Ajuste Por Inflacion En La RD
Enviado por agarcia0206 • 3 de Marzo de 2015 • 1.281 Palabras (6 Páginas) • 315 Visitas
Inflacion: deterioro de la estabilidad economica. Es un desequilibrio economico causado por una subida general de los precios. Es un proceso.
El estado causa la inflacion.
Afecta todo el sistema de un pais.
Fenomeno Estanflacion (Buscar concepto)
Proceso de la Inflacion
1. Excesiva emision de billetes de bancos.
2. Desequilibrio entre el dinero circulante y la produccion de bienes y mercancias.
3. Desequilibrio entre la oferta y la demanda
4. Alza de los precios.
Articulo 97 del reglamento ISR: es el proceso sostenido de perdida del poder adquisitgivo de la moneda. Es una proceso gradual, nunca llega de repente.
El ajsute por inflacion no se registra contablemente. Se debe de llevar un registro independiente de los valores ajustados.
La inflacion afecta la unidad de valoracion patrimonial y afecta todas las cuentas de patrimonio en el balance general.
La inflacion: efectos en los estados financieros
Balance general: Partidas Monetarias y Partidas No Monetarias.
Partidas Monetarias
Representan una suma fija de dinero
Pierden valor en el proceso inflacionario
No requieren ajustes por inflacion:
◦ Los Pasivos
◦ Efectivo en Cajas y Bancos
◦ Cuentas por Cobrar
Partidas No Monetarias
Aumentan de Valor
Relacion con el signo monetario
Requieren ajustes
Objetivo del ajuste: indicar su valor a la fecha en que se presentan los estados financieros.
Los resultados son: Historicos (Contables) & Economicos (Valor Real del Mercado).
Porque se hace el ajuste: para convertir la informacion historica en informacion economica.
Ajustes por Inflacion:
Es una coreccion de las partidas no monetarias.
Actualizar el valor por los efectos de la inflacion a la fecha de cierre del año fiscal (Articulo 300 del CT).
Coreccion a Partidas No Monetarias
Los metodos para realizar los ajustes son: Lineal, Proporcional & Mixta.
Lineal: Cuando a un valor historico se le aplica un factor o tasa establecida por ley para convertirlo en un valor economico.
Depreciacion: es una provision que la ley le permiten a las empresas realiar para cuando el activo fijo termine su vida util, la empresa pueda reponer dicho activo.
Ejemplo de Metodo Lineal:
1) Diferencias cambiarias (Articulo 293 del CT, Articulo 108 y 109 del Reglamento)
Venta US$ 1,000.00
ITBIS US$ 160.00 = US$ 1,160 x 30 = RD$ 34,800
Registro comun de la transaccion:
Cuentas por cobrar clientes 34,800
ITBIS por Pagar 4,800
Ingresos por Ventas 30,000
Este es un registro incorrecto desde el punto de vista fiscal, asi no se puede aplicar el ajuste cambiario, ya que tiene elementos de ajustes cambiarios incluidos. A las cuentas por cobrar (partidas monetarias) no se le puede aplicar variaciones cambiarias.
Registro correcto (solamente el debito)
Cuentas por cobrar clientes 1,160.00
Prima en C x C US$ 33,640.00
Con este registro a las cuentas por cobrar se le puede aplicar las variaciones cambiarias. La prima es elemento de ajustes cambiario separado.
2) Retribuciones Complementarias (Art. 321 del CT; Art 88 del Reglamento del ISR).
El Sr. Francisco Marte es el gerente general que tiene una vivienda asignada (propiedad de la empresa) y un vehiculo asignado tambien de la empresa.
La depreciacion de la vivienda es RD$ 60,000 y del vehiculo RD$ 40,000.00.
Vivienda:
RD$ 60,000 Depreciacion Mensual
1.0743 Multiplicador del Ajuste por inflacion
RD$ 64,458.00 Ajustada (Se lleva al IR9b)
El elemento de la inflacion entra en las retribuciones complementarias cuando la retribucion recibida lleva un proceso de depreciacion.
Vehiculo:
RD$ 40,000 Depreciacion Mensual
1.0743 Multiplicador del Ajuste por inflacion
RD$ 42,972.00 Ajustada, para el IR9A se llevaria el 40% de este monto como parte imponible por uso personal.
Desde el punto de vista financiero existen dos tipos de perdidas:
1) Perdida Operatica
2) Perdida de Inversion.
Segun el articulo 102 del reglamento la perdida operativa debe de ajustarse por inflacion.
1) Perdida Operacional
Partidas No Monetarias
Se ajustan por inflacion anualmente
Amortizan a 5 años
Segun el articulo 289 del codigo tributario
Tiene condicionaes y limitantes
Afecta mi renta neta imponible (RNI) y se refleja en el pago de mis impuestos.
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