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Articulación del Derecho Internacional con el Derecho Interno desde el punto de vista del conflicto armado y de la paz.


Enviado por   •  24 de Abril de 2016  •  Informe  •  4.609 Palabras (19 Páginas)  •  276 Visitas

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Articulación del Derecho Internacional con el Derecho Interno desde el punto de vista del conflicto armado y de la paz.

(Ensayo)

LEONARDO FABIO GÓMEZ COLÓN – 2011143063

ANDREA CAROLINA VILORIA MEJÍA – 2010143070

Universidad del Magdalena

Derecho – VIII Semestre

Derecho Internacional Público y Relaciones Internas

Dr. VIRGILIO HERNANDEZ CASTELLANOS

2014

El Derecho Internacional Público no ha sido fuente eficiente para conseguir la paz en Colombia, pese a que la articulación normativa interna adopta de manera clara, específica y taxativa el Derecho Internacional Público. Muestra de esto son los inagotables y fallidos procesos de paz a los que ha sido sometido la población colombiana, que tiene a ser reflejo de una mala administración estatal.

Pero, antes de poder dar validez a nuestra tesis, es importante establecer como el Derecho Internacional Público ha sido introducido al derecho interno colombiano, determinar con claridad el proceso que ha surtido a nivel interno y su alta capacidad de ser una alternativa eficaz ante el interminable conflicto interno colombiano, así como es importante hacer un recorrido por los años de la constante lucha por alcanzar la paz de este mismo Estado.

El Derecho, como ciencia social, es un reflejo de la sociedad, independientemente de la época en que se encuentre. Así mismo ha evolucionado a lo largo de la historia para reflejar los cambios con los que ha progresado la relación entre los diferentes sujetos del derecho. Como una rama del derecho cuyo origen es primordialmente consuetudinario, el Derecho Internacional Público ha tenido diferentes antecedentes a lo largo de la historia.

En los primeros días de la humanidad, los seres humanos eran nómadas, consumiendo los recursos de un lugar y trasladándose al siguiente. Fue luego que algunas tribus decidieron asentarse, aprender a trabajar la tierra y construir “tribus”, usualmente formadas por el núcleo familiar. Estas pequeñas tribus, usualmente adoraban panteones politeístas, pero la mayoría de las veces, un panteón diferente cada una de ellas, por lo que las tribus que adoraban diferentes dioses se consideraban enemigas. Con el tiempo estas tribus crecieron, viéndose obligadas a comerciar, lo que suavizó las asperezas que surgieron con las brechas religiosas.

Eventualmente se empezaron a realizar los primeros tratados, orales y que trataban de temas comerciales.

En Grecia, el Derecho Internacional Público tuvo su antecedente en los tratados sobre el asilo, la proxenia[1], arbitraje, fronteras, comercio, moneda, alianzas para la guerra y protección de templos o santuarios. La proxenia se basaba en la existencia de un representante diplomático extranjero, un ciudadano influyente, con reconocimiento local que brindaba protección, velaba por los derechos de los ciudadanos de su país. La proxenia es lo que más adelante daría origen a las figuras de embajadas y consulados. En las ciudades griegas había tratados para brindar a los extranjeros derechos, jurídicos pero no políticos. Es decir, podían comerciar, rentar casas y vivir en la ciudad, pero no podían ocupar posiciones políticas, elegir gobernantes o comprar propiedades.

Roma, como la cuna del derecho civil, contaba con el Corpus Juris Civiles, del emperador Justiniano, que para los ciudadanos de Roma era El Derecho, y para los extranjeros era el Ius Gentium, derecho de gentes, que cubría toda la realidad social, abarcaba todas las necesidades del ciudadano y extranjero, de ahí surgiendo el Derecho Internacional Público.

Sin embargo, todos los tratados que se firmaban en roma tenían contenido religioso y estaban a cargo de colegios de sacerdotes, podían ser de temas tales como guerra, extradición y legación.

El final del Imperio Romano trajo consigo el inicio de la Edad Media, y con ella un desprecio marcado y explícito hacia los Derechos Fundamentales Individuales, así como prevalencia de la religión sobre cualquier sistema político del momento, lo que se veía reflejado en la autoridad que tenía el pontífice sobre el emperador, un ejemplo de esto es el poder que el primero le confería al segundo para conquistar territorios en nombre de la religión, confiriéndose los títulos de estos entre sí. Debido a la prevalencia del ámbito religioso, en 1179 el Concilio de Letrán, el primer tratado para la humanización de la guerra, prohibía la esclavización de prisioneros cristianos, algunas armas y celebrar tratados con países no cristianos.

Más adelante, en la corriente Ius Naturalista, San Agustín reivindica la doctrina romana de guerra justa, usada para resarcir ofensas. Así mismo, se usó la excusa de la religión para justificar atrocidades, bajo la concepción de Santo Tomás de que “si es por recta intentio, no es pecado, siempre que esté aprobada por el príncipe. Es con esta clase de creencias que inicia el proceso de la conquista, lo que llevó a la creación de “doctrinas” respecto a los nativos, como la del Fraile Dominico Francisco de Vitoria, que si bien consideraba a los nativo-americanos poco más de animales, insistió en la creación de derechos para ellos, lo que llevó al Fray Antonio Montesinos, a decir que el hereje no pierde del dominio de sus bienes.

Es en la doctrina Positivista dónde el profesor inglés Zauch Ricardo resume en una frase lo conocido y aceptado mundialmente respecto al DIP: “El Derecho Internacional es aceptado por la costumbre conforme a la razón y acuerdos entre las naciones.” Más adelante, Bynkershoek, de Nederlandia, creó la noción de “mar territorial” y circunstancias de celebración, “Rebus Sic Stantibus”. En América, Andrés Bello unificó los principios del Derecho Internacional.

Lo que realmente puede considerarse como el comienzo del derecho internacional, es el tratado de Paz de Westfalia, 1648, después de las negociaciones de tres años llevadas a cabo en Münster y Osnabrück, católicas y protestantes, respectivamente. El siguiente tratado más relevante fue el tratado de Versalles, que dio origen a la Sociedad de Naciones; en 1921 se creó el Tribunal Permanente de Justicia Internacional, que conoció y falló sólo once casos, emitiendo también veintisiete opiniones consultivas. Veinte años después se desata la Segunda Guerra Mundial, lo que en últimas cuentas llevó a la creación de la Organización de las Naciones Unidas, sustituyendo la Sociedad de Naciones.

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