Ambiental
Enviado por naxo27 • 23 de Junio de 2015 • 2.227 Palabras (9 Páginas) • 113 Visitas
ANALIZIS SOBRE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL EN CHILE
INTRODUCCIÓN
Hoy en día chile es una potencia mundial en la explotación minera, siendo unos de grandes exportadores de cobre en el mundo, lo que permite un crecimiento económico en país.
Desde el punto de vista económico las mineras son de gran importancia permitiendo entregar trabajo y desarrollo al país, pero gran parte de los habitantes de chile solo conoce y da importancia a ese aspecto, mientras que lo desconocido y a lo que le atribuyen poca importancia, es que las mineras son unos de los principales generadores de contaminación en el país, afectando principalmente nuestros recursos naturales que son de gran importancia para nuestro ecosistema.
ROL DEL ESTADO
Luego de una ardua tramitación parlamentaria que permitió llegar a un consenso político en cuanto a la inclusión en la institucionalidad nueva de un Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y de Tribunales Ambientales, el 26 de enero de 2010 se publicó la ley 20.417.
Entre los objetivos sustanciales incorporados en la reforma, se pueden mencionar el fortalecimiento de la generación de información ambiental y su publicidad, la incorporación de nuevas instancias de participación y mayor legitimación participativa, principalmente en el SEIA, la incorporación de competencias en materia de cambio climático, organismos genéticamente modificados, fortalecimiento de la gestión ambiental local, entre otros.
Entre los aspectos más relevantes de la modificación, destaca la diferenciación entre las funciones de regulación y diseño de políticas; de gestión y administración de la evaluación y las de fiscalización ambiental integrada. Con este fin, tal como se mencionó anteriormente, se crearon tres órganos distintos: un Ministerio del Medio Ambiente, un Servicio de Evaluación Ambiental y una Superintendencia del Medio Ambiente. Cabe señalar que uno de los ejes centrales de este diseño institucional es el establecimiento de una fiscalización más eficiente y eficaz, incorporando mayores incentivos al cumplimiento de la normativa y las exigencias ambientales, de modo de prevenir de mejor forma el deterioro del medio ambiente.
De acuerdo con el artículo 69 de la ley 19.300 se crea el Ministerio del Medio Ambiente, como una Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos. Por su parte, el artículo 70 estableció las competencias de este Ministerio, las cuales si se comparan con las competencias que tenía la CONAMA, son más amplias y de mayor alcance.
Asimismo, en la discusión parlamentaria surgió la idea de crear tribunales especializados que no solo fueran un contrapeso a las facultades de la Superintendencia del Medio Ambiente, sino que también ejercieran una jurisdicción especializada y con jueces expertos para conocer el contencioso administrativo ambiental y las causas de responsabilidad por daño ambiental. Tras una larga discusión, proyecto de ley fue aprobado por el Congreso el 19 de enero de 2012.
A diferencia del modelo anterior, esta nueva institucionalidad se basa en un modelo híbrido, que combina la función de coordinación, diseño y aplicación de políticas públicas ambientales a cargo de un Ministerio del Medio Ambiente, con la función transversal y de deliberación de la política pública sustentable del Estado, a cargo de un Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Este Consejo, no solo propone al Presidente de la República las políticas para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables, incorporando criterios de sustentabilidad, sino que también se pronuncia sobre los proyectos de ley y actos administrativos, cualquiera sea el ministerio de origen, que contengan normas de carácter ambiental. De esta forma, este órgano debe evaluar materias que dicen relación con la sustentabilidad del país, por lo que su existencia implica la incorporación de aspectos de sustentabilidad en el diseño de la política pública chilena en general.
Con todo, sigue pendiente la regulación de los temas de biodiversidad y rediseño del sistema de áreas protegidas. Para lo anterior, actualmente se discute en el Congreso el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, proyecto que regula instrumentos de gestión en biodiversidad, tanto dentro de las áreas protegidas como fuera de ellas. La aprobación de este proyecto de ley significará poder completar el rediseño completo de nuestra institucionalidad ambiental.
ROL LEGAL
El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación forma parte de las garantías constitucionales que la Constitución Política de Chile asegura a todas las personas, según da cuenta su artículo 19 N° 8, el cual establece asimismo el deber del Estado de “velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”, señalando finalmente que “la ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.
Por su parte, en la garantía del derecho de propiedad en el numeral 24, la Constitución dispone que solo la ley podrá establecer las limitaciones y obligaciones que deriven de la función social de la propiedad, la cual incluye como una de sus causales, “la conservación del patrimonio ambiental”. Como forma de hacer efectivo el cumplimiento de la garantía citada, el artículo 20 de la Constitución consagra el recurso de protección en materia ambiental, cuando el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto u omisión ilegal imputable a una autoridad o persona determinada.
Pese al establecimiento formal de esta garantía constitucional, las presiones ejercidas al medio ambiente producto del crecimiento económico del país, han generado importantes problemas ambientales y un deterioro en la calidad ambiental. Estos problemas se incrementaron ante la inexistencia, hasta principios de los años noventa, de una política ambiental integral. Ello, en un contexto internacional en el cual la protección del medio ambiente y la necesidad de incorporar la variable ambiental en el proceso de desarrollo de los países fueron reconocidas como prioridades, tal como quedó establecido en la Declaración de Río, durante la Cumbre
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