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Acuerdo de cooperación entre los estados


Enviado por   •  19 de Junio de 2012  •  Informe  •  396 Palabras (2 Páginas)  •  452 Visitas

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FUNDAMENTOS PARA LOS CONVENIOS DE COLABORACION Y ¿CUÁL ES EL PRINCIPIO DE VALIDEZ DE LOS ACTOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS?

Un convenio de colaboración entre estados se define como: documento en el que se plasman las condiciones que van a permitir coordinar las competencias que tendrá cada estado miembro y la federación.

Con fundamento en el articulo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en cada estado de la federación se dará entera fe y crédito a los actos públicos registros y procedimientos cruciales de todos los otros.

Las facultades que se delegan a los estados o a la federación en virtud de convenios son:

Los que se establecen bajo el principio de distribución de competencias que se explica con base en lo que se llama FEDERALISMO DE COOPERACION Y DE AUXILIO, en ello se encuentran las facultades que se confieren a los estados y a la federación en virtud de convenios y las de atracción.

El congreso de la unión por medio de leyes generales prescribirá la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, y el efecto de ellos, sujetándose a las bases siguientes.

En el articulo 121 frac VI establece el principio de validez de los actos de las entidades federativas en materia civil y establece:

Art 121 fracc. IV los actos del estado civil ajustados a las leyes de un estado tendrán validez en los otros.

ART 121 fracc. V: Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de un estado, con sujeción a sus leyes, serán respetados en los otros.

Esta obligación reitera el principio de hegemonía que dentro de cualquier estado miembro tienen los ordenamientos federales sobre las leyes locales e incluso frente a su misma constitución particular, principio que se proclama en el articulo 133 de nuestra ley fundamental.

Los gobernadores tienen el deber de hacer cumplir dentro de sus respectivas entidades las leyes federales sin salvedad ni distingo de ninguna especie ya que se debe preferir la aplicación de dichas leyes sobre los ordenamientos locales que las contraríen, incurriendo en responsabilidad oficial en caso de que violen esta obligación la cual, a su vez, este evidentemente condicionada a que sea la misma ley federal que le imponga pues si su cumplimiento incumbe solo a las autoridades de la federación .

Bibliografía

Ignacio Burgoa, derecho constitucional mexicano, editorial Porrúa.

Constitución política de los estados unidos mexicanos, editorial ISEF.

Arteaga Nava Elizur, derecho constitucional editorial Oxford.

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