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Análisis Comparativo De Los Supuestos Que Maneja Cesare Beccaria En El Libro: "De Los Delitos Y De Las Penas"


Enviado por   •  30 de Agosto de 2013  •  1.874 Palabras (8 Páginas)  •  789 Visitas

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Se podría decir que estos tratados de Cesare Beccaria fue la Primera reflexión sobres los problemas básicos de las justicia, lo que permite considerarla obra fundacional del Moderno Derecho Penal

Las ideas y reflexiones críticas de Beccaria estaban estrechamente relacionadas con el contexto Jurídico Penal Procesal de su tiempo, en el siglo XVIII, las injusticias vicios y defectos gravísimos que ese sistema acarreaba, ya que era un Sistema inquisitivo, caracterizado por la acusación secreta, procedimiento escrito no contradictorio y el reo tenia escasos recursos defensivos, considerado inferior frente a un sistema de pruebas legales y presunciones elásticas que permitían probar casi cualquier acusación contra él, usando muchas veces la tortura. Clasificando al acusado como culpable y pecador porque se mezclaba la justicia divina y la justicia humana.

En ese siglo la sociedad estaba dividida por tres grandes clases sociales como la Nobleza, la Iglesia y el Tercer Estado donde se situaba la gente más humilde y la burguesía, el sistema político era la Monarquía Absoluta donde se decía que el Monarca era elegido por Dios; en esta sociedad existían privilegios los pertenecientes a la nobleza y a la iglesia tenían unos privilegios que los ciudadanos del tercer estado nunca llegarían a alcanzar, no existía una división de poderes que se concentraban en el monarca, las diferencias en el poder judicial existían muy diferenciadas ya que los nobles no podían ser juzgados por sus inferiores, la mayor parte de la población no tenían derechos políticos ni seguridad individual o colectiva.

El Rey ejerce esa justicia sobre sus súbditos de un modo implacable y delega en los jueces el derecho de juzgar que dios le ha concedido, no existen leyes fijas y determinadas para castigar los delitos y a menudo se castiga sin que exista siquiera ley. La ley no proporciona a los acusados ninguna garantía ni protección, los delitos son imputados de forma arbitraria, se castiga con penas terribles como confiscación parcial o total de bienes, destierro, látigo, infamia.

La detención tenía una duración indeterminada y arbitraria y en casos frecuentes los detenidos consumían su vida esperando salir de la prisión sin que se les diera ninguna precisión sobre cuál sería su suerte. Las penas de galeras eran muy frecuentes durante un largo periodo de tiempo, aquí no se toleraba la pereza, ni la fatiga, ni el agotamiento, ni la enfermedad es uno de los castigos más duros que el hombre haya podido infligir a otros hombres.

En los crímenes ordinarios se condenaba a la horca a los plebeyos u a la decapitación a los nobles, para crímenes como el parricidio, envenenamientos, incendios y delitos contra natura se quemaba vivo al delincuente o se le enterraba vivo, se le cortaba en trozos o se le cocía en aceite.

La pena de muerte se aplicaba incluso para delitos en los que hoy se condenaría con varios meses o semanas de reclusión, en Inglaterra en determinados periodos todo robo por pequeño que fuera se pagaba con la vida.

Por todas las atrocidades, antes mencionadas, Cesare Beccaria escribió en su libro por medio de varios capítulos una serie de tratados que recomendaban lo siguiente:

• La tortura debe abolirse solo sirve para condenar al débil inocente y absolver al delincuente fuerte.

• Es necesario fijar plazos breves pero suficientes para la presentación de pruebas, para la defensa del reo y para la aplicación de la pena.

• Solo las leyes pueden decretar las penas contra los delitos y no la voluntad del juez.

• La atrocidad de las penas es inútil y por lo tanto las penas deben dulcificarse al máximo.

• El fin de las penas, no es atormentar ni afligir, sino impedir al reo causar nuevos daños y retraer a los demás de la comisión de otros iguales.

• Las penas deben ser proporcionadas a los delitos.

• Las penas deben ser las mismas para todos los ciudadanos.

• La pena de muerte no es útil, ni necesaria.

• El Poder legislativo debe estar separado del Poder judicial.

• No se puede llamar justa la pena de un delito cuando la Ley no ha procurado con las diligencia el mejor medio posible de evitarlo. Perfeccionar la educación constituye el medio más seguro de evitar los delitos.

• Las penas deben ser claras y sencillas y al alcance de cualquier ciudadano.

• Delito y Pecado deben separarse de que la Justicia es un asunto humano y de que el daño del delito se mide por el daño a la sociedad y no por razones religiosas.

Ahora bien, en la actualidad de nuestro país, la idea de la justicia se ha tornado más equitativa, la tortura ha sido eliminada de las leyes, se han fijado límites de tiempo para las detenciones y ciertas garantías para la defensa de los acusados, pero esto no indica que en la práctica las leyes se cumplan siempre en todos los casos.

En el Sistema Penal Venezolanos encontramos los siguientes postulados de la obra de Beccaria:

En primer lugar, en el Capítulo III de la obra se constituye que: “solo las leyes pueden decretar las penas de los delitos”, lo cual constituye en nuestra legislación el Principio de Legalidad, establecido en el artículo 1 del Código Penal, el cual consagra que “nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente”. También es una Garantía Constitucional del debido proceso establecida en el Artículo 49 de nuestra Carta Magna, numeral 6. “Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes”.

Es decir que solo las leyes pueden fijar las penas que le correspondan a los

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