Adulto Mayor Y Las Enfermedades Cronicas
Enviado por Susa0 • 15 de Mayo de 2014 • Ensayo • 1.200 Palabras (5 Páginas) • 641 Visitas
ADULTO MAYOR Y LAS ENFERMEDADES CRONICAS
ADULTO MAYOR
La Organización Panamericana de la Salud considera como personas adultas mayores, a aquellas que tienen 60 años de edad a mas, teniendo en cuenta la esperanza de vida de la población en la región y las condiciones en las que se presenta el envejecimiento.
Según la OMS(Organización Mundial de la Salud) dice que las personas de 60 a 74 años son consideradas de edad avanzada; de 75 a 90 viejas o ancianas y las que sobrepasan se les denomina grandes viejos o grandes longevos. A todo individuo mayor de 60 años se le llamara de forma indistinta persona de la tercera edad.
Las naciones unidad considera anciano a toda persona mayor de 65 años para los países desarrollados y de 60 para los países en desarrollo.
ENFERMEDADES CRONICAS
Las enfermedades crónicas pueden aparecer en cualquier momento de la vida, desde la infancia hasta la tercera edad. Algunas de estas enfermedades generan discapacidades que se manifiestan claramente, pero otras crean discapacidades “invisibles” que quizás no resulten tan fácilmente reconocibles. Los miembros de la familia y las demás personas que cuidan de quienes padecen enfermedades crónicas también afrontan retos difíciles.
Las enfermedades crónicas varían en sus síntomas, tratamientos y evolución. Algunas amenazan la vida del enfermo y, conforme avanzan, deterioran su calidad de vida y funcionalidad. En cambio otras, aunque persistan, quizás provoquen menos discapacidades y respondan bien al tratamiento.
Entre algunas enfermedades crónicas podrían mencionarse afecciones tan diversas como la parálisis cerebral, el asma, la esclerosis múltiple, la epilepsia, el cáncer, la diabetes, las enfermedades del corazón y el síndrome de fatiga crónica.
LEY N° 28803
LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
Artículo 1°.- Objeto de la Ley.
Dar un marco normativo que garantice los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internaciones vigentes de las Personas Adultas Mayores para mejorar su calidad de vida y que se integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural, contribuyendo al respeto de su dignidad.
Artículo 2°.- Definición.
Entiéndase por personas adultas mayores a todas aquellas que tenga 60 o más años de edad.
Artículo 7°.- Beneficios.
Toda persona adulta mayor, previa presentación de su documento nacional de identidad o partida de nacimiento, gozará de los beneficios que gestione el Órgano Rector con el sector público, los concesionarios públicos o las empresas privadas.
El Órgano Rector gestionará, prioritariamente, convenios en las siguientes áreas:
a) Transporte público colectivo.
b) Transporte marítimo y aéreo, nacional e internacional.
c) Hospedaje en hoteles u otros centros turísticos
d) Consultorios, hospitales, clínicas, farmacias privadas y laboratorios, así como en servicios radiológicos y de todo tipo de exámenes y pruebas de medicina computarizada y nuclear.
e) Medicamentos de prescripción médica.
f) Prótesis y órtesis.
g) Ayudas técnicas.
h) Cultura y esparcimiento
Artículo 8°.- Centros Integrales de Atención de la Persona Adulta Mayor (CIAM).
El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MINDES) promueve a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en las municipalidades provinciales y distritales.
Los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM), reunirán a todas aquellas personas adultas mayores que voluntariamente decidan inscribirse y participar en sus programas, siendo su finalidad esencial.
1. Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los participantes.
2. Identificar problemas individuales familiares o locales en general.
3. Combatir y prevenir los problemas de salud más comunes en este grupo de edad.
4. Realizar actividades y prácticas de carácter recreativo e integrativo.
5. Participar en talleres de autoestima, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevención de enfermedades crónicas.
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