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Analisis De Las Disposiciones Comunes A Los Delitos Contra La Propiedad


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  375 Palabras (2 Páginas)  •  906 Visitas

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ANÁLISIS DE LAS DISPOSICIONES COMUNES A LOS DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

(Art 480 CP) Cuando el culpable de alguno de los delitos previstos en el Título X, que comprende los delitos contra la propiedad, como Hurto, Estafa, Apropiación indebida y Apropiación de cosas delictivas, Antes de toda providencia judicial en su contra, haya restituido lo que hubiese tomado, o reparado enteramente el daño causado, en el caso de que por la naturaleza del hecho o por otras circunstancias no fuere posible la restitución, la pena se disminuirá en la proporción de 1/3 a 2/3, si la restitución o reparación se efectúe en el curso del juicio antes de la sentencia, la pena se rebajará en 1/6 a 1/3 parte.

(Art 481) Este art consagra un eximente y un atenuente de pena, en lo que concierne a los hechos previstos en los delitos antes mencionados.

Eximente: no se promoverá ninguna diligencia en contra del q haya cometido el delito: (no se castigará) el fundamento q sustenta la eximente es el respeto a la unidad familiar

1) En perjuicio del cónyuge no separado legalmente.

2) En perjuicio de un pariente o afín en línea ascendente o descendente; del padre o de la madre adoptivos, o del hijo adoptivo.

3) En perjuicio de un hermano que viva bajo el mismo techo que el culpable.

Atenuante: la pena se disminuirá en 1/3 parte si el hecho se hubiere ejecutado:

1) en perjuicio de su cónyuge legalmente separado

2) de un hermano o hermana que no vivan bajo el mismo techo con el autor del delito

3) de un tío, de un sobrino o de un afín en 2º grado, que viva en familia con dicho autor; y no se procederá sino a instancia de parte.

(Art 482) En lo que concierne a los delitos especificados en el presente Título, el juez podrá aumentar la pena a la mitad de su señalamiento, si el valor de la cosa sobre la cual ha recaído el delito, o el que corresponda al daño que éste ha causado, fuere de mucha importancia. Podrá al contrario disminuirla hasta 1/2, si es ligero y hasta 1/3 parte si fuere levísimo. Para determinar el valor se tendrá en cuenta, el valor que tuviere la cosa y el daño que se ha causado en la época del delito.

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