ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Análisis De Las Garantías Individuales


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  2.398 Palabras (10 Páginas)  •  444 Visitas

Página 1 de 10

Garantías individuales.

Articulo 1

El articulo numero 1 nos dice que todos lo individuos en los Estados Unidos Mexicanos gozaran de las garantías individuales que otorga la Constitución. Nos dice que solo se podrán quitar algunas personas en los casos que la Constitución establece.

Es importante este articulo pues en el dice que todos los individuos en los Estados Unidos Mexicanos, lo cual muchas veces no entendemos pensando que solo algunas personas tienen derecho a gozar de las garantías individuales Por ejemplo que solo las personas ricas pueden gozar de las garntia individuales.

Articulo 2

Este articulo nos habla de que este país esta prohibida la esclavitud, y los esclavos que entren al país también serán libres.

Articulo 3

Nos habla de la edu8cación que se imparte en el país, que debe de desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, el amor a la Patria, la solidaridad la independencia y la justicia.

La educación debe ser ajena a cualquier doctrina religiosa y basada en los resultados de los procesos científicos.

Articulo 4

Este articulo nos habla de la familia, el varón y la mujer son iguales ante la ley. Todos tenemos derecho a decidir de manera libre el numero y el espaciamiento de nuestros hijos.

Todos tenemos derecho a la protección de la salud. Todas las familias tienen derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental.

Articulo 5

Este articulo nos habla sobre los trabajos, no se le podrá impedir a ninguna persona que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lisitos; esta libertad solo se quebrara por determinación judicial.

Cada estado determinara las profesiones que necesitan titulo para su ejecución. Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. Los servicios públicos solo podrán ser obligatorios en los términos que establezcan las leyes. Los contratos de trabajo solo obligaran a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley.

Articulo 6

La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.

Articulo 7

Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública.

Artículo 8

Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacifica y respetuosa pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

Artículo 9

No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho de deliberar.

Artículo 10

Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legitima defensa, con excepción de las prohibidas por la ley federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinara los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrán autorizar a los habitantes la portaron de armas.

Artículo 11

Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Artículo 12

En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.

Artículo 13

Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar mas emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

Artículo 14

A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Artículo 15

No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común, que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren las garantías y derechos establecidos por esta Constitución para el hombre y el ciudadano.

Artículo 16

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Artículo 17

Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (15 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com