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Ajustes En Los Creditos Por Reduccion De Ingresos


Enviado por   •  16 de Mayo de 2013  •  1.983 Palabras (8 Páginas)  •  1.568 Visitas

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Introducción

El Presupuesto público es una estimación financiera anticipada, generalmente anual, de los egresos e ingresos del gobierno, necesarios para cumplir con los propósitos de un programa determinado. Asimismo, constituye el instrumento operativo básico para la ejecución de las decisiones de política económica y de planeación. En su concepción moderna, el presupuesto adquiere un carácter integral; no sólo porque se lo concibe como la expresión financiera del programa del gobierno, sino como un instrumento útil para la programación económica y social, al reflejar una política presupuestaria única para todo el sector público. Tal es así que cada jurisdicción o entidad debe cumplir su rol básico de productor de aquellos bienes o servicios con los que, en última instancia, se posibilita cumplir los objetivos de la precitada política presupuestaria.

Tiene entre sus múltiples propósitos realizar una evaluación del total de los ingresos y los gastos del Estado. Busca establecer un razonable equilibrio entre los gastos y los ingresos, haciendo posible una evaluación de los efectos que ellos producirán sobre la economía.

Dentro del Presupuesto, existen modificaciones presupuestarias, consisten en cambios que se efectúan a los créditos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente se señalen en la Ley de Presupuesto y su respectiva Distribución General de cada año, para los diferentes organismos. Dichas modificaciones pueden ser: créditos adicionales, rectificaciones, insubsistencia o anulaciones de créditos, ajustes en los créditos por reducción de ingresos, traspasos de créditos.

En el siguiente trabajo estaremos desarrollando la modificación: ajustes en los créditos por reducción de ingresos y como formularla según instructivo emanado de la Oficina Nacional de Presupuesto.

Los Ingresos Públicos representan toda actividad de dinero percibida por el Estado y demás entes públicos, y su objetivo esencial será financiar los gastos públicos. Entradas de recursos financieros del sector público, por concepto de impuestos, derechos por la prestación de servicios públicos, productos, aprovechamientos, ingresos derivados de venta de bienes, servicios y valores, recuperaciones de capital, ingresos derivados de financiamiento y otros ingresos de capital. EI ingreso Público por lo general tendrá el fin de propiciar la cobertura del gasto, y solo habrá Ingreso Público cuando el ente que lo recibe tiene plena disposición sobre él, es decir cuando tiene un titulo jurídico para utilizarlo para sus fines.

Los ingresos se pueden clasificar:

Ingresos Ordinarios: son los que se forman regular y continuamente para ser destinados a cubrir el presupuesto financiero normal: por eso están generalmente frente a los gastos ordinarios.

Ingresos Extraordinarios: tienen en cambio carácter esporádico, siendo provocados por excepcionales necesidades; por eso están, por lo general, rente a los gastos extraordinarios.

Modificaciones Presupuestarias

Son variaciones a los límites máximos de las autorizaciones disponibles para gastar establecidas en la Ley de Presupuesto y en los créditos presupuestarios acordados en la Distribución General de la misma, por cada fuente de financiamiento.

Dichas variaciones pueden ser consecuencia de:

a) Subestimaciones o sobreestimaciones de los créditos asignados originalmente en la Ley de Presupuesto y la Distribución General.

b) Incorporación de nuevos Proyectos, Acciones Centralizadas y Acciones Especificas.

c) Reajuste de gastos acordados por el Presidente de la República, motivado por situaciones de tipo coyuntural no previstas.

Ajustes en los créditos por Reducción de Ingresos (Rebajas Presupuestarias)

Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o parcialmente los créditos no comprometidos acordados en los Presupuestos Aprobados (sea en la Ley Anual de Presupuesto o en Consejo de Ministros), motivado por una disminución en la recaudación de los ingresos o fuentes financieras, previstas para el ejercicio fiscal.

Esta sustentada jurídicamente en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, para los Órganos del Poder Nacional en el artículo 43, y en el Reglamento Nº 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico para los Entes Descentralizados en el artículo 84 numeral 1, articulo 104 numeral 3

Procedimiento para tramitar Insubsistencia o Anulaciones de Créditos Presupuestarios y para los Ajustes por Reducción de Recursos (Rebajas Presupuestarias). Según Instructivo Nº 03 de la ONAPRE

Para los Órganos del Poder Nacional, la instancia de autorización o aprobación final de esta modificación presupuestaria es el Presidente de la República.

Objetivo:

Procesar las solicitudes de modificaciones mediante la cual se rebaja o se anula total o parcialmente los créditos presupuestarios requeridos por los diferentes Órganos Públicos.

Formularios a Utilizar:

0301 – Solicitud de Modificaciones Presupuestarias por Unidad ejecutora Local

0302 – Solicitud de Modificaciones Consolidada por Estructura Presupuestaria

0305 – Solicitud de Modificaciones Presupuestarias de Metas de los Proyectos

Descripción del Procedimiento:

El procedimiento supone que la solicitud no es negada en ninguna de las instancias y que cada instancia solo asume el papel que allí se describe. En caso de que la solicitud sea negada en alguno de los pasos, es devuelta a su origen, en caso de que una dependencia cumpla mas de un rol, los ejecutará en conjunto.

a.- Unidad de Presupuesto del Órgano

 Consulta con los jefes de los Proyectos o Acciones Centralizadas y Unidades Administradoras que considere pertinentes.

 Prepara un informe técnico para la solicitud de insubsistencia o anulación de crédito presupuestario, elabora el formato 0302 Solicitud de Modificación Consolidad por Estructura Presupuestaria, el formato 0305 Solicitud de Modificaciones Presupuestarias de Metas de los Proyectos y demás anexos.

 Registra en el Sistema Sigecof el apartado a declarar por este tipo de modificación.

Envía la solicitud con sus anexos a la Máxima Autoridad del Órgano o su Delegado.

b.- Máxima Autoridad del Órgano o su Delegado.

 Revisa y autoriza la solicitud de modificación presupuestaria, de ser necesario gira instrucción para afectar el apartado de los créditos a ser declarados insubsistentes.

 Envía la solicitud de modificación presupuestaria a la Unidad de Presupuesto del Órgano.

c.- Unidad

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