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Ad Perpetan Apeo Y Desoí De


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2012  •  2.697 Palabras (11 Páginas)  •  577 Visitas

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ACTOR: BERNARDO LASTIRI HUIDOBRO.

VS.

DEMANDADO: ERICK VELASQUEZ GONZALEZ

PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE APEO Y DESLINDE.

ASUNTO: ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL EN EL DISTRITO JUDICIAL DE ZACATLÁN PUEBLA.

P R E S E N T E.

El que suscribe Licenciado en Derecho BERNARDO LASTIRI HUIDOBRO con número de Cédula Profesional 5774683 con Título Profesional inscrito en el Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida doscientos cincuenta a fojas sesenta y tres frente del libro Décimo Quinto de fecha once de mayo de dos mil nueve, y en mi carácter de MANDATARIO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION Y ESPECIAL PARA ACTOS DE DOMINIO respecto del Bien Inmueble denominado “Dos Cerritos” ubicado en la Ranchería de Metepec perteneciente al Municipio de Zacatlán Puebla, mandato que celebrara EVARISTO SANCHEZ BATALLA Y EL SUSCRITO, señalo como domicilio particular y profesional para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en el despacho marcado con el número siete “C” de la Calle Melchor Ocampo, Colonia Centro de la Ciudad de Zacatlán Puebla, ante usted con el debido respeto expongo:

Que en la Vía no contenciosa y por medio del presente escrito con los documentos que anexo al presente, vengo a promover Procedimiento no contencioso de Apeo y Deslinde en contra del señor ERICK VELASQUEZ GONZALEZ, quien “Bajo Protesta de Decir Verdad” manifiesto desconocer su domicilio para poder ser emplazado, por tal motivo desde este momento solicito a esta autoridad gire oficio al Instituto Federal Electoral para que informe el domicilio del demandado, todo, en auxilio de las labores de este Juzgado; para que en esta forma quede determinada la superficie de la propiedad y que es la que corresponde al título fundatorio que acompaño, dando por establecidos los linderos, medidas actuales, colindantes y demás detalles significativos, toda vez que las medidas y límites del terreno a que se refiere el título que adjunto se han determinado con precisión de una manera indubitable, confundiéndose solo en el lindero norte, especificándose en el título de propiedad como superficie total de nueve hectáreas y media o (noventa y cinco mil metros cuadrados)

P R E S T A C I O N E S:

Única: El apeo y deslinde de PREDIO RUSTICO DENOMINADO SEGUNDA FRACCIÓN DE DOS CERRITOS UBICADO EN METEPEC, MUNICIPIO DE ZACATLAN PUEBLA dando por establecidos los linderos, medidas actuales, colindantes y demás detalles significativos, con las medidas y límites del terreno a que se refiere el título que adjunto en esta demanda.

Fundo mi promoción en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S:

1.- El que promueve BERNARDO LASTIRI HUIDOBRO en mi carácter de MANDATARIO del señor EVARISTO SANCHEZ BATALLA, persona esta ultima con la que he celebrado MANDATO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACION Y ESPECIAL PARA ACTOS DE DOMINIO sobre el PREDIO RUSTICO DENOMINADO SEGUNDA FRACCIÓN DE DOS CERRITOS UBICADO EN METEPEC, MUNICIPIO DE ZACATLAN PUEBLA, documento que consta en Escritura Publica la cual se adjunta y se encuentra registrada bajo la partida numero III a fojas 33 del libro III tomo II y su copia se encuentra agregada a fojas 375 a 378 del libro V tomo 1042 en fecha tres de diciembre del dos mil siete del Registro Público de la Propiedad de este Distrito Judicial.

2.- El PREDIO RUSTICO DENOMINADO SEGUNDA FRACCIÓN DE DOS CERRITOS UBICADO EN METEPEC, MUNICIPIO DE ZACATLAN PUEBLA cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE: trescientos setenta y siete metros cuarenta y cuatro centímetros y colinda con Maria Victoria Angelina Sánchez Ortega y Espiridión Sánchez Ortega y el día de hoy según consta en el registro publico de la propiedad a Erick Velásquez González, AL SUR: en diez líneas curvas que suman en total trescientos setenta y un metros ochenta y cuatro centímetros y colinda con Martiniano Sánchez, AL ORIENTE: en cuatro líneas rectas que suman trescientos ochenta metros y colinda con Abraham Garrido, y AL PONIENTE: ciento cincuenta y cuatro metros y colinda con Delfino Garrido y Bernardo Garrido. Predio este que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad de este Distrito Judicial bajo la partida setecientos dieciocho a fojas ciento ochenta y uno del libro I tomo ciento treinta y cuatro como se acredita en este momento con la Escritura Publica que se adjunta al presente escrito en copias debidamente certificadas por el Ciudadano Registrador Público de la Propiedad.

3.- La descripción y superficie mencionada en el párrafo anterior, en primer término, corresponde a un predio rustico con un área de noventa y cinco mil metros cuadrados metros cuadrados los cuales se encuentran debidamente delimitados incluso con mojoneras y datos indubitables en la totalidad del inmueble y que por el transcurso del tiempo únicamente el linero norte de la propiedad ha desaparecido, motivo por el solicito el apeo y deslinde de la propiedad del señor Erick Velásquez González quien es el colindante en la parte norte de la propiedad. Lo anterior tiene fundamento en lo dispuesto por el numeral 991 del Código Civil para el Estado de Puebla el cual señala: “El propietario tiene derecho de pedir al que lo sea de los inmuebles contiguos, el apeo, deslinde o amojonamiento de los que respectivamente le pertenecen, si antes no se ha hecho el deslinde o si se ha borrado el lindero”.

4.- Los límites correctos de la propiedad son los que quedan especificados en el plano anexo y que mediante los trabajos de deslinde que realice este juzgado con apoyo del profesional Ingeniero FRANCISCO MELESIO MARQUEZ OLVERA proceda a la identificación de puntos, circunstancia que está contemplada en el plano que se anexa.

5.- Como lo he referido en puntos y líneas anteriores, el único lindero del cual tengo necesidad de identificar y que quede señalado con toda precisión es el del norte, cuyo predio colindante es hoy de la propiedad de ERICK VELASQUEZ GONZALEZ, por ende a usted ciudadano Juez y por la vía no contenciosa es que solicito el deslinde del PREDIO RUSTICO DENOMINADO SEGUNDA FRACCIÓN DE DOS CERRITOS UBICADO EN METEPEC, MUNICIPIO DE ZACATLAN PUEBLA, a la que hace referencia el plano adjunto al título de propiedad, solicitando de este tribunal se declare que las medidas, colindancias, superficie y demás datos tendientes a identificar el predio mencionado son las que se contienen en los datos de identificación y que es AL NORTE: trescientos setenta y siete metros cuarenta y cuatro centímetros y colinda el día de hoy según

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