Análisis de competencias: Estado y CCAA Grupo V
Enviado por saretta13 • 5 de Noviembre de 2017 • Trabajo • 911 Palabras (4 Páginas) • 256 Visitas
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OPCIÓN CASTELLANO
Tema 2. Análisis de competencias: Estado y CCAA Grupo V
- Lee la distribución de competencias entre Estado y CCAA que realizan los arts. 148 y 149 de la Constitución.
- Determina a quien corresponde cada una de las siguientes competencias indicando si es Estado o CCAA y el art. y apartado concreto.
Ejemplo: “El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional”. CCAA; art. 148.1.13ª CE
- Leed los artículos 147 y 149.3 CE y contestad a las preguntas del final
¿A quién corresponde?
- La ratificación de un tratado internacional ESTADO Art 149 1.3ª CE
- La aprobación de una norma que delimita el concepto de trabajador ESTADO Art 149 1.7ª CE
- La aprobación de una norma que fomenta el empleo de colectivos de trabajadores ESTADO Art 149 1.7ª CE
- La gestión de la asistencia sanitaria CCAA Art 148 1.21ª CE
- La aprobación de las bases y la coordinación general de la sanidad ESTADO Art 149 1.16ª CE
- La enseñanza de la lengua propia CCAA Art 148 1.17ª CE
- La asistencia social (ej: aprobación de complementos a las pensiones) CCAA Art 148 1.20ª CE
- La legislación en materia de Seguridad Social (ej: la determinación de las situaciones protegidas por el sistema de prestaciones públicas de carácter contributivo) ESTADO Art 149 1.17ª CE
- La aprobación de una norma que decide que conductas son delito ESTADO Art 149 1.6ª CE
- La regulación de los derechos fundamentales (ej: del principio igualdad) ESTADO Art 149 1.1ª CE
- Obras públicas de interés general. ESTADO Art 149 1.24ª CE
- Bases del régimen minero y energético. ESTADO Art 149 1.25ª CE
- Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen local. CCAA Art 148 1.2ª CE
- Hacienda general y deuda del Estado. ESTADO Art 149 1.14ª CE
- Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable. CCAA Art 148 1.5ª CE
- Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación del crédito, banca y seguros. ESTADO Art 149 1.11ª CE
- La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía. CCAA Art 148 1. 7ª CE
- Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal. ESTADO Art 149 1.28ª CE
- La gestión en materia de protección del medio ambiente. CCAA Art 148 1.9ª CE
- Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma. CCAA Art 148 1.16ª CE
- La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con los policías locales en los términos que establezca una ley orgánica. CCAA Art 148 1.22ª CE
- Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo. ESTADO Art 149 1.2ª CE
- Defensa y Fuerzas Armadas. ESTADO Art 149 1.4ª CE
- Administración de Justicia. ESTADO Art 149 1.5ª CE
- Reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas. ESTADO Art 149 1.8ª CE
- Normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial. ESTADO Art 149 1.8ª CE
- Determinación de la hora oficial. ESTADO Art 149 1.12ª CE
- Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. ESTADO Art 149 1.13ª CE
- Legislación sobre productos farmacéuticos. ESTADO Art 149 1.16ª CE
- Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. ESTADO Art 149 1.30ª CE
Preguntas:
- ¿Cuál es el requisito para que las CCAA asuman las competencias previstas en el art. 148?
Las CCAA deberán introducir los siguientes aspectos en sus Estatutos para poder asumir las competencias previstas en el art.148:
a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.
b) La delimitación de su territorio.
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