Administración Correcta
Enviado por adrianazxx • 7 de Agosto de 2014 • 272 Palabras (2 Páginas) • 172 Visitas
Encontré un post con el título "Liquidación del trabajo dominical nocturno y extra nocturno" escrito el 17 Aug 2011 09:09 AM PDT y me pareció interesante hacerle llegar una interpretación gráfica sobre el tema.
Guía Laboral Gerencie.com 2014
La cuestión del 35% para el recargo nocturno, personalmente lo interpreto como aquellas horas que, siendo parte de la jornada ordinaria, se laboran en la noche (de las 22:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente) y quedan incluidas dentro de la jornada legal de 8 horas. Así las cosas, al momento de liquidar estas horas, se puede interpretar de dos maneras, a saber:
1) Liquidar el básico y agregarle el recargo del 35%
2) Liquidar las horas correspondientes por 1.35, lo cual incluiría el básico mas el recargo.
La segunda opción implica tener el cuidado necesario para no liquidar y pagar dos veces este tiempo, ya que el 1.35 cancelaría todo.
¿Por qué la aclaración?
Porque si se usa solo el 35% para la jornada ordinaria nocturna, pues se debería ser consistente con los demás recargos, como:
75% para Jornada Ordinaria Diurna Festiva
110% para Jornada Ordinaria Nocturna Festiva
35% para Jornada Ordinaria Nocturna
A cambio de emplear:
1.75 para Jornada Ordinaria Diurna Festiva
2.10 para Jornada Ordinaria Nocturna Festiva
1.35 para Jornada Ordinaria Nocturna
Ya que en estos últimos factores también queda incluido el "sueldo normal", por tratarse precisamente de la "Jornada Ordinaria"
Caso diferente ocurre con el 175% (ó 1.75) para la "Jornada Extra Nocturna Ordinaria", que casi siempre se liquida independiente del "sueldo normal" precisamente por su carácter de Extra.
Adjunto archivo con el texto original que planteaba el caso, al cual le he agregado mi interpretación gráfica, buscando ayudar en la claridad del tema.
...