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Aportaciones A La Seguridad Social


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2014  •  2.152 Palabras (9 Páginas)  •  505 Visitas

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LAS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

1. Concepto de aportación de seguridad Social.

Se lee en el artículo 2do. De la CFF, fracción II, que “las contribuciones establecidas a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por ley en materia de la seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicio es de seguridad social proporcionadas por el mismo Estado”.

Cuando sean organismos descentralizados lo que proporcionen, entonces las contribuciones correspondientes serán aportaciones de S. S. (Seguridad Social).

La S. S. es más de lo que se cita en el artículo 2do, es la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia (Abarcan las capacidades, los bienes, los ingresos y las actividades de las personas necesarios para asegurar que se cubren sus necesidades vitales) y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, y se les va otorga una pensión, el Estado deberá abarcar algo más grande para que mejore el nivel de vida de la población, y con esto viene la aportación al INFONAVIT ( -Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores).

El artículo 8 de la LISR (Ley del Impuesto Sobre la Renta) dice que: “Se considera previsión social las erogaciones efectuadas las que tengan como objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como otorgar beneficios a favor de los trabajadores, socios o miembros de las sociedades cooperativas, que les permitan un mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia”. Y los que no se van a considerar como erogaciones efectuadas las personas que no tengan carácter de trabajadores, socios o miembros de sociedades cooperativas.

Aportaciones de Seguridad Social:

- IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social).

- INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores).

- ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado).

- ISSFAM (Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas).

Lo común de ellas es que sus pagos son obligatorios, excepto ISSFAM, en las que las cuotas las paga el Estado.

Se dice que la doctrina lo ha señalado como “exacciones parafiscales”, es decir, que son pagos realizados a un organismo descentralizado, con personalidad y patrimonio jurídico, se trata de una actividad financiera. Las exacciones son las aportaciones y el género de las S. S., la especie. Con mencionar la especie, se refiere solo a las cuotas que el IMSS o al INFONAVIT pagan, pero también sobre ellas puede aplicarse el procedimiento administrativo de la ejecución y comparten las mismas características.

1.1 Los elementos de Contribuciones de Seguridad Social

-Sujetos:

1. Activo

2 .Pasivo

-Objeto

-Base

-Tasa o tarifa

-Época de pago.

2. El principio de solidaridad social, como fundamento de las aportaciones se Seguridad Social.

La jurisprudencia mexica apunta a la existencia de un principio solidaridad, que constituye el fundamento de todo fenómeno tributario, pero sobre todo a las aportaciones de seguridad social. Esto hizo que el propósito fuera delimitar el campo jurídico de la “Seguridad Social”. El Tercer Tribunal Colegiado indico que las cuotas del INFONAVIT no eran aportaciones de Seguridad social, porque se decía que tenían finalidad de garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo como ya antes mencionado, y que por eso el INFONAVIT no podía ser de Seguridad Social.

En los últimos años el PJF (Poder Judicial de la Federación) ha dado por sentado que las cuotas que pagan IMSS y el INFONAVIT tienen calidad tributaria.

Se podría decir que las aportaciones de seguridad social lo fundamenta el principio de solidaridad, lo que es su estructura y no el de la capacidad económica.

La Suprema Corte de Justicia que para tener proporcionalidad de las contribuciones debe de atenderse los diferentes criterios:

- Los impuestos

- Los derechos y

- Otro tipo de Gravámenes.

El IMSS su propósito no es atender el “beneficio obtenido”, sino el fin de ello era que se estableciera un sistema de salud y seguridad general que protegiera a las clases sociales económicas menos desfavorecidas.

Y se debe tomar en cuenta que se los impuestos se tratan de una contribución del contribuyente, es una contribución peculiar con un sentido social y sustentada en la solidaridad.

3. Aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social.

3.1 Fundamento Constitucional.

Esta citado en el Artículo 123, Fracción XIV y XXIX, para pagar tales cuotas.

En la fracción XIV: “Los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridos con el motivo o en ejercicio de la profesión. Los patrones deberán de pagar la indemnización correspondiente, si haya sido como consecuencia la muerte.”

En la fracción XXIX: “es de utilidad pública la LSS (Ley del Seguro Social), comprenderá seguros de invalidez, de vejes, de vida, de enfermedades y accidentes, y cualquier otro tipo de protección y bienestar de los trabajadores”.

Los principios deben de ser proporcionales y equitativas, así como destinarse al gasto público.

3.2 Naturaleza Jurídica

La doctrina y la jurisprudencia les han atribuido en diversa naturaleza jurídica. Primero se dijo que eran impuestos, después dijeron que en realidad tenían la de calidad de derechos, otros lo vieron como contribuciones especiales por gasto y el tribunal las entendió como u salario socializado.

Cuando se clasifico como impuesto se dijo que las cuotas del IMSS eran un verdadero impuesto pero destinado a formar el patrimonio publico descentralizado. Se deben de considerar a las cuotas como derechos.

Pero la PJF indicó que deben se estimarse como una prestación del patrón en bien del trabajador, constituyendo un salario solidarizado. La propia legislación reconoce que las aportaciones del IMSS es una naturaleza sui generis (su propio genero).

Articulo 275 de la LSS:

Las cuotas del IMSS son obligatorias y si no se cumplen se aplica el procedimiento administrativo de ejecución.

Articulo 267:

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