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Areas Naurales Protegidas Del Peru


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2012  •  1.680 Palabras (7 Páginas)  •  589 Visitas

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AREAS NATURALES PROTEGIDAS

Clasificación

Las áreas protegidas del Perú pueden clasificarse de acuerdo a quien las administra en tres grupos:

• Las ANP que pertenecen al «Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado» (SINANPE), administradas por el gobierno nacional;

• Las áreas de conservación regionales (ACR), administradas por los Gobiernos Regionales; y

• Las áreas de conservación privadas (ACP), administradas por personas particulares o empresas privadas en coordinación con el gobierno.

Áreas protegidas del SINANPE

El «Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado» (SINANPE) es el conjunto de las áreas naturales protegidas que están bajo administración directa del gobierno central.

Orgánicamente, el sistema se encuentra bajo la jurisdicción del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), entidad bajo jurisdicción del Ministerio del Ambiente. Antes de la creación del Ministerio del Ambiente, se hallaba bajo jurisdicción del Ministerio de Agricultura a través del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA),

Al 27 de julio del 2011, el SINANPE estaba integrado por 74 áreas naturales protegidas (19 548 771,54 ha). Si se consideran las Áreas de Conservación Regional - ACR (15, con una superficie protegida de 2 405 558,82 ha) y las Áreas de Conservación Privada - ACP (39, con 175 105,45 ha) el territorio total protegido del país es de 22 129 435,81 ha, un 17,22% del total nacional.1

Categorías

Existen diversas opciones de categorías de área natural protegida cuyos objetivos de protección varían gradualmente. Según su condición legal, finalidad y usos permitidos, existen áreas de uso directo y áreas de uso indirecto.

Áreas de uso indirecto

Las Áreas de uso indirecto son aquellas de protección intangible, en las que no se permite la extracción de recursos naturales y ningún tipo de modificación del ambiente natural. Estas áreas sólo permiten la investigación científica no manipulativa y actividades turísticas, recreativas, educativas y culturales bajo condiciones debidamente reguladas. Son áreas de uso indirecto:

• Parques nacionales (PN): creados en áreas que constituyen muestras representativas de las grandes unidades ecológicas del país. En ellos se protege la integridad ecológica de uno o más ecosistemas, las asociaciones de flora y fauna silvestre, los procesos sucesionales y evolutivos, así como características paisajísticas y culturales.En ellos no se pueden desarrollar actividades cinegéticas, ganaderas, pastoriles, madereras o mineras, o en general todas aquéllas que supongan la explotación de los recursos naturales

• Santuarios nacionales (SN): áreas donde se protege el hábitat de una especie o una comunidad de flora y fauna, así como formaciones naturales de interés científico y paisajístico y de importancia nacional.

• Santuarios históricos (SH): áreas que además de proteger espacios que contienen valores naturales relevantes, constituyen el entorno de muestras del patrimonio monumental y arqueológico del país o son lugares donde se desarrollaron hechos sobresalientes de la historia nacional.

Áreas de uso directo

Son aquellas que permiten el aprovechamiento de recursos naturales, prioritariamente por las poblaciones locales, bajo los lineamientos de un Plan de Manejo aprobado y supervisado por la autoridad nacional competente. Son áreas de uso directo:

• Reservas Nacionales (RN): áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible, incluso comercial, de los recursos de flora y fauna silvestre bajo planes de manejo, con excepción de las actividades de aprovechamiento forestal comercial con fines madereros.

• Reservas Paisajísticas (RP): áreas donde se protege ambientes cuya integridad geográfica muestra una relación armoniosa entre el hombre y la naturaleza, albergando por ello importantes valores naturales, culturales y estéticos. Si la zonificación del área así lo prevé, pueden permitirse el uso tradicional de recursos naturales, los usos científicos y turísticos y los asentamientos humanos. Las actividades que signifiquen cambios notables en las características del paisaje y los valores del área están excluidas.

• Bosques de Protección (BP): áreas que se establecen para proteger las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y, en general, para proteger contra la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. En ellos se permite el uso de recursos y el desarrollo de actividades que no afecten la cobertura vegetal, los suelos frágiles o cursos de agua.

• Reservas Comunales (RC): áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre en beneficio de las poblaciones rurales vecinas las cuales, por realizar un uso tradicional comprobado, tienen preferencia en el uso de los recursos del área. El uso y comercialización de recursos se hace bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios.

• Cotos de Caza (CC): son áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna silvestre a través de la práctica regulada de la caza deportiva.

• Refugios de Vida Silvestre (RVS): áreas que requieren intervención activa para garantizar el mantenimiento y recuperación de hábitats y poblaciones de determinadas especies. Se excluyen el aprovechamiento comercial de recursos naturales que puedan provocar alteraciones significativas del hábitat.

Zonas Reservadas (ZR)

Además de las categorías mencionadas, las Zonas Reservadas se establecen de forma transitoria en aquellas áreas que, reuniendo las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas, requieren la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras cosas, su extensión y categoría. Las Zonas Reservadas también forman parte del SINANPE.

Lista

Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado de Perú (actualizado, 27 de julio 2011)

Imagen Declaración Denominación Figura Ubicación Superficie (km²) Otras protecciones

8 de septiembre de 1961

Parque Nacional Cutervo

PN-01 Cajamarca

82,14 -

14 de mayo de 1965

Parque Nacional Tingo María

PN-02 Huanuco

180,00 -

18 de mayo de 1967

Reserva Nacional Pampa Galeras-Bárbara d'Achille

RN-01 Ayacucho

65,00 -

29 de mayo de 1973

Parque Nacional Manu

PN-03 Cuzco

Madre de Dios

15.238 Reserva de Biósfera (1977)

Patrimonio de la Humanidad (1987)

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