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Administracion De La Herencia


Enviado por   •  30 de Agosto de 2014  •  1.498 Palabras (6 Páginas)  •  196 Visitas

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LAS MISERIAS DEL PROCESO PENAL

“Todos nosotros tenemos un poco de ilusión de que los delincuentes son los perturban la paz y de que la perturbación puede eliminarse separándolo de los otros; así el mundo se divide en dos sectores: el de los civiles y el de los inciviles; una especie de solución quirúrgica del problema de la civilidad”

En el presente informe del texto recomendado por el catedrático del curso de Introducción al Derecho “Las Miserias del Proceso Penal “daré a conocer los puntos principales que el autor presenta en su libro con un lenguaje nada complicado y con un contenido bastante dinámico con ejemplos respectivos a cada tema. Además de aclarar varios términos a lo largo de la lectura que nos dejara esas ganas de seguir investigando. Así al no limitarse el texto en lo atrayente de su contenido nos dará cabida a poner realizar en siguiente informe sobre este pero claro con el objetivo de razonar y dar a conocer que lo leído no será en vano sino más bien de provecho tanto para la que escribe como para el lector.

Así abordaremos con el informe. Francesco Carnelutti analiza a los distintos sujetos del proceso; el preso, el abogado. Primero señala que la toga es una divisa que viene manifiestamente de dividir pero también de uniforme. Pero la toga tiene dos significados complementarios el de une y desune. Lo que se quiere decir es que la toga no solo es un símbolo de diferencia sino también de unión, de vínculo que los liga conjuntamente. Aunque el autor aclara también que la toga tan elegante como se ve ya se usa mucho vemos que esta poco a poco se va perdiendo entre la multitud y cada vez son más raros los jueces que tiene la severidad necesaria para reprimir este desorden.

En siguiente capítulo el autor resalta al preso como un hombre enjaulado un hombre que es el más pobre los pobres. Pero hace una aclaración el delincuente mientras no esté preso, es otra cosa; es como una fiera que apenas esposado se convierte en hombre. Representando así también a las esposas como un emblema del derecho. En este capítulo Francesco Carnelutti nos dice que cada uno de nosotros está aprisionado en uno mismo, en el amor de sí mismo. El delito no es otra cosa que la explosión de egoísmo en su raíz.

Así mismo tenemos al abogado desde la perspectiva del defensor. EL nombre mismo del abogado suena como un grito de ayuda y que lo que se le pide es una limosna de amistad de parte del imputado. Además de solicitarle que se coloque en el último peldaño de la escala junto al imputado. En resumen el autor nos aclara que el abogado es el amigo es el compañero en el cual el imputado puede confiar, el que velará por su bien. Como dice el autor mientras más grande es la desolación más profunda es la amistad”

Por consiguiente también el autor habla sobre el juez y su relación con el imputado, al hablar del juez se ve claramente una de las grandes “miseria” del proceso. Se parte de la premisa, indiscutible, de la parcialidad del hombre. Todos somos partes. El juez, en cambio, tiene un rol de imparcialidad. Y así debe ser, ya que de otra forma no puede hablarse de un juicio justo. Pero he aquí un gran problema: se requiere que el juez sea “súper- partes” ( estar más allá de ella), es decir , ser un “súper –hombre”. Algo que es imposible. El concepto de tribunal colegiado tiene la función de ofrecer un pequeño intento de solución a este problema, ya que la parcialidad de uno puede no ser la de otros.

“LA justicia humana no puede ser más que una parcial; su humanidad no puede dejar de resolverse en su parcialidad. Todo lo que se puede hacer es tratar de disminuir esta parcialidad”.

Cuando Carnelutti habla sobre el defensor, señala su parcialidad. Es su principal diferencia con el juez. El defensor debe razonar y exponer sus peticiones y conclusiones, pero no de la misma forma que el juez, ya que tiene un interés: la libertad del imputado. Interés que también existe respecto del acusador. Se desarrolla entre el defensor y el acusador un contradictorio que genera una duda. Ésta debe ser superada por el juez en beneficio de una de las partes, y de no hacerlo, la inocencia impone la absolución.

“El defensor, pues, es y debe ser un razonador de pie forzado, esto es, un razonador parcial; un razonador que trae el agua a su molino”

Paralelamente,

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