Articulo de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Enviado por YAXIMAR2012 • 21 de Junio de 2013 • Informe • 391 Palabras (2 Páginas) • 596 Visitas
Articulo de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que protegen el Patrimonio
Artículo 99.
Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes.
Reglamentacion vigente sobre el patrimonio historico, arquitectonico, cultural y ambiental
Actualmente esta vigente en la Republica Bolivariana de Venezuela, Ley de Proteccion y Defensa del patrimonio cultural y su reglamento, que tiene por objeto establecer los principios que han de regir la defensa del Patrimonio Cultural de la República, comprendiendo ésta: su investigación, rescate, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia, identificación y todo cuanto requiera su protección cultural, material y espiritual.
En que Consite el Instituto del Patrimonio Cultural (I.P.C.)
Articulo de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que protegen el Patrimonio
Artículo 99.
Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes.
Reglamentacion vigente sobre el patrimonio historico, arquitectonico, cultural y ambiental
Actualmente esta vigente en la Republica Bolivariana de Venezuela, Ley de Proteccion y Defensa del patrimonio cultural y su reglamento, que tiene por objeto establecer los principios que han de regir la defensa del Patrimonio Cultural de la República, comprendiendo ésta: su investigación, rescate, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia,
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