- Pidiendo la exhibición de la cosa mueble que haya de ser objeto de la acción real que se trate de entablar;
III.- Pidiendo el legatario o cualquier otro que tenga el derecho de elegir una o más cosas entre varias, la exhibición de ellas;
IV.- Pidiendo el que se crea heredero, coheredero o legatario, la exhibición de un testamento;
V.- Pidiendo el comprador al vendedor, o el vendedor al comprador, en el caso de evicción, la exhibición de títulos u otros documentos que se refieran a la cosa vendida;
VI.- Pidiendo un socio o comunero la presentación de los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, al consocio o condueño que los tenga en su poder;
VII.- Pidiendo el examen de testigos, cuando éstos sean de edad avanzada o se hallen en peligro inminente de perder la vida, o próximos a ausentarse a un lugar con el cual sean tardías o difíciles las comunicaciones, y no pueda deducirse aún la acción, por depender su ejercicio de un plazo o de una condición que no se haya cumplido todavía;
VIII.- Pidiendo el examen de testigos para probar alguna excepción, siempre que la prueba sea indispensable y los testigos se hallen en alguno de los casos señalados en la fracción anterior;
IX.- Pidiendo el examen de testigos u otras declaraciones que se requieran en un proceso extranjero.
...