Apu Chilena Silvacimma
Enviado por yerkoamr • 23 de Agosto de 2013 • 1.736 Palabras (7 Páginas) • 234 Visitas
Recursos
a) Bienes del estado
-la administración publica se financia por medio del presupuesto anual
-La administración publica con régimen de autonomía se financia con recursos globales o leyes especiales que les afectan bienes fiscales o les otorgan bines o renta publica
-las institución es fiscales goza de patrimonio propio
-Las semifiscales patrimonio de bien público
-empresas fiscales patrimonio de bienes fiscales
b)¿Cómo se forma el patrimonio?
- se puede obtener por derecho privado sea a titulo gratuito u oneroso y por derecho público :
- Las contribuciones estas son establecidas en general por ley exclusiva del presidente de la república
- Corresponde al presidente de la república el manejo del poder tributario
- Solo por ley de iniciativa del presidente de la república se pueden celebrar empréstitos que comprometan el crédito o responsabilidad financiera del estado
- no se puede privar a nadie de su derecho de propiedad sino en virtud de una ley que autorice por causa de utilidad pública o interés nacional
- El expropiado siempre tendrá derecho a indemnización
Régimen jurídico especial
Es el conjunte de disposiciones legales y reglamentarias que dictan los poderes del estado para satisfacer una necesidad general mediante un servicio público.
- Los servicio públicos solo pueden nacer por iniciativa del presidente
- Los poderes colegisladores determinan si una necesidad puede ser satisfecha mediante un servicio público
“Materias que abarca o comprende”
- determinar atribuciones de un servicio , los bienes de los que dispondrá y el régimen al que quedara sujeto el personal
- será la ley la que determine su autonomía
- solo podrá actuar dentro de la orbita del régimen legal.
c) Mutabilidad del régimen jurídico del servicio
Este régimen podrá ser modificado a la conveniencia de la satisfacción de las necesidades públicas que esta llamado a cumplir
CREACION MODIFICACION Y SUPRESION DE LOS SERVICIO PUBLICOS
a) Conceptos generales
- Crear un servicio público significa que la satisfacción de una determinada necesidad general será realizada por el estado.
- Organizar un servicio público es formular las reglas generales y particulares a las que este servicio habrá de ceñirse
- Modificar un servicio público: Alterar las normas de la organización cuando el interés general así lo impone
- Suprimir un servicio público: el estado deja de satisfacer una determinada necesidad de interés general
b) Procedimientos empleados para la creación de un servicio
- Única regla que no atente contra los principios constitucionales
Procedimientos:
-Iniciativa particular
-La reserva exclusiva por parte del estado de la satisfacción de una necesidad publica se podría entregar en concesión a particulares esto no cambia la naturaleza jurídica del servicio
Creación de cuerpos consultivos o comisiones asesoras
-Estos no son servicio públicos carecen de potestades administrativas y atribuciones especiales
-Nacen de la potestad discrecional del presidente y actúan solo como colaboradores
Nacimiento del servicio por decreto supremo
Es inconciliable con las normas constitucionales y principios doctrinarios la creación de un servicio público por decreto supremo
Organización del servicio
Debe ceñirse a reglas están deben referirse a:
1º La determinación de la naturaleza jurídica del servicio
2º El establecimiento de los recursos de los que dispondrá
3º la naturaleza atribución y deberes de su personal
Modificación del servicio
Alteración de las normas del servicio cuando el interés general así lo impone
Norma general: se requiere de ley
-Según Jesé: el servicio público es esencialmente modificable y se deduce que no se necesita de ley
- en nuestro estado de derecho es indudable que si
Situación del personal frente a la reorganización
-no tendrán otros derechos que no sean los que emana de la normativa legal vigente
-en caso de que sea por decreto de insistencia tendrán la posibilidad de exigir indemnización siguiendo el proceso legal respectivo
Problemas derivados de la supresión
1º situación de los bienes pasan a ser parte del patrimonio general del estado excepto los donados por particulares para la satisfacción de necesidades estos deben destinarse a servir a las mismas necesidades
2º El personal no puede alegar derechos de ninguna índole salvo los previsionales y los que alguna ley les haya otorgado
Supresión del servicio en facultad de voluntades genéricas
-La autoridad que la creo será la mas idónea para resolver sobre su subsistencia
Bases organicas de la administración del estado
1ª Que la organización administrativa concuerde con la constitución
2º Unidad administrativa y competencia de los órganos de la administración
3Dotación, es decir personal de funcionarios
4º Jerarquía administrativa
5º medios económicos destinados al desarrollo de la actividad administrativa
Fisco o estado deudor
El estado es deudor:
1º por todos los actos o contratos que comprometan su patrimonio
2º por hechos lícitos o ilícitos de los funcionarios públicos que puedan generar su responsabilidad
J) Representación extrajudicial
-En el ámbito fisco administración central le corresponde al presidente o a los intendentes en carácter de agentes del presidente
-También puede corresponder a los directores o jefes de servicio o a quien la ley les haya conferido esa facultad, en materias especificas de su competencia
- cuando no existe tal ley el presidente puede conferir la representación extrajudicial del fisco a un funcionario
-En el ámbito estado administración centralizada le corresponde a los jefes superiores
Representación Judicial
Le corresponde como norma general al presidente del C.D.E y a los abogados procuradores de dicha repartición
Los servicio de la administración central
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